Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Amplian fecha limite de siembra para la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, del cultivo del algodonero en el MORDAZA Chancay - Huaral - Aucallama, departamento de MORDAZA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 238-2004-AG-SENASA MORDAZA, 28 de setiembre de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 1720-2004-AG-SENASA-LIMA-CALLAOUSPIRV, de fecha 6 de setiembre de 2004, mediante el cual la Direccion del SENASA Lima-Callao remite la solicitud de ampliacion de fechas de siembra, MORDAZA 2004 - 2005, del cultivo del algodonero para el MORDAZA ChancayHuaral-Aucallama, presentada por la comision Ad Hoc del citado valle; El Informe Tecnico Nº 87-2004-AG-SENASA LimaCallao-USPIRV, de fecha 6 de setiembre de 2004, en el que la Coordinacion de la Unidad de Servicio, Proteccion, Inspeccion y Regulacion Vegetal-USPIRV de la Direccion del SENASA Lima-Callao, informa sobre la propuesta de ampliacion de la fecha limite de siembra del algodonero para el MORDAZA Chancay-Huaral-Aucallama; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento del cultivo del Algodonero para los valles de la costa peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 251-94-AG y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG y la Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG; estableciendose en el Articulo 3º del citado Reglamento las fechas limites para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del referido Reglamento faculta al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA modificar mediante Resolucion Jefatural, las fechas limites fijadas en su Articulo 3º, en MORDAZA con las condiciones ecologicas, hidrologicas y fitosanitarias del cultivo, previa evaluacion tecnica realizada por la Comision Ad Hoc de cada valle; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 1118-2001AG del 15 de octubre de 2001, se modifico lo establecido en el Articulo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas limites de siembra del cultivo del algodonero, de tal modo que exista una diferencia de dias entre las siembras de algodon de las variedades locales e hibridos foraneos; asi como a efectos de establecer mecanismos que faciliten la siembra de estos ultimos y reduzcan el riesgo de contaminacion genetica de semilleros; en este sentido, para el MORDAZA ChancayHuaral-Aucallama del departamento de MORDAZA, el periodo de siembra quedo establecido del 1 de agosto al 15 de setiembre; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 049-2004-AGSENASA-DGSV-DIA, de fecha 13 de setiembre de 2004, la Direccion General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de ampliacion esta referida solo a la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, cuyo sustento tecnico es la necesidad de superar el periodo de bajas temperaturas, alta humedad relativa y escasa disponibilidad del recurso hidrico que afectan al MORDAZA Chancay-Huaral-Aucayama; y que esta solicitud se enmarca dentro de los requerimientos establecidos por el Reglamento del Cultivo del Algodonero para los valles de la Costa Peruana; asimis-

mo, informa que lo solicitado significa ampliar la fecha de siembra hasta el 30 de setiembre de 2004; De conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 25194-AG, Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG y Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG y; con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar, en via de regularizacion, la fecha limite de siembra, solo para la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, del cultivo de algodonero en el MORDAZA Chancay-Huaral-Aucallama del Departamento de MORDAZA, hasta el 30 de setiembre de 2004. Articulo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el Articulo 31º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los valles de la Costa peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 18697

MINCETUR
Autorizan viaje de profesionales a EE.UU. para participar en evento sobre turismo organizado por la OMT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 14 de octubre de 2004 Visto el Memorandum Nº 904-2004-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo y el Memorandum Nº 499-2004MINCETUR/DM, del Jefe de Gabinete de Asesores; CONSIDERANDO: Que, la Organizacion Mundial de Turismo - OMT, ha organizado el Foro: "Potencial de Turismo como Estrategia de Desarrollo Sostenible en Paises en vias de Desarrollo", a realizarse en la Universidad de MORDAZA MORDAZA, en MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 20 de octubre de 2004; cuyo proposito es reunir a educadores, expertos en gerencia y otros profesionales con representantes gubernamentales y empresarios lideres, a efectos de tratar y evaluar temas relativos al tratamiento del turismo como herramienta de desarrollo a nivel global; Que, la Organizacion Mundial de Turismo como organizacion internacional lider en el area de turismo y viajes, se ha convertido en una Agencia Especializada de las Naciones Unidas para el Turismo, con un papel central y decisivo en la promocion del desarrollo responsable, sostenible y universalmente accesible al turismo, con el proposito de contribuir al desarrollo economico; Que, este evento permitira establecer contacto con diversos organismos para mostrar el desarrollo del turismo en el Peru y la implementacion del Plan Estrategico Nacional de Turismo - PENTUR 2005 - 2015; representando una oportunidad para promocionar el turismo en nuestro MORDAZA, asi como para conocer el tratamiento de la actividad turistica en paises similares al nuestro; Que, los asuntos que se trataran en dicho evento resultan de interes para el logro de los objetivos del Sector, de hacer del turismo una estrategia de desarrollo que, de manera general, contribuya y posibilite la reduccion de la pobreza, el crecimiento economico y la conservacion de la biodiversidad; por cuya razon, se considera conveniente la participacion de los representantes del MINCETUR, en dicho evento;

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