Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

ca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa MORDAZA S.A. respecto de la Cuota Individual de Pesca asignada y a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PT-4610-CM contra la Resolucion Directoral Nº 181-2004PRODUCE/DNEPP-Dch; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 18564

Amplian permiso de pesca otorgado a personas naturales para operar embarcacion en la extraccion de recursos jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 261-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 27 de setiembre del 2004 Vistos los escritos de registro Nº 13901002, de fechas 11 de agosto, 6 de noviembre y 5 de diciembre de 2003, y 12 de febrero de 2004, presentados por MORDAZA TEQUE MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA DE TEQUE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 192-2003-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 11 de MORDAZA de 2003, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA TEQUE MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA DE TEQUE, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "DON MARTIR", de matricula Nº PL-21043-PM y 26.49 de Arqueo Neto, equivalente a 110.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 mm. y 38 mm.), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que asimismo el articulo 2º de la citada Resolucion Directoral declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, debido a que el recurrente no cumplio con el requisito de acreditar fehacientemente haber ejercido esfuerzo de pesca minimo sobre los recursos jurel y caballa, de conformidad con lo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, en el mismo sentido se declaro improcedente la solicitud de extraccion de sardina con destino al consumo humano indirecto en virtud al MORDAZA precautorio incorporado a nuestra normatividad vigente con la finalidad de garantizar el aprovechamiento sostenido de dicho recurso; Que a traves de los escritos del visto, el administrado interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 192-2003-PRODUCE/DNEPP, presentando como nueva prueba una MORDAZA de

descarga expedida por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., la misma que acredita el esfuerzo minimo realizado por la embarcacion "DON MARTIR" respecto de los recursos jurel y caballa; Que de la evaluacion efectuada a la MORDAZA de descarga presentada por el administrado, se ha determinado que la embarcacion "DON MARTIR" de matricula Nº PL21043-PM, ha ejercido esfuerzo pesquero respecto a los recursos jurel y caballa el ano 1997, por lo que, el recurso de reconsideracion interpuesto debe ser declarado fundado en el extremo referido a destinar los recursos jurel y caballa al consumo humano directo, y por otro lado, infundado en el extremo referido a destinar el recurso sardina al consumo humano indirecto, de acuerdo a los mismos fundamentos expuestos en la resolucion recurrida; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nºs. 479-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y 149-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fechas 19 de noviembre de 2003 y 7 de MORDAZA de 2004, respectivamente, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 208º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA TEQUE MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA DE TEQUE, contra la Resolucion Directoral Nº 192-2003-PRODUCE/DNEPP, en lo referente a destinar los recursos jurel y caballa al consumo humano directo e INFUNDADO en el extremo de destinar la extraccion del recurso sardina al consumo humano indirecto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 192-2003-PRODUCE/ DNEPP a MORDAZA TEQUE MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA DE TEQUE, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "DON MARTIR" con matricula Nº PL-21043-PM, en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, adicionalmente a los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 3º.- Excluir a la embarcacion pesquera "DON MORDAZA " de matricula Nº PL-21043-PM, del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003PRODUCE. Articulo 4º.- Incluir la ampliacion del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "DON MARTIR" de matricula Nº PL-21043-PM, a traves de la presente Resolucion, en el literal B) del anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Produccion de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y Tacna, asi como, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de La MORDAZA, MORDAZA y Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 18565

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