NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/09/2004)
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PÆg. 277013 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 2004 aprobado en el Convenio Nº 007-GR-HVCA., provenien- te del Fondo de Cooperación Regional (FONCOR-Huan-cavelica y Canon y Sobrecanon de la MunicipalidadDistrital de Huaribamba). Que, mediante los informes de vistos se exponen la justificación técnica y legal para la adquisición de bie-nes y suministros mediante la exoneración del procesode selección por Licitación Pública, cumpliéndose asícon lo estipulado en el artículo 113º del Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM; Que, los Gobiernos Locales tienen por finalidad esencial fomentar el Desarrollo Local Integral Sosteni-ble, promoviendo la inversión pública y privada en elempleo; y garantizar el ejercicio pleno de los derechosy la igualdad de oportunidades de sus habitantes deacuerdo con los planes y programas nacionales, regio-nales y locales de desarrollo; Que, con el Informe Legal Nº 024-2004-ALEMD-H de fecha 27 de agosto del 2004, se ha determinado lajustificación legal, para la declaración de situación deurgencia y la exoneración de licitación pública para laadquisición de bienes y suministros para la ejecuciónde la obra “Canal de Irrigación de Pichos”, así mismo,se corrobora con el Informe Técnico Nº 010-2004-AAD-IR-PRP-H., referente al estado situacional calamitosode la carretera y vías que da acceso al lugar de obraque empeorarían en la época de lluvias haciendo inac-cesible, y demás informes existentes de las diferentesinstituciones y Entidades, en la misma que se estable-ce que la zona de trabajo es altamente riesgosa; Que, la zona presenta altas precipitaciones de llu- vias entre los meses de octubre a marzo; y por las con-diciones ya descritas existe el potencial riesgo de co-lapso en la ejecución de la obra, al ser imposible eltransporte de los bienes y suministros pudiendo que-dar inconcluso dicha obra, teniendo como efecto el re-traso del desarrollo económico y social de la poblaciónnecesitada; Que, estando en el artículo 21º de la Ley Nº 26850 y el segundo párrafo del artículo 21º de la Ley Nº 26850y el segundo párrafo del artículo 108º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisicones del Esta-do-D.S. Nº 013-2001-PCM, en la misma que se esta-blece que la situación de urgencia debe entendersecomo una medida temporal como un hecho de excep-ción que determina una acción rápida a fin de adquiriro contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sinperjuicio de que se realice el proceso de selección co-rrespondiente para las adquisiciones y contratacionesdefinitivas, y que en el presente caso es procedente laaplicación de la declaración situación de urgencia parala ejecución de la Obra “Canal de Irrigación de pichos”; Que las disposiciones legales vigentes permiten al Gobierno Local de Huaribamba adecuarse a la Situa-ción de Urgencia, entendiéndose la misma “como unhecho de excepción que determina una acción rápidade adquisición o contratación como medida temporal,sin perjuicio de que se realice el proceso de seleccióncorrespondiente para las adquisiciones y contratacio-nes definitivas”. Y por consiguiente, exonerar a la mis-ma del Proceso de Licitación Pública, pudiéndose efec-tuar la adquisición de acuerdo a las necesidades, re-querimientos y la disponibilidad presupuestal con quepueda contar la entidad, a través de un proceso de Ad-judicación de Menor Cuantía; Que, de conformidad con el Art. 19º inciso c) y el Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, concordante con el Art. 105º de suReglamento aprobado mediante D.S Nº 013-2001-PCM,establecen que están exoneradas de los Procesos deLicitación Pública o Adjudicación Directa, según sea elcaso, las contrataciones que se realicen en Situaciónde Urgencia, declaradas conforme a la Ley, en cuyocaso las adquisiciones se sujetan al Proceso de Adju-dicación de Menor Cuantía y se harán mediante accio-nes inmediatas sobre la base de la obtención de unacotización que cumpla con los requisitos establecidosen la base, con autorización expresa del Titular del Plie-go y el Acuerdo de Concejo; que manifiestan que, esprocedente la declaración de situación de urgencia,debido que existe una necesidad apremiante en la ad-quisición de los bienes y servicios para la ejecución dela Obra “Canal de Irrigación de Pichos”; Con las visaciones respectivas y en uso de las atri- buciones conferidas mediante Ley Nº 27972 (Ley Or-gánica de Municipalidades) y demás normas vigen-tes;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 027-2004-A-MD-H, de fecha 2 de junio de2004. Artículo Segundo.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la Adquisición de Bienes y Servicios para laejecución de la Obra “Canal de Irrigación de Pichos”, se-gún el requerimiento especificado por ítems de fecha20.09.2004, hasta por un MONTO de S/. 764,428.79 y enforma temporal, por los fundamentos glosados en la parteconsiderativa. Artículo Tercero.- EXONÉRESE del Proceso de Se- lección por Licitación Pública; y AUTORÍCESE la adquisi-ción vía Menor Cuantía. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Comité Especial de Adjudicaciones y Contrataciones la inmediata convoca-toria al Proceso de Selección de Menor Cuantía por elmonto que corresponde de acuerdo al cálculo previsto lue-go de culminado el proceso de adjudicación respectivo, in-tegrados por: 1. CHARLTON LAZO BARTOLO Presidente 2. ALBERTO NESTOR HUARINGA SALCEDO Miembro 3. JUAN REYES ALARCÓN Miembro 4. NORMA JUANA VILA CUYCAPUSA Miembro 5. JUAN ROMERO ALFARO Miembro Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente resolu- ción a los organismos competentes y su publicación den-tro del plazo legal en el Diario Oficial El Peruano. Así me pronuncio, en el local Municipal de Huaribamba a los trece días del mes de setiembre del año dos mil cua-tro. Regístrese, comuníquese y archívese.VICENTE QUISPE HUANASCA Alcalde 17200 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONOBAMBA Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de asesoríalegal de abogado especialista en dere-cho constitucional ACUERDO DE CONCEJO Nº 27-2004-MDM Monobamba, 14 de setiembre del 2004 VISTOS:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de se- tiembre del 2004, en atención al INFORME TÉCNICONº 044-2004/MDM/MMC y el INFORME LEGAL Nº 007-2004-RAL/MDM, referidos a la exoneración del procesode Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta, para la Contratación de un Bufete de Abogadoso un Abogado Especialista para que preste los serviciosde Asesoría Legal de la Municipalidad en el Proceso deConflicto de Competencia tramitado ante el TribunalConstitucional; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tie-nen Autonomía Política, Económica y Administrativa en losasuntos de sus Competencia, de conformidad con lo esta-blecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Esta-do, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - LeyNº 27680; y concordante con los Arts. II, III y IV del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972; Que, el inciso h) del Art. 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-