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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (06/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 290230 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de abril de 2005 que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Pú- blico Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y no Motorizados; Que, en las normas antes señaladas no se indica en forma expresa quién preside la Comisión Técnica Mixta; asimismo, se tiene que el contenido de sus funciones deben ser aclaradas para un mejor ejercicio de la men-cionada Comisión y que éstas no sean confundidas con las atribuciones específicas de la Comisión de Seguri- dad Ciudadana, Tránsito y Transporte Urbano y DefensaCivil del Concejo, en materia de regulación y control de la circulación de vehículos menores en el distrito; en este orden de ideas se tiene que modificar la Tercera Dispo-sición Complementaria y Modificatoria de la Ordenanza Nº 87-MSS; De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad la siguien-te: ORDENANZA QUE MODIFICA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 87-MSS Artículo 1º.- Modifíquese la Tercera Disposición Complementaria y Modificatoria de la Ordenanza Nº 87- MSS, quedando redactada en la forma siguiente: Tercera.- La Comisión Técnica Mixta estará integra- da por: Presidente T eniente Alcalde Miembros Cinco Regidores del Concejo Municipal Un representante acreditado de la Co- misaría de Santiago de Surco. Un representante acreditado de la Co-misaría de Mateo Pumacahua. Un representante de cada una de las empresas autorizadas que prestan elservicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito. Secretario Técnico: Subgerente de Autorizaciones La Comisión Técnica Mixta tiene las siguientes fun- ciones: a) Participar en la formulación de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del tránsito y el transporte público, los cuales serán materia de evaluacióntécnica por parte de la Gerencia de Inversión Privada, a efectos de ser sometidos a consideración del pleno del Concejo, previo dictamen de la Comisión de Seguridad Ciu-dadana, Tránsito y Transporte Urbano y Defensa Civil. b) Debatir y evaluar las iniciativas sobre programas de educación y seguridad vial, las cuales serán materiade evaluación técnica por parte de la Gerencia de Inver- sión Privada, a efecto de ser sometidos a consideración del pleno del Concejo, previo dictamen de la Comisión deSeguridad Ciudadana, Tránsito y Transporte Urbano y Defensa Civil. c) Promover y difundir sus acuerdos destinados a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte público en coordinación con la Oficina de Imagen Institu- cional y la Gerencia Central de Desarrollo Local. Artículo 2º.- Mediante Resolución de Alcaldía se de- signará a los miembros de la Comisión Técnica Mixta. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presen- te Ordenanza a la Gerencia Central de Desarrollo Local conjuntamente con la Gerencia de Inversión Privada y laSubgerencia de Autorizaciones. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 06718Modifican la Ordenanza N” 209-MSS, que estableció disposiciones para lainstalación de elementos de seguridady vigilancia particular ORDENANZA Nº 222-MSS Santiago de Surco, 1 de abril de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Po- lítica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Cons- titucional del Capítulo IV Sobre Descentralización Nº27680, publicada oficialmente el 7MAR2002, las munici- palidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitu- cional ha otorgado expresamente al concejo municipal la función normativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 209-MSS se dictaron las disposiciones para normar la instalación de elemen- tos de seguridad y vigilancia particular dentro de la juris-dicción del distrito de Santiago de Surco para garantizar el derecho irrestricto de libre acceso y tránsito por la vía publica, contemplado en la Constitución Política; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3) ítem 3.3 del artículo 85º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972, son funciones específicas exclu-sivas de las municipalidades distritales en materia de Seguridad Ciudadana, entre otras, establecer el registro y control de las asociaciones de vecinos que adminis-tren bienes vecinales para garantizar el cumplimiento de sus fines, así como velar por el permanente control y supervisión de los niveles adecuados de seguridad en eldistrito de Santiago de Surco; Que, con fecha 23MAR2005 se llevó a cabo la re- unión mixta de las Comisiones de Seguridad Ciudadana,Defensa Civil y Transporte, de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, en la cual los miembros de dichas comisiones plantearon la necesidad de expedir una nor-ma complementaria a la Ordenanza Nº 209-MSS, a fin de aclarar algunos aspectos de índole técnico-adminis- trativo que permitan flexibilizar y facilitar la regulariza-ción del uso del elemento de seguridad, por parte de las asociaciones vecinales; Que, en ese sentido se elaboró el proyecto de orde- nanza modificatoria teniendo en cuenta los trámites, re- quisitos, sanciones, horarios y plazo de adecuación, los mismos que se propone modificar bajo los lineamientosde la referida ordenanza municipal; Contando con opinión favorable según Dictamen Con- junto de las Comisiones de Seguridad, Defensa Civil yTransporte, de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos; de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9º nume- ral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 209-MSS QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARTICULAR EN EL DISTRITO Artículo Primero.- Modifíquense los artículos 5º, 7º numerales 7.6, 7.7, 8º, 10º numerales 10.2, 10.3, 14º y el 17º de la Ordenanza Nº 209-MSS, quedando redacta-dos de la siguiente manera: Artículo 5º.- Autorización .- La autorización para la colocación de elementos de seguridad sólo podrá ser otorgada a Juntas o Comités Vecinales reconocidos y