Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2004 (30/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2004

de servicio que se prestan se ejerzan con arreglo a la Ley y en MORDAZA con el interes vecinal, es necesario brindar las mayores facilidades a efectos de formalizar las referidas actividades mediante el otorgamiento de las respectivas licencias de apertura de establecimientos; Estando al Dictamen Nº 007-2004-CEFPyP/MDSMP de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto, y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º inciso 8); 40º y 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Codigo Tributario Decreto Legislativo Nº 816 y la Ley de Tributacion Municipal Decreto Legislativo Nº 776 y sus modificatorias, el Concejo Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE SIMPLIFICACION DEL TRAMITE DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Primero.- Establezcase el beneficio de simplificacion del tramite para la obtencion de la Licencia de Funcionamiento, Provisional o Definitiva en el distrito de San MORDAZA de Porres, y por unica vez, para todos aquellos locales y/o establecimientos comerciales y/o de servicios que no cuenten con la Licencia de Funcionamiento obligatoria. Articulo Segundo.- Para los fines de la presente Ordenanza, los interesados en regularizar y obtener la Licencia de Funcionamiento deberan adjuntar a su solicitud los siguientes requisitos: a) Solicitud-Declaracion Jurada debidamente firmada por el titular o representante legal. b) Recibo de Pago por Derecho de Licencia de Funcionamiento. c) Certificado de Compatibilidad de Uso Aprobado. d) MORDAZA de Defensa Civil Aprobada. e) MORDAZA fedatada del RUC. f) Autorizacion Sectorial segun el giro de la actividad a desarrollar. (Ordenanza Nº 099-03/MDSMP) Articulo Tercero.- Para efectos de aperturar el expediente de Licencia de Funcionamiento, se podra sustituir el requisito de MORDAZA de Defensa Civil Aprobada, con la MORDAZA simple de la Solicitud presentada ante Mesa de Partes adjuntando MORDAZA del derecho de pago por dicho concepto, unicamente cuando se trate de giros menores a una (1) UIT . No procedera este beneficio cuando por la naturaleza del giro se haga necesario contar previamente con el Informe Tecnico de Defensa Civil del detalle aprobado. Articulo Cuarto.- Los contribuyentes que no hayan efectuado el canje obligatorio de su licencia de apertura de establecimiento dispuesta por la Ordenanza Nº 079MDSMP, podran efectuarlo en forma gratuita adjuntando los siguientes documentos: a) MORDAZA fedatada de la MORDAZA de Defensa Civil o el recibo de pago. b) Declaracion jurada de permanencia en el giro. c) Declaracion jurada del Impuesto Predial por el establecimiento (gratuito). d) MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento debidamente fedatada. Articulo Quinto.- Presentada la solicitud acompanada de los requisitos completos, se considera otorgada de manera automatica la Licencia de Funcionamiento solicitada, sin perjuicio de la fiscalizacion posterior por parte de la Municipalidad la que en caso de constatar falsedad o fraude en la informacion, declaracion o en la documentacion presentada, aplicara las sanciones correspondientes incluida la revocacion o nulidad del acto administrativo otorgado y la clausura definitiva del local y/o establecimiento. No estan sujetos a la aprobacion automatica aquellos locales o establecimientos que por su envergadura, area o naturaleza del giro a desarrollar, requieran de un pronunciamien-

to previo por parte de la Municipalidad o cuando se requiera en forma previa la autorizacion de otras entidades del estado. Articulo Sexto.- El plazo para acogerse a la presente Ordenanza vence a los treinta (30) dias habiles de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza dentro del plazo establecido obtendran adicionalmente la condonacion de las siguientes multas y sanciones: a) Por carecer de Licencia de Funcionamiento. b) Por ampliar el area del establecimiento sin autorizacion. c) Por ampliar el giro sin autorizacion. d) Por carecer de carne de sanidad. e) Por carecer de Certificado de Defensa Civil. f) Por no presentar Declaracion Jurada Anual de Permanencia en el Giro. La condonacion procede una vez regularizado el motivo de la infraccion. Este beneficio no alcanza a las deudas que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva o se MORDAZA dictado medida cautelar firme. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los Beneficios otorgados por la presente Ordenanza, no alcanzan a los locales y/o establecimientos sobre los cuales se MORDAZA dictado orden de clausura definitiva, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Segunda.- Por unica vez, y por el plazo de treinta (30) dias, a partir de la publicacion del presente acuerdo, las personas naturales con negocio que se acojan al Regimen Unico Simplificado pagaran para el otorgamiento de la Licencia Definitiva de Funcionamiento S/. 70.00 (setenta y 00/100 nuevos soles), entendiendose que no se encuentran incluidos los costos del Certificado de Compatiblidad de Uso y la MORDAZA de Defensa Cvil. Tercera.- Autorizar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a otorgar el Certificado de Compatibilidad de Uso en aquellas zonas que se encuentren en tramite la Habilitacion Urbana. Cuarta.- Facultase al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que se requieran para cumplir los objetivos de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17583

Aprueban el Presupuesto Participativo 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 102-2004
San MORDAZA de Porres, 27 de setiembre del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Acuerdo Nº 003-2004-CCLD/MDSMP del Consejo de Coordinacion Local, el Informe Nº 209-2004-MDSMP/GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que solicita la aprobacion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2005 de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, conforme se establece en el Inciso 1) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo. La Ley Organica de Municipalidades, ha introducido el mecanismo del presupuesto participativo, tanto para la elaboracion de los planes de desarrollo como en el presupuesto, conforme a los Articulos 53º y 97º de la misma Ley. Esto significa una nueva manera de elaborar los planes y presupuesto, a traves de la participacion directa de

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