Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2004 (22/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2004

ra la remision de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial al exterior para complementar estudios, dicho envio queda autorizado como parte de la investigacion pesquera. Articulo 3º.- La Srta. MORDAZA MORDAZA ANDERSON, debera presentar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, los resultados de la investigacion efectuada, asi como copias de las publicaciones que se generen. Articulo 4º.- En el desarrollo del proyecto se permitira la participacion del personal que designe el Ministerio de la Produccion y del Instituto de Investigacion de la Amazonia Peruana. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y Ucayali. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 17028

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 17029

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 163-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 23 de junio del 2004 Visto el escrito de registro Nº CE-09255001 del 26 de agosto de 2003, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA CHANGANA; CONSIDERANDO: Que mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA CHANGANA solicita permiso de pesca artesanal para operar la embarcacion pesquera "JAIRO y ANDREA" de matricula Nº HO-3525-BM; Que posteriormente mediante el Oficio Nº 4513-2003PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 4 de setiembre de 2003, se comunico al solicitante que cumpla con presentar el Certificado Nacional de Arqueo emitido por la Direccion General de Capitania y Guardacostas del Ministerio de Defensa que consigne la capacidad de bodega de la embarcacion, en cumplimiento de lo establecido por el requisito 6 del Procedimiento Nº 4 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, asi como la MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de la Sra. MORDAZA MORDAZA de Ch., en un plazo de quince (15) dias contados a partir de su recepcion, a fin de continuar con el tramite correspondiente; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes que obran en el presente expediente, se ha determinado que a la fecha el senor MORDAZA MORDAZA CHANGANA no ha cumplido con el requerimiento formulado, por lo que habiendose paralizado la tramitacion de la solicitud de permiso de pesca artesanal por mas de treinta (30) dias, corresponde que la autoridad administrativa declare el abandono de dicho procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 083-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch del 25 de febrero de 2004, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de permiso de pesca artesanal para operar la embarcacion denominada "JAIRO y ANDREA", con matricula Nº HO-3525-BM, iniciado por el armador MORDAZA MORDAZA CHANGANA , por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 17030

Declaran en abandono solicitud de ampliacion de permiso de pesca y procedimientos administrativos de permiso de pesca artesanal y cambio de titular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 162-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 23 de junio del 2004 Visto el escrito con Registro Nº CE-00046001 de fecha 2 de enero del 2003, presentado por GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante el escrito del visto, GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., solicita ampliacion de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada INTREPIDO de matricula Nº CO-16988-CM, en la extraccion del recurso bacalao de profundidad con destino al consumo humano directo; Que con Oficio Nº 1006-2003-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 13 de febrero del 2003, se notifico a la recurrente para que de acuerdo al procedimiento Nº 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, se efectue la inspeccion tecnica a la citada embarcacion, lo cual se le comunico verbalmente con anterioridad al administrado el cual manifesto que la citada embarcacion no se encontraba en puerto y que se solicitaria un plazo para cumplir con la inspeccion comunicando la fecha de arribo de la embarcacion, no habiendose cumplido con el requerimiento formulado; Que el articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 076-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE Articulo Unico.- Declarar en abandono la solicitud de ampliacion de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada INTREPIDO, de matricula Nº CO-16988-CM, presentada por GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 172-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 24 de junio del 2004

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