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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (08/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G34/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de abril de 2005 VISTO, el Codificado Nº 70708-2003, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Los Olivos solicita la Ratifi- cación de la Resolución de Alcaldía Nº 0593-2003 de fecha 10 de setiembre de 2003, promovida por URBANI-ZADORA PRO S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0593 de fecha 10 de setiembre de 2003 (fs. 169 al 172), emitida por la Municipalidad Distrital de Los Olivos, se Aprueba deacuerdo con el Plano signado con el Nº 032-2002-MDLO/ DDU/DCCHU los Proyectos de Habilitación Urbana Nue- va de Tipo Progresivo para Uso Residencial R-4 del te-rreno de 37,779.65 m 2 constituido por la Parcela 10-I, correspondiente a la primera etapa del ex Fundo Pro, ubicado en distrito de Los Olivos, provincia y departa-mento de Lima. Que, el terreno de 37,779.65 m 2 forma parte del pre- dio de área mayor de 46,699.00 m2 inscrito en la Ficha Nº 1200180 - Partida Nº 49017174 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Oficina Registral de Lima (fs. 3) Que, mediante Informe Nº 316-2003-MML-DMDU- DHU-DRD, de fecha 2 de diciembre de 2003 (fs. 179al 183) y Nº 164-2004-MML-DMDU-DHU-DRD, de fe- cha 3 de junio de 2004 (fs. 204 y 205), de la División de Revisión de Diseño de la Dirección de Habilitacio-nes Urbanas, se manifiesta que el proyecto cumple con los planes urbanos; sin embargo existe una in- congruencia entre las medidas perimétricas del terre-no materia de habilitación las cuales no coinciden con las indicadas en la Ficha Registral Nº 1200180, ni con las aprobadas por el Instituto Nacional de Cultura -INC mediante Resolución Directoral Nacional Nº 510/ INC de fecha 4 de junio de 2002, observaciones las cuales fueron absueltas mediante el Informe Nº 225-2004-MML-DMDU-DHU-AL de fecha 26 de mayo de 2004 (fs. 199), del Área Legal de la Dirección de Habi- litaciones Urbanas de la Dirección de HabilitacionesUrbanas, en el que se señala que las medidas perimé- tricas y las áreas brutas materia de tramite no se en- cuentran inmersas dentro de los Planes de DesarrolloUrbano, y que en todo caso afectaría más al habilita- dor que a la propia ciudad. Que, con Documento Simple Nº 595-04 de fecha 5 de enero de 2004 (fs. 184 al 186), el administrado cursa aesta Corporación carta notarial por la que comunica que se acoge al silencio administrativo positivo establecido por Ley para efectos de tener por ratificada la aproba-ción de la habilitación urbana. Que, por Informe Nº 82-2004-MML-DMDU-DHU-AL de fecha 11 de marzo de 2004 (fs. 191 y 192), del Área Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se se-ñala que en virtud del Informe Nº 1225-2003-MML-OGAJ de fecha 25 de mayo de 2003, sólo estarían vigentes los Artículos 1º, 2º, 4º, 5º y 9º de la Ley Nº 26878 y losArtículos 2º, 3º y 4º de la Ley Nº 27135, de lo que conclu- ye que la disposición que establecía la aplicación del principio del silencio administrativo positivo entre otrospuntos, ha quedado derogado, por lo que el acogimiento manifestado por el administrado devendría en improce- dente. Que, por Documento Simple Nº 34461-04 de fecha 17 de mayo de 2004 (fs. 200 al 202), el administrado formula contradicción contra el Informe Nº 82-2004-MML- DMDU-DHU-AL de fecha 11 de marzo de 2004, del ÁreaLegal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; y que corresponde declarar la improcedencia de dicha contra- dicción, por cuanto el Informe citado no constituye unacto administrativo, sino una opinión ilustrada y por tanto no esta sujeto a contradicción, en arreglo a lo dispuesto en el artículo 206º de la Ley del Procedimiento Adminis-trativo General Nº 27444. Con el visto bueno de la División de Revisión de Di- seño, de la Unidad Técnico Legal y de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, con lo recomendado por la Di-rección Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878 y Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 133,Nº 273 y Nº 292, Reglamento Nacional de Construccio- nes; así como con el Edicto Metropolitano Nº 021.RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE, el acogimiento al silencio administrativo positivo solicita-do por el administrado, por lo expuesto en el quinto con- siderando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- . DECLARAR IMPROCEDENTE, la contradicción formulada contra el Informe Nº 82 -2004- MML-DMDU-DHU-AL de fecha 11 de marzo de 2004, del Área Legal de la Dirección de Habilitaciones Urba-nas; por lo expuesto en el sexto considerando de la presente Resolución. Artículo Tercero.- RATIFICAR, la Resolución de Al- caldía Nº 0593 de fecha 10 de setiembre de 2003 emitida por la Municipalidad Distrital de Los Olivos, que Aprueba los Proyectos de Habilitación Urbana Nueva de Tipo Pro-gresivo para Uso Residencial R-4 del terreno de 37,779.65 m 2 constituido por la Parcela 10-I, correspon- diente a la primera etapa del ex Fundo Pro, ubicado endistrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Artículo Cuarto.- . NOTIFICAR, la presente Resolu- ción a URBANIZADORA PRO S.A. y a la MunicipalidadDistrital de Los Olivos, conforme a Ley. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Municipalidad Distrital de Los Olivos, a laOficina Registral de Lima y a la División Técnica de la Dirección de Tierras Eriazas de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitanade Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Sexto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesa-dos, dentro de los 30 días siguientes de la fecha de notificación de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 06710 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G41/G41/G54/G45/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G22/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G2C/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G73/G20/G65/G6E/G46/G65/G72/G72/G6F/G63/G61/G72/G72/G69/G6C/G65/G73/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 025-2005-AATE/PE Santiago de Surco, 7 de abril de 2005 VISTA: La invitación cursada por la Asociación Latinoame- ricana de Metros y Subterráneos - ALAMYS a la Autori- dad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - A.A.T.E.; CONSIDERANDO: Que, el Secretario General de ALAMYS ha invitado a la A.A.T.E. para participar en el Seminario Internacional “SEGURIDAD, SOSTENIBILIDAD Y GESTIÓN DERIESGOS EN FERROCARRILES METROPOLITANOS”, a dictarse en la ciudad de Cartagena de Indias, Colom- bia, del 11 al 14 de abril de 2005; Que, los organizadores del referido evento han asignado a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Ca-llao - A.A.T.E., la participación de un profesional, habién- dose seleccionado al Ing. Víctor Pacahuala Velázquez para participar en el citado Seminario, el cual no repre-sentará gasto alguno para la A.A.T.E.; comprendiendo la comisión del 10 al 15 de abril de 2005; Que, los organizadores del referido Seminario cubri- rán los gastos de pasajes aéreos, viáticos, alojamiento y traslados internos; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 058-2001 se transfiere la administración de la Autoridad Autónoma