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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G35/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de abril de 2005 d) Asimismo, dicha actividad no podrá superar el cuadro de niveles operacionales permitidos en zonifica-ción residencial, según el Reglamento Nacional de Cons-trucciones y demás normatividad vigente. e) La actividad a desarrollar no debe producir ruidos molestos, elementos contaminantes al medio ambiente ni perturben la tranquilidad de los vecinos, de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes. f) El uso predominante del inmueble en donde se ubi- que el establecimiento debe ser residencial, a fin de nodesvirtuar el carácter establecido por la zonificacióncorrespondiente. Artículo Cuarto.- Precísese que la actividad econó- mica Restaurantes en los inmuebles que se ubican enZonificación I 1 R (vivienda - taller) constituye un usocompatible con dicha zonificación, conforme a la Reso-lución de Alcaldía Nº 1004 siempre y cuando cumpla con lo dispuesto por los incisos a), b), c) del artículo segun- do de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Dispóngase que los establecimien- tos comerciales ubicados en zonificación residencial deuso conforme, según lo dispuesto en el Índice de Usospara Ubicación de Actividades Urbanas vigente podrán ocupar como máximo todo el primer piso de la edifica- ción para el uso comercial, siempre y cuando predomineel uso residencial en la totalidad del inmueble y se dife-rencien los usos de comercio y vivienda, con ingresosindividualizados, no originando ruidos molestos y conta-minación al medio ambiente. Artículo Sexto.- La actividad de venta de muebles de acero, madera, electrodomésticos y vidriería, podrápermitirse en zonificación residencial R-3 y R-4; siem-pre y cuando se ubiquen en avenida y/o vía colectora,esquina de jirones y que cumplan con lo establecido enel artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- Dispóngase que la Gerencia de Servicios Administrativos Municipales, a través de la Je-fatura de Autorizaciones y Registros Municipales y deacuerdo a su competencia implementen lo dispuesto enla presente Ordenanza. Artículo Octavo.- Facúltese al Acalde a establecer mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones com- plementarias y/o reglamentarias que sean necesariaspara la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto enla presente Ordenanza. Artículo Noveno.- Deróguese todas las disposicio- nes que se opongan a la presente norma legal. Artículo Décimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación enel Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 06952 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G2D /G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2005-ALC/MDSA Santa Anita, 6 de abril de 2005 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO:Que, por Ordenanza Nº 004-MDSA de fecha 28 de febrero de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo del 2005, se establecieron disposicionesrelativas a la Constitución, Reglamento de Elecciones y Reglamento de Organización y Funciones de las JuntasVecinales Comunales del distrito; Que, la Primera de las Disposiciones Transitorias y Finales de la antes mencionada Ordenanza Nº 004-MDSA,señala que la Determinación de los Doce Sectores a que se refiere el Artículo Único del Título Preliminar de la refe- rida Ordenanza y el Cronograma del Proceso Elecciona-rio, serán establecidos por Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 057-2005-GDES-GG/ MDSA de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social,se establece la conformación del Comité Electoral, así como el Cronograma del Proceso Electoral de las Jun- tas Vecinales; Que, el Informe Nº 140-2005-SGPV-GDES/MDSA de la Subgerencia de Participación Vecinal, da cuenta de laelección de los miembros del Comité Electoral; Que, estando al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 226-2005-GAJ-GG/MDSA; Ordenanza Nº 004-MDSA; Artículos 42º y 116º de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- RECONOCER al Comité Electoral de las Juntas Vecinales del distrito de Santa Anita, el mis-mo que ha quedado conformado de la siguiente manera: - Presidente : Señor Milguar Gonzalo Araujo Rosales (Regidor). - Secretaria : S eñora Zoila Nilda Sánchez Carranza (Asociación de Abogados Santa Anita). - Vocal : Señor Almilcar Nemesio Bernabel Zavala (Regidor). - Vocal : Señor José Emilio Peche Paredes (Representante Org. Vec.). - Vocal : Señor Felix Arias Minaya (Representante Org. Vec.). Artículo Segundo.- APROBAR la Determinación de los Doce (12) Sectores Constituidos por Vecinos Resi- dentes en el distrito de Santa Anita; y cuya relación deta-llada aparece en el Anexo 1, de la Ordenanza Nº 004-MDSA; así como el Cronograma del Proceso Elec-cionario, el mismo que establece: Fecha y Lugar de Inscripción de Lista de Candidatos: Del 11 al 20 de mayo de 2005 Palacio Municipal Fecha de Publicación de Lista Inicial: Del 23 al 27 de mayo de 2005 Plazo de Formulación de Tachas: Del 30 al 31 de mayo de 2005 Resolución de Tachas: Del 1 de junio al 2 de junio de 2005 Publicación de Listado Definitivo: 6 de junio de 2005 Fecha y Hora de Elecciones: Domingo 3 de julio de 2005 De 9.00 a.m. a 6.00 p.m. Publicación de Resultados en el Palacio Municipal yPágina Web de laMunicipalidad: Lunes 4 de julio de 2005 Artículo Tercero.- CONVOCAR a elección de Jun- tas Vecinales Comunales del distrito de Santa Anita, parael día domingo 3 de julio del 2005 en el horario de 9.00a.m. a 6.00 p.m., proceso que estará a cargo del ComitéElectoral, conforme a sus atribuciones contenidas en laOrdenanza Nº 004-MDSA; precisando que estando a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la antes referida Ordenanza, las situaciones no previs-tas en el Reglamento, serán resueltas por el ComitéElectoral, cuya Resolución es Inapelable. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 07038