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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 276244 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política de la Municipalidad Distrital del Rímac, promover la regularización de la situación de aquellas pa-rejas; que encontrándose en condición de contraer Matri-monio Civil, no cuentan con los recursos económicos ne- cesarios para realizarlos; Que, en la circunscripción del distrito del Rímac exis- ten numerosos hogares formados de hecho que por lasrazones antes expuestas no pueden legalizar su unión; Que, mediante informe de vistos, la División de Registros Ci- viles, solicita la realización del 3er. MATRIMONIO CIVIL MASI- VO 2004, a llevarse a cabo el día 25 de setiembre del presente año en el Parque Nicolini a las 11.00 horas con motivo de cele-brar la Primavera, exonerándose a las parejas del pago por dere-chos de trámite de Matrimonio Civil y publicación de Edicto, por loque debe expedirse la autorización correspondiente; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 27972, establece que mediante Decreto de Alcaldía se regulan los asuntos de orden general y de inte-rés para el vecindario; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la División de Re- gistros Civiles de la Municipalidad Distrital del Rímac lle-var a cabo el 3er. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2004 eldía sábado 25.09.04 en el "Parque Nicolini" ubicado en el frontis del Palacio Municipal a las 11.00 horas. Artículo Segundo.- EXONERAR a las parejas contra- yentes del pago por derecho de Matrimonio Civil y trámiteadministrativo, debiendo cancelar únicamente la suma deS/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), por cada pareja,debiendo adjuntar los requisitos previstos en el TUPA vi- gente aprobado mediante Ordenanza Nº 047-MDR. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Ser- vicios Sociales a través de la División de Registros Civilesel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y su difu-sión a través de la Unidad de Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los siete días del mes de setiembre del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 16405 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Autorizan contratación de empresa especializada en fiscalización tributa- ria y no tributaria mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2004/MDSB San Bartolo, 26 de agosto del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto del 2004, el Informe Técnico Nº 043-2004/MDSB-GAR de la Gerencia de Administración y Rentas y el Infor-me Legal de fecha 24 de agosto del 2004, sobre requeri- miento de la Contratación de Servicios de fiscalización Tri- butaria y no Tributaria. CONSIDERANDO: Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Art. II del título preliminar y la Constitución Políticadel Perú, Art. 141º, disponen que la Municipalidad, es un órgano de Gobierno Local que emana de la voluntad popu-lar, tienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Técnico Nº 043-2004-MDSB-GAR de la Gerencia de Administración y Rentas, requiere la con- tratación de servicios de terceros para que ejerza las accio- nes de fiscalización, tributaria y no tributaria con la finalidadpueda otorgar el asesoramiento y realizar un Proceso deCobranza de Tributos adeudados y generados en la jurisdic-ción por Empresas y personas jurídicas que se encuentranestablecidas en el distrito, que proyectado la cobranza as- cendería aproximadamente a la suma de S/. 900,000 Nuevos Soles, debido que la administración no puede efectivizarlo porcarecer de material logístico, personal especializado; Que, mediante Informe Legal de fecha 24 de agosto del 2004, informa que el requerimiento de la Gerencia de Ad-ministración y Rentas, es factible legalmente de la posibili- dad de la Contratación de una Empresa especializada en fiscalización Tributaria y no Tributaria; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisicio- nes y Contrataciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM en su artículo 19º inciso H),dispone que están exonerados de los procesos de licita- ción pública, concurso público o administración directa se- gún sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que serealicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo queestablezca el Reglamento; Que, el reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en su artículo 111º, dispone que los servi- cios personalísimos según el artículo 19º inciso H) de laLey, se encuentran exonerados del respectivo proceso deselección, los contratos de locación de servicios celebra-dos con personas naturales o jurídicas, cuando para dichacontratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracte- rísticas inherentes, particulares o especiales o por su de-terminada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La eva-luación de las características o habilidades del locadordeberá ser objetiva y se efectuara en función de la natura-leza de las prestaciones a su cargo; Que, según el Reglamento que antecede, en el Art. 116º establece que las Contrataciones y Adquisiciones exone-radas de acuerdo al Art. 19º de la Ley se efectuaran me-diante el Proceso de adjudicación de Menor Cuantía, consujeción a lo establecido por el Art. 105º. La Autoridad com-petente para aprobar la exoneración determinará, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de reali- zar la adjudicación o contratación exonerada, de acuerdoal monto involucrado y a su complejidad, envergadura ysofisticación; Que, según el artículo 20º inciso C) de la Ley, dispone, que la exoneración de los servicios personalísimos, para los gobiernos locales deberá otorgarse por Acuerdo de Concejo, con el sustento del informe técnico - legal previo,y será publicado en el Diario Oficial El Peruano, así comodeberá remitirse el Acuerdo y el Informe que lo sustenta ala Contraloría General de la República bajo responsabili-dad del titular del pliego dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, estando al Informe Técnico y Legal, el Pleno del Concejo luego de la deliberación y sometido a votación,por Unanimidad tal y como consta en Actas; ACORDÓ: Artículo Primero.- Exonerar por Servicios Perso- nalísimos del Proceso de Concurso Público para la Con- tratación de una Empresa Especializada en Fiscalización Tributaria y No Tributaria, la cual deberá efectuarse bajo laModalidad del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Despacho de Alcal- día por intermedio del Comité Especial Permanente, la Con-tratación por Servicios Personalísimos a la persona natural o jurídica que reúna los requisitos que se establece en la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 16374