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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (08/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G34/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de abril de 2005 exigida y el pago de los derechos por concepto de ser- vicio de guardianía y grúa establecidos en el TUPA porparte del infractor o propietario, así como el pago de la correspondiente multa, proceda a liberar el vehículo en forma inmediata. 5. Emitir las Directivas que correspondan para la ade- cuada aplicación de la presente Ordenanza. 6. Exonerar el pago de las tasas correspondientes cuando exista el sustento razonable para ello, debiendo para el caso expedir la Resolución Gerencial. 7. Resolver los recursos impugnativos que le com- peten. 8. Demás atribuciones y funciones que se le confiera por norma municipal expresa. Artículo 9º.- DEL PERÍODO DE PERMANENCIA DE LOS VEHÍCULOS INTERNADOS Y EL PROCESODE SUBASTA PÚBLICA Los vehículos internados por las causas señaladas en el artículo 6º de la presente Ordenanza permanece-rán bajo cuidado del DEPÓSITO por un período mínimo de 60 días calendarios contados a partir del día siguien- te de su internamiento; período en el cual el propietario otitular del vehículo deberá subsanar o levantar la causa que motivó su internamiento, cancelando además la co- rrespondiente multa si fuere el caso, así como la cance-lación de los servicios de guardianía y grúa brindados por el DEPÓSITO. Transcurrido el plazo establecido en el párrafo prece- dente sin que el vehículo haya sido retirado, la administra- ción del DEPÓSITO remitirá la liquidación de pago actua- lizada por servicio de guardianía y grúa que adeudase elvehículo; con la finalidad de que la Gerencia General de Transporte Urbano emita la Resolución de Determinación notificando a la persona natural o jurídica que figure comopropietario del mismo, según información del Registro de Propiedad Vehicular, con el objeto de que en el plazo de 20 días cumpla con cancelar la deuda. De verificarse el incumplimiento de pago, la Gerencia General de Transporte Urbano dispondrá su cobranza por la vía coactiva a través de la Gerencia de Ejecutoría Coac-tiva de Transporte conforme al procedimiento establecido en la Ley de la materia, pudiendo esta última decretar las medidas cautelares que resulten pertinente contra el vehí-culo internado con la finalidad de asegurar el pago de la acreencia, para disponer posteriormente su remate me- diante Subasta Pública realizado por Martillero Público. Para efectos del remate mediante Subasta Pública la Gerencia de Ejecutoría Coactiva de Transporte dispon- drá la tasación del vehículo a ser rematado, designandopara el efecto 2 peritos tasadores quienes presentará en el plazo máximo de 5 días su dictamen, el que será pues- to en conocimiento del deudor por el período de 3 días, enel que podrá formular observaciones. Vencido el plazo, el Ejecutor Coactivo aprueba o desaprueba la tasación; su- jetándose su posterior actuación en la aplicación supleto-ria del Código Procesal Civil en lo que fuere pertinente. En los casos que el propietario del vehículo internado adeude a la Municipalidad Provincial del Callao multas ad-ministrativas derivadas por infracciones al Reglamento Na- cional de Tránsito o Reglamento Nacional de Transporte, cuya cobranza se encuentre en la vía coactiva; el EjecutorCoactivo queda facultado a incorporar en la liquidación de costas del procedimiento coactivo, la liquidación efectuada por el Administrador del DEPÓSITO del adeudo acumula-do a la fecha por concepto de servicio de guardianía y grúa con la finalidad de asegurar su cancelación.Artículo 10º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese al Alcalde Provincial para que mediante De- creto de Alcaldía, reglamente la presente Ordenanza y dicte otras medidas y beneficios orientados a la mejor ad- ministración de los Depósitos Municipales de Vehículos. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Otórguese, como beneficio excepcional y por el plazo de 45 (cuarenta y cinco) días calenda- rio, el pago único de S/. 600.- (Seiscientos y 00/100Nuevos Soles) por concepto de Derecho de Guardia-nía, a favor de los propietarios o titulares de vehículos que hayan sido internados en el DEPÓSITO hasta el 31 de diciembre del 2004 en concordancia con lo es-tablecido en el artículo 6º de la presente Ordenanza; sin perjuicio que para la liberación del vehículo, el pro- pietario o titular del mismo cumpla con el pago de lamulta o subsanación de la causa que haya generado el internamiento de la unidad vehicular en el Depósito Municipal de Vehículos. Excepcionalmente y durante el plazo anteriormente in- dicado la Gerencia General de Transporte Urbano para facilitar el retiro del vehículo internado podrá autorizar larecepción de pagos a cuenta o permitir el fraccionamiento de las deudas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito, Reglamento Nacional de Administra-ción de Transporte, Ordenanzas Municipales o por dispo- sición de la Gerencia de Ejecución Coactiva cuyas acreen- cias corresponden a la Municipalidad Provincial del Callao. Segunda.- Derógase todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 06761 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G4D/G59/G50/G45/G53 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006 Callao, 31 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión de fecha 31 de marzo de 2005,aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos de la Municipalidad Provin-cial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 017-2004 en los siguientes términos: GERENCIA GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y COMERCIALIZACIÓN GERENCIA DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS 5 Licencia de Funcionamiento DICE: DEBE DECIR: Provisional - MYPES 1. Certificado de Compatibilidad de Uso 1. Solicitud dirigida al Sr. Alcalde. y Zonificación o copia de cargo de 2. Fotocopia Simple del Comprobante de recepción de la solicitud de los Información Registrada o Ficha RUC. requisitos para el Certificado de 3. Declaración Jurada Simple de ser Compatibilidad de Micro o Pequeña Empresa. Uso y Zonificación. - Para proceder con el trámite la zonificación, 2. Copia del RUC. de berá ser compatible con la zonificación 3. Pagar derecho de trámite. urbana determinada para la zona. 4. Pagar por derecho de trámite.