Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de persona juridica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 263-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 30 de setiembre del 2004 Vistos los Escritos de Registro Nº CE-12729001 de fecha 10 de noviembre de 2003 y 30 de marzo de 2004, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en los que se otorgaron; Que mediante Resolucion Directoral Nº 046-2000PE/DNE de fecha 20 de marzo de 2000, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO-15669-PM, de 127.21 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitudes de malla de ½ pulgada (13 mm.) y de 1 ½ pulgada (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco millas adyacentes a la costa; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita a su favor el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO15669-PM, en virtud al certificado compendioso de dominio que obra en el expediente administrativo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular de permiso de pesca solicitado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C.; Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, se establecio que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo, resultando necesario que la indicada empresa armadora tenga en cuenta dicha disposicion en el desarrollo de sus actividades extractivas; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 006-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 0462000-PE/DNE para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO-15669-PM y de 127.21 m3 de capacidad de bodega, a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, y de acuerdo a la normativa vigente.

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 046-2000-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO-15669-PM. Articulo 4º.- Excluir al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO-15669-PM del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, asi como del literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Incorporar a PESQUERA MORDAZA S.A.C. como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MIGUEL" de matricula Nº CO15669-PM, y la presente Resolucion, en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, asi como en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 18567

Otorgan a empresa permiso de pesca y licencia de procesamiento para operar embarcacion en la extraccion de atun y especies afines
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 264-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 4 de octubre del 2004 Vistos los escritos de Registro Nº CE-04597003 del 28 de junio, 14 de MORDAZA, 6 de agosto y 27 de setiembre del 2004, presentados por la empresa AGENCIA MARITIMA Y NAVIERA MARKING S.A., en representacion de la empresa panamena OCEANLANE NAVEGATION S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podran efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos

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