Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2004 (22/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Reconocen como Area de Conservacion Privada al "Bosque Natural El Canoncillo", ubicado en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0804-2004-AG
MORDAZA, 16 de setiembre de 2004 VISTOS: El escrito de fecha 25 de octubre de 2003, presentado por la Cooperativa Agraria de Usuarios Tecapa Ltda. (C.A.U. Tecapa), y el Informe Nº 180-2003-INRENA-IANP/P de fecha 11 de noviembre de 2003, emitido por la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; y, CONSIDERANDO: Que, la Cooperativa Agraria de Usuarios Tecapa Ltda. (C.A.U. Tecapa), ha solicitado el reconocimiento como Area de Conservacion Privada, la superficie de 1,310.90 ha (MIL TRESCIENTAS DIEZ HECTAREAS Y NUEVE MIL METROS CUADRADOS), del predio de su propiedad, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de Pacasmayo y departamento de La MORDAZA, inscrito en la Ficha Registral

Nº PR002385, de la Seccion Especial de Predios Rurales del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de La Libertad; alcanzando para ello su compromiso mediante Declaracion Jurada y el Expediente Tecnico correspondiente; Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su Articulo 68º que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el Articulo 12º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobada por Ley Nº 26834, establece que los predios de propiedad privada podran, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o parte de su extension, como Areas de Conservacion Privada, siempre y cuando cumplan con los requisitos fisicos y tecnicos que ameriten su reconocimiento, siendoles aplicables, en cuanto sea posible, las disposiciones contenidas en dicha Ley; Que, el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001AG, en su Articulo 70º, establece que constituyen Areas de Conservacion Privada, aquellos predios privados que por sus caracteristicas ambientales, biologicas, paisajisticas u otras analogas, contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservacion de la diversidad biologica e incrementando la oferta de investigacion cientifica y la educacion, asi como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado;

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 041-2004-EF/76.01
A LOS GOBIERNOS REGIONALES A LOS GOBIERNOS LOCALES CUMPLIMIENTO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO 2005
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, reitera a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales lo siguiente: 1. En el MORDAZA de lo dispuesto en el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 ­Instructivo para el MORDAZA de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, asi como lo precisado en los Comunicados Nº 017-2004-EF/76.01, Nº 020-2004-EF/76.01, Nº 029-2004-EF/76.01 y Nº 031-2004-EF/ 76.01 publicados en el Diario Oficial El Peruano, los dias 28 de MORDAZA, 26 de junio, 17 de MORDAZA y 29 de MORDAZA respectivamente, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales tuvieron plazo hasta el 02 de agosto de 2004 para registrar los avances en el desarrollo del MORDAZA Participativo 2005, en el Aplicativo Informatico Web para el MORDAZA Participativo, al cual se tiene acceso a traves de la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y cuyas claves les fueron comunicadas oportunamente. Asimismo, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales tienen plazo hasta el 27 de setiembre de 2004 para cumplir con registrar en dicho Aplicativo Informatico los resultados finales del MORDAZA Participativo 2005 y remitir a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico el "Documento de Presupuesto Participativo" a que hace referencia el Capitulo IV del Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01, debiendo este ultimo contener informacion respecto a como se desarrollo el MORDAZA Participativo en la respectiva localidad y cuales fueron los resultados finales del mismo de acuerdo al Indice de Contenido puesto a su disposicion en el Aplicativo Informatico en mencion. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, una vez vencido el plazo MORDAZA senalado, MORDAZA de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la relacion de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que no hayan cumplido con el registro de la informacion relacionada al MORDAZA Participativo en el Aplicativo Informatico puesto a su disposicion, asi como los Omisos a la MORDAZA del "Documento de Presupuesto Participativo", para que en cumplimiento de la normatividad vigente, dicho organo superior de control disponga las acciones conforme a Ley. MORDAZA, 20 de setiembre de 2004 MORDAZA SHACK YALTA Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 17083

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