NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/09/2004)
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TEXTO PAGINA: 12
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de setiembre de 2004 ción del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas (DPKO), para que elTeniente Coronel EP David CACERES GIRON, participecomo miembro del Grupo de Trabajo para la elaboración del syllabus de los nuevos Cursos de Logística, a realizar- se en la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia, del 23 de sep-tiembre al 13 de octubre del 2004; Que, los gastos de pasajes y viáticos serán financia- dos por el Departamento de Operaciones de Paz de lasNaciones Unidas (DPKO); Que, mediante Oficio Nº 2363-EMCFFAA/6TA DIV/OP del 27 de agosto 2004, el Jefe del Estado Mayor Conjuntode las Fuerzas Armadas del Perú, comunica al Ministeriode Defensa que ha aprobado la participación del TenienteCoronel EP David CACERES GIRON, en el mencionadoGrupo de Trabajo; Que, el inciso e) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus fun-ciones participar a través de los organismos pertinentesen las misiones de paz internacionales a que se compro-meta el Estado Peruano, de acuerdo a ley; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningúntipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Re-solución del Titular del Sector correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002,Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enerodel 2004, y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Coronel EP David CACERES GI-RON, para que participe como miembro del Grupo de Tra-bajo para la elaboración del syllabus de los nuevos Cursos de Logística, a realizarse en la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia, del 23 de septiembre al 13 de octubre del 2004. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes y viáticos serán financiados por el Departamento de Operaciones de Pazde las Naciones Unidas (DPKO), no irrogando gastos alTesoro Público. Artículo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuer- zas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicioy/o término de la autorización a que se refiere el artículoprimero, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 16998 EDUCACIÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G61/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G53/G55/G54/G45/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0470-2004-ED Lima, 21 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación se encuentra en Trato Directo con el SUTEP obteniendo acuerdos y resultadospositivos para la educación y los maestros, entre ellos, loscontenidos en el Acta de fecha 27 de mayo de 2004; Que, asimismo, el Ministerio de Educación a través de diferentes actos administrativos ha venido asumiendo losacuerdos adoptados en este Trato Directo; Que, sin embargo, el Sindicato Unitario de Trabajado- res en la Educación del Perú - SUTEP mediante Comuni-cado publicado en algunos medios, ha anunciado un paro nacional de 24 horas para el día 22 de setiembre de 2004;Que dicho comunicado contraviene el compromiso de la institución gremial de cumplir, entre otros compromisos,con las mil horas lectivas durante el presente año, perjudi-cando a miles de estudiantes a nivel nacional y a la imple- mentación de la emergencia educativa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28º de la Constitución Política del Perú el derecho a la huel-ga debe ser ejercido en armonía con el interés social; Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 86º del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colecti- vas de Trabajo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, la huelga de los trabajadores comprendidosen el régimen laboral público, se sujeta a las normas con-tenidas en ella; Que el Artículo 75º de la referida norma señala que el ejercicio del derecho de huelga supone haber agotado pre- viamente la negociación directa entre las partes respecto de la materia controvertida, hecho que no ha sucedido enel presente caso; Que al no cumplirse con los presupuestos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colecti-vas de Trabajo y de conformidad con lo previsto en el Artí- culo 74º, corresponde declarar improcedente la paraliza- ción anunciada por el SUTEP para el día 22 de setiembredel presente; De conformidad con la Ley Nº 26510, modificado por el Decreto Ley Nº 25762, los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el paro nacio- nal de 24 horas anunciado para el día 22 de setiembre de2004, por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Edu- cación del Perú - SUTEP. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 17136 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0466-2004-ED Mediante Oficio Nº 1249-2004/ME-SG-OA el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Re-solución Ministerial Nº 0466-2004-ED, publicada en nues- tra edición del 16 de setiembre de 2004. DICE:"... Artículo 2º.- Déjese sin efecto la Directiva Nº 088- 2004-ME/SG..." DEBE DECIR: "... Artículo 2º.- Déjese sin efecto la Directiva Nº 080- 2004-ME/SG..." 16995 INTERIOR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G74/G61/G20/G53/G61/G74/GE9/G2D /G6C/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1771-2004-IN/1601 Lima, 16 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1526-2003-IN/ 1601, su fecha 4 de setiembre de 2003, se designó al se-ñor Rafael Eduardo GARCÍA MELGAR, ex Director Gene-ral de la Dirección General de Migraciones y Naturaliza-