Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2004 (24/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 24 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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aprobado en el Convenio Nº 007-GR-HVCA., proveniente del Fondo de Cooperacion Regional (FONCOR-Huancavelica y Canon y Sobrecanon de la Municipalidad Distrital de Huaribamba). Que, mediante los informes de vistos se exponen la justificacion tecnica y legal para la adquisicion de bienes y suministros mediante la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica, cumpliendose asi con lo estipulado en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, los Gobiernos Locales tienen por finalidad esencial fomentar el Desarrollo Local Integral Sostenible, promoviendo la inversion publica y privada en el empleo; y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, con el Informe Legal Nº 024-2004-ALEMD-H de fecha 27 de agosto del 2004, se ha determinado la justificacion legal, para la declaracion de situacion de urgencia y la exoneracion de licitacion publica para la adquisicion de bienes y suministros para la ejecucion de la obra "Canal de Irrigacion de Pichos", asi mismo, se corrobora con el Informe Tecnico Nº 010-2004-AADIR-PRP-H., referente al estado situacional calamitoso de la carretera y vias que da acceso al lugar de obra que empeorarian en la epoca de lluvias haciendo inaccesible, y demas informes existentes de las diferentes instituciones y Entidades, en la misma que se establece que la MORDAZA de trabajo es altamente riesgosa; Que, la MORDAZA presenta altas precipitaciones de lluvias entre los meses de octubre a marzo; y por las condiciones ya descritas existe el potencial riesgo de colapso en la ejecucion de la obra, al ser imposible el transporte de los bienes y suministros pudiendo quedar inconcluso dicha obra, teniendo como efecto el retraso del desarrollo economico y social de la poblacion necesitada; Que, estando en el articulo 21º de la Ley Nº 26850 y el MORDAZA parrafo del articulo 21º de la Ley Nº 26850 y el MORDAZA parrafo del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicones del Estado-D.S. Nº 013-2001-PCM, en la misma que se establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal como un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas, y que en el presente caso es procedente la aplicacion de la declaracion situacion de urgencia para la ejecucion de la Obra "Canal de Irrigacion de pichos"; Que las disposiciones legales vigentes permiten al Gobierno Local de Huaribamba adecuarse a la Situacion de Urgencia, entendiendose la misma "como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas". Y por consiguiente, exonerar a la misma del MORDAZA de Licitacion Publica, pudiendose efectuar la adquisicion de acuerdo a las necesidades, requerimientos y la disponibilidad presupuestal con que pueda contar la entidad, a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de conformidad con el Art. 19º inciso c) y el Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Art. 105º de su Reglamento aprobado mediante D.S Nº 013-2001-PCM, establecen que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia, declaradas conforme a la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y se haran mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en la base, con autorizacion expresa del Titular del Pliego y el Acuerdo de Concejo; que manifiestan que, es procedente la declaracion de situacion de urgencia, debido que existe una necesidad apremiante en la adquisicion de los bienes y servicios para la ejecucion de la Obra "Canal de Irrigacion de Pichos"; Con las visaciones respectivas y en uso de las atribuciones conferidas mediante Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades) y demas normas vigentes;

Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 027-2004-A-MD-H, de fecha 2 de junio de 2004. Articulo Segundo.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion de Bienes y Servicios para la ejecucion de la Obra "Canal de Irrigacion de Pichos", segun el requerimiento especificado por items de fecha 20.09.2004, hasta por un MONTO de S/. 764,428.79 y en forma temporal, por los fundamentos glosados en la parte considerativa. Articulo Tercero.- EXONERESE del MORDAZA de Seleccion por Licitacion Publica; y AUTORICESE la adquisicion via Menor Cuantia. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE al Comite Especial de Adjudicaciones y Contrataciones la inmediata convocatoria al MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia por el monto que corresponde de acuerdo al calculo previsto luego de culminado el MORDAZA de adjudicacion respectivo, integrados por: 1. 2. 3. 4. 5. CHARLTON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUYCAPUSA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Miembro Miembro Miembro Miembro

Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente resolucion a los organismos competentes y su publicacion dentro del plazo legal en el Diario Oficial El Peruano. Asi me pronuncio, en el local Municipal de Huaribamba a los trece dias del mes de setiembre del ano dos mil cuatro. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA HUANASCA MORDAZA 17200

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONOBAMBA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria legal de abogado especialista en derecho constitucional
ACUERDO DE CONCEJO Nº 27-2004-MDM
Monobamba, 14 de setiembre del 2004 VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de setiembre del 2004, en atencion al INFORME TECNICO Nº 044-2004/MDM/MMC y el INFORME LEGAL Nº 0072004-RAL/MDM, referidos a la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, para la Contratacion de un Bufete de Abogados o un Abogado Especialista para que preste los servicios de Asesoria Legal de la Municipalidad en el MORDAZA de Conflicto de Competencia tramitado ante el Tribunal Constitucional; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, y tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de sus Competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordante con los Arts. II, III y IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el inciso h) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-

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