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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G35/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de abril de 2005 Cuarta.- Los comerciantes que se acojan a la pre- sente Ordenanza Municipal, están obligados a pagarla Merced Conductiva Mensual por el uso del puesto otienda de Mercado Municipal a partir del otorgamientode la Autorización correspondiente y derechos de con-cesión. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 06957 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G75/G65/G72/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G4D/G6F/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G4D/G6F/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2004/MDV-CDV Ventanilla, 16 de diciembre de 2004 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 092-2004/ MDV-CDV, de fecha 25 AGO 2004, se aprobó la Orde-nanza Municipal Nº 023-2004/MDV-ALC, por la que seacordó reglamentar el Servicio de Transporte PúblicoEspecial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en la jurisdicción del dis- trito; Que, tanto en el Artículo 2º del Acuerdo de Concejo en mención, como en el Artículo 45º de la referidaOrdenanza Municipal, se señala que se otorgan facul-tades al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcal- día, dicte las disposiciones reglamentarias pertinentes para la creación del Cuerpo de Inspectores Municipa-les de Vehículos Menores Motorizados y No Motoriza-dos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, Artículo II del Título Preliminar, numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la creación del Cuerpo de Inspectores Municipales de Vehículos Menores Mo-torizados y No Motorizados, quienes se encargarán dela correcta aplicación de las disposiciones contenidasen la Ordenanza Municipal Nº 023-2004/MDV-ALC, defecha 25 AGO 2004, referente a la Reglamentación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motori-zados en el distrito de Ventanilla. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General remitir copia certificada del presente Decreto a Geren-cia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Sub Gerencia de Transportes; encargar a Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el DiarioOficial El Peruano, bajo responsabilidad.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.JUAN JOSE LOPEZ ALAVA Alcalde 07033 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G78/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/GE1/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G6E/G61/G63/G69/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G79/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G61/G64/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2005/MDV-CDV Ventanilla, 16 de marzo de 2005 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE VENTANILLA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 042-2005/MDV- CDV de fecha 16 MAR 2005, referente a la Prórroga deCampaña de Inscripción Masiva de Nacimientos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2004/MDV- ALC de fecha 13.12.2004, la Municipalidad Distrital deVentanilla concede el beneficio mediante Campaña Ex-temporánea de Inscripción de Nacimientos de menores y mayores de edad, a los vecinos del distrito para dar facilidad a los ciudadanos de escasos recursos en elcumplimiento de sus obligaciones; Que, en el Artículo Primero del referido Decreto de Alcaldía, se señala que dicho beneficio tendrá vigenciapor 90 días contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano de conformi- dad con lo establecido en el Artículo 109º de la Constitu-ción Política del Estado; Que, el Decreto de Alcaldía antes señalado se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 01 ENE 2005y estando cerca el día de su culminación de dicho beneficio, y habiéndose quedado muchos vecinos sin acogerse a dicho beneficio, la administración munici-pal ha visto por conveniente dictar las medidas ne-cesarias a fin de seguir apoyando a nuestros contri-buyentes; Por lo anteriormente expuesto, conforme con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordado con el Artículo II del Título Prelimi-nar, y en uso de las facultades conferidas por el numeral6) del Artículo 20º, el Artículo 9º numeral 35) y 42º de laLey Nº 27972 - "Orgánica de Municipalidades", con lavotación UNÁNIME del número legal de los Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; SE DECRETA:Artículo 1º.- Prorrogar el plazo de vigencia el Decre- to de Alcaldía Nº 013-2004/MDV-ALC por noventa (90) días más, contados a partir del día siguiente de la publi-cación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Encárguese a la Subgerencia de Registros Civiles su fiel cumplimiento; a la Gerenciade Administración y Finanzas la publicación de la pre- sente norma municipal en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad; y a la Gerencia de Imagen Ins-titucional y Relaciones Públicas su respectiva difu-sión. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN JOSE LOPEZ ALAVA Alcalde 06959