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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (16/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 278406 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Amplían fecha límite de siembra para la campaæa agrícola 2004-2005, del cultivo del algodonero en el Valle Chan- cay - Huaral - Aucallama, departamentode Lima SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 238-2004-AG-SENASA Lima, 28 de setiembre de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 1720-2004-AG-SENASA-LIMA-CALLAO- USPIRV, de fecha 6 de setiembre de 2004, mediante elcual la Dirección del SENASA Lima-Callao remite la soli- citud de ampliación de fechas de siembra, campaña 2004 - 2005, del cultivo del algodonero para el valle Chancay-Huaral-Aucallama, presentada por la comisión Ad Hoc del citado valle; El Informe Técnico Nº 87-2004-AG-SENASA Lima- Callao-USPIRV, de fecha 6 de setiembre de 2004, en el que la Coordinación de la Unidad de Servicio, Protec- ción, Inspección y Regulación Vegetal-USPIRV de la Di-rección del SENASA Lima-Callao, informa sobre la pro- puesta de ampliación de la fecha limite de siembra del algodonero para el valle Chancay-Huaral-Aucallama; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Único Ordenado del Reglamento del cultivo del Algodonero para los valles de la costa peruana, apro-bado mediante Resolución Ministerial Nº 251-94-AG y modificado por la Resolución Ministerial Nº 443-97-AG y la Resolución Ministerial Nº 1118-2001-AG; estable-ciéndose en el Artículo 3º del citado Reglamento las fe- chas límites para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, la Segunda Disposición Complementaria del referido Reglamento faculta al Servicio Nacional de Sa- nidad Agraria - SENASA modificar mediante ResoluciónJefatural, las fechas límites fijadas en su Artículo 3º, en armonía con las condiciones ecológicas, hidrológicas y fitosanitarias del cultivo, previa evaluación técnica reali-zada por la Comisión Ad Hoc de cada valle; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1118-2001- AG del 15 de octubre de 2001, se modificó lo establecidoen el Artículo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas límites de siembra del cultivo del algodonero, de tal modo que exista una diferencia dedías entre las siembras de algodón de las variedades locales e híbridos foráneos; así como a efectos de esta- blecer mecanismos que faciliten la siembra de estosúltimos y reduzcan el riesgo de contaminación genética de semilleros; en este sentido, para el valle Chancay- Huaral-Aucallama del departamento de Lima, el períodode siembra quedó establecido del 1 de agosto al 15 de setiembre; Que, mediante el Informe Técnico Nº 049-2004-AG- SENASA-DGSV-DIA, de fecha 13 de setiembre de 2004, la Dirección General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de ampliación está referida sólo a la campañaagrícola 2004-2005, cuyo sustento técnico es la necesi- dad de superar el período de bajas temperaturas, alta humedad relativa y escasa disponibilidad del recursohídrico que afectan al Valle Chancay-Huaral-Aucayama; y que esta solicitud se enmarca dentro de los requeri- mientos establecidos por el Reglamento del Cultivo delAlgodonero para los valles de la Costa Peruana; asimis-mo, informa que lo solicitado significa ampliar la fecha de siembra hasta el 30 de setiembre de 2004; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 251- 94-AG, Resolución Ministerial Nº 443-97-AG y Resolu- ción Ministerial Nº 1118-2001-AG y; con las visacionesde la Dirección General de Sanidad Vegetal y de la Ofici- na General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, en vía de regularización, la fe- cha límite de siembra, sólo para la campaña agrícola 2004-2005, del cultivo de algodonero en el Valle Chan- cay-Huaral-Aucallama del Departamento de Lima, hastael 30 de setiembre de 2004. Artículo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente resolución, serán sancionados conforme a loestablecido en el Artículo 31º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los va- lles de la Costa peruana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe 18697 MINCETUR Autorizan viaje de profesionales a EE.UU. para participar en evento so-bre turismo organizado por la OMT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2004-MINCETUR/DM Lima, 14 de octubre de 2004 Visto el Memorándum Nº 904-2004-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo y el Memorándum Nº 499-2004-MINCETUR/DM, del Jefe de Gabinete de Asesores; CONSIDERANDO: Que, la Organización Mundial de Turismo - OMT, ha organizado el Foro: "Potencial de Turismo como Estrate- gia de Desarrollo Sostenible en Países en vías de Desa-rrollo", a realizarse en la Universidad de George Wa- shington, en Washington, Estados Unidos de América, del 18 al 20 de octubre de 2004; cuyo propósito es reunira educadores, expertos en gerencia y otros profesiona- les con representantes gubernamentales y empresa- rios líderes, a efectos de tratar y evaluar temas relativosal tratamiento del turismo como herramienta de desarro- llo a nivel global; Que, la Organización Mundial de Turismo como organi- zación internacional líder en el área de turismo y viajes, se ha convertido en una Agencia Especializada de las Naciones Unidas para el Turismo, con un papel central ydecisivo en la promoción del desarrollo responsable, sostenible y universalmente accesible al turismo, con el propósito de contribuir al desarrollo económico; Que, este evento permitirá establecer contacto con diversos organismos para mostrar el desarrollo del tu- rismo en el Perú y la implementación del Plan EstratégicoNacional de Turismo - PENTUR 2005 - 2015; represen- tando una oportunidad para promocionar el turismo en nuestro país, así como para conocer el tratamiento de laactividad turística en países similares al nuestro; Que, los asuntos que se tratarán en dicho evento resultan de interés para el logro de los objetivos del Sec-tor, de hacer del turismo una estrategia de desarrollo que, de manera general, contribuya y posibilite la reduc- ción de la pobreza, el crecimiento económico y la con-servación de la biodiversidad; por cuya razón, se consi- dera conveniente la participación de los representantes del MINCETUR, en dicho evento;