NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 18
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de setiembre de 2004 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F /G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G72/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G61/G2D/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G20/G70/G65/G73/G2D/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G67/G65/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G68/G69/G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 166-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 23 de junio del 2004 Visto el expediente con registro Nº CE-00199002 de fechas 23 de diciembre de 2003 y 10 de febrero del 2004,presentado por la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. CONSIDERANDO:Que por Resolución Directoral Nº 015-2003-PRODU- CE/DNEPP, de fecha 27 de enero de 2003, se otorgó a la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. autori- zación para la instalación de una planta de congelado, paradesarrollar la actividad de procesamiento de recursoshidrobiológicos, con destino al consumo humano directoen el establecimiento industrial pesquero, ubicado en laZona Industrial II, Mza. B, Lote 04, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con la capacidad proyecta- da de 25 a 90 t/día; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solici- ta renovación del plazo de autorización de incremento decapacidad para un establecimiento industrial pesquero ydesarrollar la actividad de congelado de productos hidro- biológicos, a través de una planta de congelado con la ca- pacidad indicada en el considerando precedente; Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente, median- te Certificado Ambiental Nº 026-2002-PRODUCE/DINAMA,del 29 de agosto del 2002, señala que el Estudio de Impac-to Ambiental presentado por la recurrente ha merecido ca- lificación favorable; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los docu- mentos que obran en autos, se desprende que la recurren-te se encuentra en el supuesto establecido en el numeral52.1 del artículo 52º del Reglamento de la Ley General dePesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 27 del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar losolicitado, en lo correspondiente a la actividad de procesa-miento de congelado de productos hidrobiológicos; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero, a través de su Informe Nº 104-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch del 9 de marzo del 2004 y con laopinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca; De conformidad con los artículos 43º inciso b), numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General dePesca, los artículos 49º y 52º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L., renovación del plazo de autorizaciónde incremento de capacidad de un establecimiento indus-trial pesquero y desarrollar la actividad de congelado deproductos hidrobiológicos a través de una planta de con- gelado, ubicada en la Zona Industrial II, Mza. B, Lote 04, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con lacapacidad proyectada de 25 a 90 t/día. Artículo 2º.- La empresa PACIFIC FREEZING COM- PANY E.I.R.L., deberá instalar su establecimiento indus-trial pesquero, con sujeción a las normas legales y regla- mentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lasreferidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesque-ra, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividadpesquera. Asimismo, deberá implementar los compromi-sos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, califica- do favorablemente por la Dirección Nacional de MedioAmbiente, según el Certificado Ambiental Nº 026-2002- PRODUCE/DINAMA del 29 de agosto del 2002. Artículo 3º.- Otorgar a la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L., por única vez, el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolu- ción, para que la interesada concluya con la instalación dela planta de congelado de productos hidrobiológicos. Previoal inicio de su actividad productiva, solicitará la inspeccióntécnica correspondiente para la determinación de la capaci-dad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en los ar- tículos 2º y 3º de la presente resolución serán causales decaducidad del derecho otorgado o de la aplicación de lassanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 5º.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección Regional de Pesquería Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 17031 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G33/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G4F/G44/G55/G2D /G43/G45/G2F/G44/G4E/G41/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G74/G72/G65/G6D/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G6E/G6F/G6D/G2D /G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 169-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 23 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 083-2003-PRO- DUCE/ DNA, del 29 de octubre de 2003, se otorgó permiso depesca a plazo determinado a GRUPO SINDICATO PESQUE-RO DEL PERU S.A., para operar la embarcación pesqueradenominada "YUTTA XIII" con matrícula Nº CO-2463-PM, de 116.26 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longi-tud mínima de abertura de malla, según corresponda, para laextracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardinacon destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del lito-ral peruano fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que el artículo 5º de la Resolución Directoral en men- ción, se indica textualmente lo siguiente: "Incorporar la pre-sente resolución y a la embarcación pesquera "YUTTAXIIII", con matrícula Nº CO-2463-PM, al literal A) del AnexoI de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y alAnexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRO- DUCE", habiéndose incurrido en un error material al deno- minar a la embarcación "YUTTA XIII" como "YUTTA XIIII"; Que resulta necesario proceder a rectificar el error material incurrido con respecto al nombre de la embarcaciónpesquera "YUTTA XIII" en la Resolución Directoral Nº 083-2003-PRODUCE/DNA; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - LeyNº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifícase la Resolución Directoral Nº 083- 2003-PRODUCE/DNA del 29 de octubre de 2003, en el extre-mo referido al nombre de la embarcación pesquera menciona- da en su Artículo 5º, cuyo nombre correcto es "YUTTA XIII". Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilanciadel Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Ca-pitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Di-recciones Sectoriales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Li- bertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 17032