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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 277368 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 2004 Modifican Reglamento de Organización y Funciones y aprueban Cuadro paraAsignación de Personal, PresupuestoAnalítico de Personal y Manual de Or- ganización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2004-CR/GRP Puno, 20 de setiembre de 2004POR CUANTO:El CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIO- NAL DE PUNO, en sesión extraordinaria celebrada el día15 de setiembre de 2004, ha tratado, debatido y aprobadopor unanimidad la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización demo-crática y constituye una política permanente de Estado, decarácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental eldesarrollo integral del país. Con ese propósito se ha otorga-do a los Gobiernos Regionales autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, en su artículo 35º, establece, como competenciasexclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su organi-zación interna y su presupuesto institucional conforme a Ley; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que son competencias constitucionalesde los Gobiernos Regionales, aprobar su organización in-terna y su presupuesto, así como dictar las normas inhe-rentes a la gestión regional; así mismo dispone que es atri-bución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogarlas normas que regulen o reglamenten los asuntos y mate-rias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Por lo que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno en uso de las facultades conferidas por el artículo37º literal a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales, por unanimidad; ORDENA:Artículo Primero.- Modificar y complementar el Regla- mento de Organización y Funciones (ROF) del GobiernoRegional de Puno aprobado mediante Ordenanza Regio-nal Nº 012-2004-CR/GRP, cuyo texto modificado y com-plementado consta de 14 Títulos, 126 artículos, 6 Disposi-ciones Complementarias y 2 Disposiciones Transitorias, quecomo anexo forman parte integrante de la presente Orde-nanza Regional. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asigna- ción de Personal - CAP, el Presupuesto Analítico de Perso-nal - PAP y el Manual de Organización y Funciones - MOFdel Gobierno Regional de Puno, que como anexos formanparte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Derógase o déjase sin efecto los documentos de gestión y demás disposiciones que se opon-gan a lo modificado y aprobado mediante la presente Or-denanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Puno para su promulgación. En Puno, a los 15 días del mes de setiembre de dos mil cuatro. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente del Consejo Regional de Puno POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Puno, a los 20 días del mes de setiembre de dos mil cuatro. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente del Gobierno Regional de Puno 17564GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Modifican la Ordenanza N” 003-2004- GRSM/CR mediante la cual se encargóal Presidente Regional autorizar aprocurador pœblico para que interpon- ga acción de inconstitucionalidad ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2004-GR-SM/CR Moyobamba, 15 de setiembre de 2004 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi- cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Ba- ses de Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, ejercen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2004- GRSM/CR de fecha 17 de febrero del 2004, se desconoce la adjudicación por parte del Ministerio de Educación de392 plazas orgánicas existentes en el ámbito jurisdiccio- nal de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de San Martín, por no corresponder a los linea- mientos de Política Educativa Regional y por atentar con- tra los principios de la Educación Intercultural e Identidad Regional; Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, desarrollada en el Audi- torium de la Municipalidad Provincial de Juanjuí el día 4 de mayo del 2004, se acordó ampliar la Ordenanza Regional Nº 003-2004-GRSM/CR, debiéndose incluir la formulación de la acción de inconstitucionalidad de la Ley Nº 27971 - LEY QUE FACULTA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PRO- FESORES APROBADOS EN EL CONCURSO PÚBLICO AUTORIZADO POR LA LEY Nº 27491, por lo cual se debe proceder a emitir el acto administrativo a que dé lugar; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENA:Artículo Primero.- INCLUIR un Segundo Párrafo en el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 003-2004- GRSM/CR de fecha 17 de febrero del 2004, en los siguien- tes términos: "ENCARGAR al señor Presidente del Gobierno Re- gional de San Martín para que mediante Acto Admi- nistrativo AUTORICE al Procurador Público Regional de San Martín interponga la Acción de Inconstituciona- lidad de la Ley Nº 27971 - LEY QUE FACULTA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PROFESORES APROBA- DOS EN EL CONCURSO PÚBLICO AUTORIZADO POR LA LEY Nº 27491" Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor ALFONSO REINA CABRERA, Secretario del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el dia- rio encargado de las publicaciones regionales dispo- niéndose su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional.