NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 46
PÆg. 277364 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 2004 10.4.2 El PPM en cada barra del sistema, será actuali- zado utilizando la siguiente Fórmula de Actualización: FAPPMPPM0 PPM1 * = ....................... (18) Se define: FPM b FTAPBP*FTC*a FAPPM *+ = ...... (19) TCo / TCFTC= ............................ (20) TA_PBPo)(1 / TA_PBP)(1 FTAPBP + += ...... (21) IPMo / IPMFPM= ......................... (22) Donde: PPM0 = Precio de la Potencia de Punta inicial, en S/./ kW-mes. PPM1 = Precio de la Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM = F actor de Actualización del Precio de la Poten- cia de Punta. FTC = Factor por variación del Tipo de Cambio.FTAPBP = Factor por var iación de la Tasa Arancelaria para la importación del equipo electromecánico degeneración. FPM = Factor por variación de los Precios al Por Ma- yor. a = Componente de moneda extranjera del Precio Básico de la Potencia. b = Componente de moneda nacional del Precio Bá- sico de la Potencia. TC = Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dó- lar de los Estados Unidos de América, determi-nado la Superintendencia de Banca y Segurosdel Perú, correspondiente a la “COTIZACIÓN DEOFERTA Y DEMANDA – TIPO DE CAMBIO PRO-MEDIO PONDERADO” o el que lo reemplace.Se tomará en cuenta el valor venta al último díahábil del mes anterior, publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano. TCo = Tipo de Cambio inicial, en S/./US$.TA_PBP = T asa Arancelaria vigente para la importación de turbinas a gas de potencia superior a 5000 kWcorrespondiente a la partida arancelaria8411.82.00.00 o la que la sustituya. TA_PBPo = Tasa Arancelaria inicial.IPM = Índice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática.Se tomará el valor del último mes, publicado enel Diario Oficial El Peruano. IPMo = Índice de Precios al Por Mayor inicial. 11. Revisión del Procedimiento 11.1 Para la revisión del procedimiento se deberá to- mar en cuenta la ocurrencia de una de las siguientes con-diciones: a) Cuando se requiera que la selección del tipo de uni- dad sea revisada debido a que la operación en la punta seefectúe con un combustible más económico. b) En caso se descontinúe la publicación de la revista GTWH y se requiera, en consecuencia, tomar otra referen-cia para la capacidad estándar y costo FOB de la unidadde punta. c) Cuando se presente una variación significativa de la distribución de cargas en el Sistema Interconectado Na-cional que amerite una revisión de la ubicación de la uni-dad de punta y se determine su ubicación fuera de la ciu-dad de Lima. d) Cuando al aplicar la Fórmula de Actualización del Precio de la Potencia de Punta exista una variación mayoral ±15% respecto del valor determinado en la fijación tari-faria inmediatamente anterior. e) Cuando una modificación en las disposiciones del Artículo 126º del RLCE implique necesariamente la revi-sión del procedimiento. 11.2 La revisión del procedimiento será llevada a cabo por el OSINERG de oficio o a propuesta del COES-SINACo los interesados siempre y cuando se verifique el cumpli-miento de alguna de las condiciones descritas previamen-te. El nuevo procedimiento deberá aprobarse con una anti-cipación de por lo menos 3 meses a su entrada en vigor. En tanto no se apruebe dicho procedimiento, el OSINERGdeberá seguir las directivas generales establecidas en elArtículo 126º del RLCE. 11.3 En caso que, como resultado de la revisión, se requiera modificar el procedimiento se seguirá lo dispues-to en el Reglamento General del OSINERG para la apro-bación de los reglamentos y normas de alcance generalque dicte este organismo en cumplimiento de sus funcio-nes. 17639 SUNAT Designan en diversos cargos de confian- za a trabajadores de la SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 225-2004/SUNAT Lima, 29 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones de Superintendencia Nºs. 013-2004/SUNAT, 090-2004/SUNAT y 095-2004/SUNAT, se encargaron a los señores Lida Patricia Gálvez Villegas, Ángel Enrique Sánchez Campos y Enrique Vejarano Ve-lásquez, las funciones de los cargos de Intendente de Adua- na Aérea del Callao, Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente y Superintendente Nacional Adjunto de Tri-butos Internos, respectivamente; Que asimismo, mediante Resoluciones de Superinten- dencia Nºs. 117-2004/SUNAT y 152-2004/SUNAT, se en-cargaron a los señores Felipe Eduardo Iannacone Silva y Ricardo Arturo Toma Oyama, las funciones de los cargos de Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales eIntendente Nacional de Cumplimiento Tributario, respecti- vamente; Que por ser de interés institucional, se ha estimado conveniente designar a los mencionados trabajadores en los cargos cuyas funciones les fueron confiadas; En uso de las facultades conferidas por los incisos h), i) y u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar Superintendente Nacional Ad- junto de Tributos Internos, al señor Enrique Vejarano Velás- quez, actual Superintendente Nacional Adjunto de TributosInternos (e). Artículo 2º.- Designar en los siguientes cargos a los trabajadores que a continuación se señalan: - Intendente de Aduana Aérea del Callao Sra. Lida Patricia Gálvez Villegas, actual Intendente de Aduana Aérea del Callao (e). - Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente Sr. Ángel Enrique Sánchez Campos, actual Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente (e). - Intendente de Principales Contribuyentes Naciona- les Sr. Felipe Eduardo Iannacone Silva, actual Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales (e). - Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario Sr. Ricardo Arturo Toma Oyama, actual Intendente Na- cional de Cumplimiento Tributario (e). Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 17609