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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (16/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 278408 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 2004-ED a fin de que pueda elevar al despacho del Mi- nistro de Educación la propuesta correspondiente den-tro de los alcances para la cual se conformó; Que, la Comisión aludida ha venido trabajando intensiva- mente en la propuesta del caso, siendo indispensable para elcumplimiento cabal de los objetivos previstos conferir un plazo adicional que garantice el logro de dichos objetivos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación modificada por Ley Nº 26510, Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, de la Ley Nº28044, Ley General de Educación, los Decretos Supre- mos Nº 051-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 021-2003-ED, Nº 029-2003-ED y Nº 006-2004-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar por cuarenta y cinco (45) días adicionales, el plazo otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 0285-2004-ED a la Comisión de Reor-ganización a efecto de que eleve al despacho del Minis- tro de Educación la propuesta final correspondiente den- tro de los alcances para la cual se conformó. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 18674 ENERGÍA Y MINAS Otorgan autorización por tiempo inde- finido a Generación Taymi S.R.L. para desarrollar la actividad de generación de energía elØctrica en la Central Hi-droelØctrica PÆtapo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2004-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31135104 organizado por GENERACIÓN TAYMI S.R.L. persona jurídica inscritaen el Asiento A0001 de la Partida Nº 11022281 del Re-gistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral deChiclayo, sobre solicitud de otorgamiento de autoriza-ción para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, GENERACIÓN TAYMI S.R.L. ha solicitado autori- zación para desarrollar la actividad de generación de ener-gía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Pátapo, con unapotencia instalada de 1 020 kW, ubicada en el distrito dePátapo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambaye-que, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo67º de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos le-gales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jura- da de cumplimiento de las normas técnicas y de conser-vación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de laNación, de acuerdo a los requisitos señalados en el ar-tículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, tratándose de una central hidroeléctrica, la pe- ticionaria se encuentra exceptuada de presentar garan-tía de conformidad con el artículo 66º del Reglamento dela Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplidocon los requisitos establecidos en la Ley de ConcesionesEléctricas, ha emitido el Informe Nº 189-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo Nº 1del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GENERACIÓN TAYMI S.R.L., au- torización por tiempo indefinido, para desarrollar la actividad degeneración de energía eléctrica en las instalaciones de la Cen-tral Hidroeléctrica Pátapo, ubicada en el distrito de Pátapo,provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyascaracterísticas principales son las siguientes: - Potencia instalada :1 020 kW (2 x 510 kW) - Tipo de turbinas :02 Michell Banki- Caudal total de uso :12 m 3/s (6 m3/s por turbina) - Caída útil :11 m.- Recurso hídrico :Aprovechamiento de las aguas del Canal Taymi (Resolución Administra-tiva Nº 168-2004-AG-INRENA/ATDR-CH-L de fecha 31 de marzo de 2004) Artículo 2º.- GENERACIÓN TAYMI S.R.L., deberá construir las obras descritas en su solicitud, según elCronograma de Ejecución de Obras, que contempla suculminación en el plazo de 23 meses, contados desde el1 de noviembre de 2004 hasta el 30 de septiembre de2006. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdocon el Cronograma de Ejecución de Obras, conllevará ala cancelación de la presente autorización. Artículo 3º.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medioambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Na-ción; así como a remitir la información estadística y los requi-sitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, suReglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Regla-mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publi-cada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez ypor cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calen-dario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia apartir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18510 JUSTICIA Conceden indulto por razones humanitarias a interno del Estableci-miento Penitenciario Procesados Car-quín - Huacho RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2004-JUS Lima, 15 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respetode su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, JUAN ALBERTO RUIZ RENTERIA, se encuen- tra interno en el Establecimiento Penitenciario Procesa-dos Carquín - Huacho; Que, el Informe Médico Nº 42-04-INPE/16-254-AS de fecha 5 de agosto del año en curso, concluye que elinterno en referencia presenta un cuadro de Tubercu-losis Pulmonar Multidrogo Resistente; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilita- ción y reincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, lacontinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierdetodo sentido jurídico y moral;