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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (10/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G35/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de abril de 2005 ven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico delas circunscripciones de su jurisdicción. Que, con fecha 26 de octubre de 2004, la Iglesia Cristiana Pentecostés del EPRCOL, solicita la celebra-ción de Matrimonio Civil Masivo para internos del Penal San Pedro (ex Lurigancho) y la Exoneración total de los derechos por dicho concepto, tal como lo ha venido rea-lizando desde el año 1997, acción que forma parte de larehabilitación de los internos para su inserción dentro dela sociedad. Que, la Constitución Política del Estado, establece en su artículo 74º que “Los Gobiernos Regionales y Go- biernos Locales pueden crear, modificar, y suprimir con-tribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la ley…” y elartículo 195º inciso 5) señala que “Los gobiernos localesson competentes para crear, modificar y suprimir contri- buciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici- pales conforme a ley”. Que, el artículo 252º del Código Civil establece que “el alcalde puede dispensar la publicación de los avisossi median causas razonables y siempre que se presen-ten todos los documentos exigidos en el artículo 248º”. Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tri- butario señala que “Los Gobiernos Locales, medianteOrdenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus con-tribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerarde ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites queseñala la Ley”. Que, teniendo en cuenta la situación actual por la que atraviesan los internos del citado establecimiento peni-tenciario, es necesario que la Corporación Municipal rea-lice los actos administrativos pertinentes a fin de apoyarla regularización de las uniones de hecho de las perso-nas recluidas, teniendo en consideración que los mis- mos no cuentan con los recursos económicos para su- fragar las tasas correspondientes. Estando a lo expuesto, y a lo señalado en el Informe Nº 113-2005-GAJ/MSJL emitido por la Gerencia de Ase-soría y los Informes Nº 70-2005-JPP/GPD/MDSJL yNº 117-2005 JPP/GPD/MDSJL emitido por la Jefatura de Planificación y Presupuesto; y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) y 9) del Artículo 9° y losArtículos 39°, 40° de la Ley Orgánica de Municipalida-des N° 27972 y contando con el VOTO MAYORITARIOdel Pleno del Concejo, la ABSTENCIÓN DEL SEÑORREGIDOR JUAN BALDEÓN SURICHAQUI y con la dis- pensa del trámite de comisiones y de lectura y aproba- ción de acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la realización de la cere- monia de Matrimonio Civil Masivo a realizarse en el “Estable- cimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordinario SanPedro”, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- EXONERAR del pago de las tasas por concepto de ceremonia, trámites administrati-vos y certificado médico respectivo a los contrayentes que se inscriban para la ceremonia del matrimonio civil masivo, cumpliendo con los requisitos de Ley. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Jefatura de Re- gistros Civiles realizar las coordinaciones que corres-pondan así como la recepción del Expediente Matrimo-nial, cumpliendo con todos los requisitos de acuerdo al Código Civil, dispensándose de la publicación de los avisos, con arreglo al artículo 252º del citado cuerpolegal. Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE que la Jefatura de Salud, Bienestar e Integración Social se encargue derealizar los respectivos exámenes médicos a los con- trayentes. Artículo Quinto.- Dispóngase que la Gerencia de Servicios Administrativos Municipales, Gerencia de Ren-tas, Gerencia de Administración y la Gerencia de Desa-rrollo Social, a través de sus órganos correspondientesy de acuerdo a sus competencias implementen lo dis- puesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 06956 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G43/G2D/G31 ORDENANZA Nº 053 San Juan de Lurigancho, 30 de marzo de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 033-2005/JAyRM/GSAM/MSJL de fecha 21 de enerode 2005, expedido por la Jefatura de Autorizaciones yRegistros Municipales, perteneciente a la Gerencia deServicios Administrativos Municipales de la Municipali-dad de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma ConstitucionalLey Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades songobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Artículo IV del Título Preliminar que losgobiernos locales representan al vecindario, promue-ven la adecuada prestación de los servicios públicoslocales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el artículo VI del título preliminar de la citada norma, prescribe que los gobiernos locales promuevenel desarrollo económico local, con incidencia en la Microy Pequeña Empresa, a través de planes de desarrollolocal aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo social, el desarro- llo de capacidades y la equidad en sus respectivas cir-cunscripciones; Que, el artículo 79º numeral 3, punto 3.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, asigna funciones especí-ficas y exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización de espacio físico y uso del sue- lo para normar, regular y otorgar autorizaciones, dere-chos y licencias y realizar la fiscalización de apertura deestablecimientos comerciales, industriales y de activi-dades profesionales de acuerdo a la zonificación; Que, el artículo 86º numeral 3, punto 3.5 de la norma en mención, prescribe que en materia de promoción del desarrollo económico local, son funciones específicas yexclusivas de las municipalidades distritales el promoverlas condiciones favorables para la productividad y la com-petitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1004 de fecha 11.5.84 expedida por la Municipalidad de Lima Me- tropolitana se establece en su artículo 1º la autorizacióndel funcionamiento de locales comerciales del nivel “Co-mercio Local C-1” así como de los locales de industriaelemental y de servicios en las zonas residenciales en el“Área de Estructuración Urbana I”, siempre y cuando tengan un área no mayor de 60.00 m2 y predomine el uso residencial; Que, para tal efecto el distrito de San Juan de Lurigancho está calificado dentro del Área de Estructu-ración Urbana I - Área de Características Especiales lacual, conforme a la Resolución Suprema Nº 045-79-VC- 5500 - Reglamento de Zonificación General de Lima Metropolitana, comprende Áreas Homogéneas y Espe-cializadas constituidas básicamente por viviendas deDensidad Media de bajo costo - viviendas de interéssocial y Pueblos Jóvenes-; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones de- fine como comercio local, al centro comercial a nivel de