NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 31
PÆg. 276997 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 2004 poral entre los días 18 y 20 de setiembre, ubicada en la Av. 28 de Julio s/n - Cercado de Lima, provincia y departa-mento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 17143 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la falsificación de documentos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 094-2004-P/TC Lima, 13 de setiembre de 2004VISTOS; el Oficio Nº 09-2,004-45º JPL-CEC cursado por el Juez del Cuadragésimo Quinto Juzgado Especiali-zado en lo Penal de Lima; el Informe Nº 33-2004-OTDA/TCemitido por la Jefa de Trámite Documentario del TribunalConstitucional; y el Oficio Nº 141-2004-PP/JNE cursadopor el Procurador Público del Jurado Nacional de Eleccio-nes y del Tribunal Constitucional; CONSIDERANDO:Que por Oficio Nº 09-2,004-45º JPL-CEC el Juez del Cuadragésimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penalde Lima solicita informe sobre la autenticidad de la resolu-ción cuya copia acompaña, así como se informe si por anteeste Tribunal ha girado el Exp. N° 2003-872-AI interpuestopor Jesús Alberto Calvo Robles contra Zoila Rosa IrenePascual Malpartida sobre acción de inconstitucionalidad;información que es requerida para los fines del procesopenal seguido contra Freddy Zevallos López, por delito deEstafa y otro en agravio de Zoila Pascual Malpartida y otro; Que mediante Informe Nº 33-2004-OTDA/TC la Jefa (e) de la Oficina de Trámite Documentario del Tribunal Constitu-cional señala que luego de la verificación efectuada en susregistros de expedientes, no existe causa alguna que le co-rresponda a don Jesús Alberto Calvo Robles contra resolu-ciones expedidas por el Juzgado de Paz Letrado de SanBorja, así como del número de expediente; advirtiendo quela sentencia cuya autenticidad se solicita, resulta apócrifa; Que la inautenticidad de la resolución cuya información se solicita, resulta evidente a simple vista: Ésta se encuen-tra contenida en un papel con el "Escudo" y la denomina-ción “Tribunal Constitucional” que no corresponden al ofi-cialmente utilizado por esta institución; se consignan en ella,como Magistrados del Tribunal Constitucional que supues-tamente integraron la Sala que la "SS ... LOAYZA BELLIDO,GARCIA OLANO, SANCHEZ MARCOS MATTOS RUIZ.",quienes obviamente no son Magistrados del Tribunal Cons-titucional; en la parte final de la resolución un sello "TRIBU-NAL CONSTITUCIONAL ... Dra. SARA RODRIGUEZSOTO, Secretaria Letrada, con una firma ilegible" personaque nunca ocupó ese cargo en este Tribunal Constitucional,además que la certificación oficial de las resoluciones la haceel Secretario Relator; este mismo sello y firma ilegible, seencuentran consignados en el margen izquierdo de cadauna de las hojas que integran la apócrifa resolución; Que en virtud de lo expuesto, existe indicios razonables de la presunta comisión de delito que debe ser objeto de ladenuncia correspondiente; Que, de acuerdo con el artículo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa del Estado en Jui-cio, la defensa de los intereses y derechos del Estado seejercita judicialmente por intermedio de los ProcuradoresPúblicos; asimismo, el artículo 2º del referido texto legal se-ñala que los Procuradores Públicos tienen la plena repre-sentación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en to-dos los procesos y procedimientos en los que actúe comodemandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667, esta- blece que para demandar y/o formular denuncias a nombredel Estado, es necesario la expedición previa de la Resolu-ción autoritativa; Que resulta necesario autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Tribunal Constitu-cional, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado inicie, impulse y culmine las acciones lega-les que correspondan contra los que resulten responsa-bles por la presunta comisión del hecho ilícito expuesto; Estando a lo recomendado por la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs.17537 y 17667; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Regla-mento Normativo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Tribunal Constitucional para que,en representación y defensa de los intereses del Estado,inicie, impulse y culmine las acciones legales contra los queresulten responsables por los hechos ilícitos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú-blico, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 17233 UNIVERSIDADES Autorizan viajes de Vicerrector Admi- nistrativo, docente y Rector de la Universidad Nacional de Ucayali para participar en eventos a realizarse enBrasil y Bolivia UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 182-2004-CU-R-UNU Pucallpa, 17 de agosto del 2004EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI Visto, la Carta Nº 141, de fecha 13 de agosto y el Acuer- do de Consejo Universitario de fecha 17 de agosto del 2004; CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 28 de junio del 2004, el Dr. Foster Brown, de la Universidad Federal do Acre - UFAC, RíoBranco - Brasil, comunica a la Universidad Nacional de Ucaya-li, que la UFAC ofrece una maestría en Ecología y Manejo deRecursos Naturales; y que este año están programando uncurso en Cruzeiro do Sul, en la cual pretenden hacer una eva-luación socioambiental rápida de 2 a 3 días, luego los alumnospermanecerán durante 10 días en la Región de Cruzeiro doSul antes de regresar hasta Río Branco, por lo que han consi-derado la posibilidad de participación de profesores/profesiona-les de la UNU, a los cuales hace llegar su invitación; Que, con Carta Nº 141, de fecha 13 de agosto del 2004, el Ing. Jorge Vela Alvarado, Vicerrector Administrativo, ponede conocimiento al señor Rector, sobre la invitación que laUniversidad Federal do Acre – UFAC de Brasil, ha cursadoa la Universidad Nacional de Ucayali, para participar en lareunión del MAP del 16 al 19 de setiembre en Río Branco ya Cruzeiro do Sul del 21 al 27 de setiembre del 2004, con lafinalidad de planear estudios de impacto ambiental y desa-rrollo de proyectos regionales conjuntamente con la UNU; Que, asimismo el Vicerrector Administrativo, informa que se viene implementando el Centro de Investigación en Fron-teras Amazónicas y dentro de este marco el desarrollo delProyecto “Diagnóstico geográfico, biológico, ecológico, so-cioeconómico y cultural de las cuencas del Callería, Tama-ya, Abujao y Utiquinía”, teniendo pendiente la firma delConvenio entre la UFAC – UNU; por lo que señala, resultade suma importancia para la Universidad, la participación