Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2004 (22/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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fiscalizado: ACIDO SULFURICO IMPURO que se encuentra bajo custodia de la Comisaria PNP - Huarmey Region Policial MORDAZA y recomiendan neutralizacion Quimica y/o Eliminacion del mismo segun sus caracteristicas y/o estado de conservacion; CONSIDERANDO: Que, en las instalaciones de la Comisaria PNP de Huarmey existe tres mil ciento cincuenta y cuatro kilogramos con quinientos gramos (3 154,500 kg.) de ACIDO SULFURICO IMPURO, el mismo que se encuentra contaminado con materia organica contenido en cuarenta y ocho (48) envases de plastico, son de alta toxicidad y por sus propiedades fisico-quimicas representan riesgo para la salud de las personas, por lo que resulta necesario proceder a su Neutralizacion Quimica y/o Eliminacion, asimismo existen sesenta y cuatro (64) envases de plastico vacios que no tienen ninguna utilidad; De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) de la Ley de Represion del Trafico Ilicito de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095, concordante con el Art. 43º del Reglamento de la Ley Nº 25623 sobre Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que intervienen directa o indirectamente en la elaboracion de Pasta Basica de Cocaina y otros aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de 4JUN93; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de baja y proceder a la Neutralizacion Quimica y/o Eliminacion de tres mil ciento cincuenta y cuatro kilogramos con quinientos gramos (3 154,500 kg.) de ACIDO SULFURICO IMPURO que se encuentra almacenado en la Comisaria PNP de Huarmey - Region Policial Ancash. Articulo 2º.- Dar de baja a sesenta y cuatro (64) envases de plastico vacios, los mismo que seran destruidos por compactacion. Articulo 3º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas ejecutara la Neutralizacion Quimica y/o Eliminacion del insumo quimico, con presencia de representantes del Ministerio Publico; Policia Nacional del Peru; Ministerio de Salud; Ministerio de Agricultura; y Peritos Quimicos, quienes formularan el Acta respectiva, la que sera debidamente firmada por quienes intervengan en la diligencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 17024

PRODUCE
Otorgan autorizacion para efectuar investigacion pesquera con o sin extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos, sin valor comercial, en la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 161-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 23 de junio del 2004 Visto el expediente con registro Nº CE-01511003, 04056001 y 02253001 de fecha 1, 13 y 30 de MORDAZA del 2004 respectivamente, presentados por la Srta. MORDAZA MORDAZA ANDERSON, mediante los cuales solicita la autorizacion para efectuar investigacion pesquera a traves del proyecto "La dispersion de semillas por peces frugivoros y las dinamicas poblacionales de dos especies con distribuciones amplias en un paisaje heterogeneo". CONSIDERANDO: Que los articulos 43º inciso b) numeral 2, 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, estable-

ce que para el desarrollo de la actividad de investigacion pesquera, las personas naturales y juridicas deben contar con la autorizacion correspondiente otorgada por el Ministerio de Pesqueria, la misma que es un derecho especifico a plazo determinado, exceptuado del pago de derechos y a nivel nacional; Que el literal e), del numeral 3.1 del articulo 3º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonia Peruana, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 147-2001PE, precisa que la investigacion debera orientarse prioritariamente a profundizar los fundamentos biologicos y socio-economicos de los recursos y de las pesquerias de la Amazonia, para mejorar progresivamente la ordenacion pesquera y la normatividad, referidos principalmente a profundizar la comprension de las interrelaciones de los recursos hidrobiologicos con su ecosistema y por lo tanto, con los niveles de pesca sostenible; Que los articulos 17º y 29º de la Ley Nº 26834, establecen que el Estado reconoce y promueve la participacion privada en la gestion de las Areas Naturales Protegidas, pudiendo otorgar a traves del INRENA o las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal segun sea el caso, entre otros, autorizaciones y permisos para el desarrollo de actividades como la investigacion cientifica basica y aplicada, asi como para la educacion, el turismo y la recreacion en la naturaleza, las que solo seran autorizadas si su desarrollo no afecta los objetivos primarios de conservacion del area en la cual se lleven a cabo y se respete la zonificacion y condiciones establecidas en el Plan Maestro del area; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita autorizacion para efectuar investigacion pesquera, con o sin extraccion de muestra de especimenes hidrobiologicos, sin valor comercial, presentando el proyecto "La dispersion de semillas por peces frugivoros y las dinamicas poblacionales de dos especies vegetales con distribuciones amplias en un paisaje heterogeneo", el cual se desarrollara en los cuerpos de agua de la quebrada MORDAZA Iricahua en la reserva MORDAZA - Samiria y cerca de MORDAZA MORDAZA, en la Region Loreto; Que de la evaluacion efectuada al proyecto presentado por la recurrente se concluye que la investigacion que se realizara contribuira a incrementar el conocimiento sobre la interaccion que existe entre los peces frugivoros como el Colossoma macropomun (gamitana) y el Piaractus brachypomus (paco) y el bosque inundado en la region MORDAZA en el Peru, coadyuvando dicho estudio a la sostenibilidad de estos recursos a traves del analisis y la observacion en su habitat natural, en consecuencia, habiendo cumplido la recurrente con alcanzar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de su Informe Nº 140-2004PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo dispuesto en los articulos 43º, 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el literal e), del numeral 3.1 del articulo 3º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonia Peruana, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 147-2001PE, los articulos 17º y 29º de la Ley Nº 26834; y, En uso de las facultades conferidas a traves del articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion para efectuar investigacion pesquera con o sin extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos de la familia Characidae como Colossoma macropomun (gamitana) y el Piaractus brachypomus (paco), sin valor comercial a la investigadora Srta. MORDAZA MORDAZA ANDERSON, hasta el 30 de MORDAZA del 2005, dentro del proyecto "La dispersion de semillas por peces frugivoros y las dinamicas poblacionales de dos especies vegetales con distribuciones amplias en un paisaje heterogeneo", a desarrollarse en los cuerpos de agua de la quebrada MORDAZA Iricahua en la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria y cerca de MORDAZA MORDAZA, en la Region Loreto. Articulo 2º.- En el caso que, dentro del desarrollo del proyecto, mencionado en el articulo precedente se requie-

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