Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2004 (30/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2004

Ordenanza, los contribuyentes y/o responsables, incluidos los omisos, asi como los deudores que gocen o hayan gozado de algun regimen ordinario de fraccionamiento de deudas. Podran acogerse tambien aquellos deudores que hubieran perdido los beneficios otorgados por fraccionamientos anteriores. Articulo 3º.- Alcances del Beneficio: El beneficio comprende la condonacion de intereses moratorios, intereses legales, reajustes, gastos y costas procesales de las deudas, incluido los generados por convenios de fraccionamiento, asi como la extincion de multas tributarias, cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 30 de setiembre de 2004, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre la deuda, o respecto de las cuales se MORDAZA presentado algun medio impugnatorio y se encuentre pendiente de resolucion. En el caso de las deudas generadas por Multas Tributarias, estas seran extinguidas siempre y cuando el deudor tributario u omiso cumpla o MORDAZA cumplido con la regularizacion de la MORDAZA de la declaracion jurada respectiva. Articulo 4º.- Sistema de Pago: Todas las deudas, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, incluso si estuvieran en cobranza coactiva, podran acogerse a las siguientes formas de pago: - Al contado - En forma fraccionada, de acuerdo a las condiciones establecidas en el siguiente articulo. Articulo 5º.- Pago Fraccionado: El importe de la deuda siempre y cuando sea igual o superior al 10% de la UIT (S/.320.00) podra ser pagado en forma fraccionada, de acuerdo a los requisitos y condiciones que la Administracion establezca para dicho fin. La cuota inicial minima no podra ser inferior al 25% del total de la deuda a fraccionar. El numero MORDAZA de cuotas aplicables es de 24 de acuerdo a los tramos senalados a continuacion:
Deuda % de la UIT Numero MORDAZA (1 UIT = S/.3,200.00) de Cuotas Hasta S/.3,200 Hasta 1 UIT 12 De S/.3,200.01 hasta S/.6,400 Mas de 1 UIT hasta 2 UIT 18 Mas de S/.6,400.01 Mas de 2 UIT 24

Articulo 9º.- Deudas de Cobranza Dudosa: Extinguir por considerar de cobranza dudosa las deudas contenidas en las Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa Tributaria, Ordenes de Pago u otras que contengan deuda tributaria, en cualquier estado de cobranza en que se encuentren, incluso coactivo, sobre las cuales hubiera transcurrido el plazo de prescripcion, previsto en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0222000-EF. Extinguir asimismo las deudas en estado de cobranza coactiva sobre las cuales la Administracion Tributaria no puede determinar la responsabilidad tributaria por haberse cumplido el plazo de prescripcion. Mediante Resolucion de Alcaldia se establecera el detalle de las cuentas y deudas declaradas prescritas, cuya relacion sera publicada en la pagina web de la Municipalidad. Articulo 10º.- Extincion y descuento de Notificaciones y Multas Administrativas: Extinguir las Notificaciones y Multas Administrativas impuestas y/o generadas hasta el 31 de diciembre de 2002 que no hayan sido debidamente notificadas en su oportunidad, cualquiera sea su estado de cobranza. Condonar el 75% del monto de las notificaciones y multas generadas hasta el 30 de setiembre de 2004 por el pago al contado, independientemente del estado de cobranza en que se encuentren. En ningun caso, el pago de la sancion administrativa exime al obligado a cumplir con la obligacion formal pendiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargatura: Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Facultades Delegadas: Delegar en el MORDAZA de la Municipalidad de Miraflores la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. Tercera.- Aplicacion Supletoria: Para todo lo no regulado en la presente Ordenanza se aplicara el Decreto de Alcaldia Nº 05 del 17 de MORDAZA de 2002, Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 17587

Si se tuviera un fraccionamiento vigente, se podra renunciar al mismo y suscribir uno MORDAZA, de conformidad con el Articulo MORDAZA y segun el procedimiento dispuesto en la presente Ordenanza. En los meses en que venzan las obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes a cada ejercicio fiscal, la fecha de vencimiento de las cuotas del fraccionamiento seran diferidas, a solicitud del interesado hasta el mes siguiente. No podran ser materia de fraccionamiento las deudas generadas por los Impuestos de Alcabala y a los Espectaculos Publicos No Deportivos, por contravenir lo dispuesto en la Ley de Tributacion Municipal. Los fraccionamientos que se realicen durante la vigencia de la presente Ordenanza quedaran exonerados del pago de los derechos de fraccionamiento. Excepcionalmente, atendiendo a la situacion economica del deudor, el Subgerente de Recaudacion autorizara el pago de la cuota inicial, limites y cuotas de fraccionamiento en montos y condiciones distintas a lo dispuesto en la presente Ordenanza Articulo 6º.- Del Plazo de Acogimiento: El plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Deudas establecido en la presente Ordenanza, vence el 30 de octubre de 2004. Articulo 7º.- De los Pagos Efectuados: Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son validos y no se encuentran sujetos a compensacion y/o devolucion. Articulo 8º.- Desistimiento: En el caso que se hubiera interpuesto recursos impugnatorios tendientes a cuestionar las deudas materia de acogimiento al procedimiento de regularizacion, los contribuyentes y/o responsables deberan presentar su escrito de desistimiento ante la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo. Si el procedimiento se encontrara tramitandose ante otro organo se debera presentar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen para propietarios de inmuebles la obligacion de colocar numeracion que identifica el predio en un lugar visible del mismo
ORDENANZA Nº 312-MSB
San MORDAZA, 22 de septiembre de 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la XVIII-2004 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22.9.2004, el Dictamen Nº 031-2004-MSB-CER y Dictamen Nº 128-2004-MSB-CAL, de la Comision de Economia y Rentas y, Comision de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los articu-

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