Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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PRODUCE
Modifican la R.D. Nº 032-2005PRODUCE/DNEPP en extremo referido a nacionalidad, denominacion y matricula de embarcacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 098-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 Visto el escrito con registro de ingreso Nº 02504002 del 22 de marzo del 2005, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ABALDE, en representacion de la empresa panamena OVERSEAS TUNA PACIFIC S.A. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Directoral Nº 032-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 24 de enero del 2005, se otorga permiso de pesca a la empresa OVERSEAS TUNA PACIFIC S.A., representada en el MORDAZA por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ABALDE, para operar la embarcacion pesquera de bandera panamena, denominada "ALBACORA CATORCE", con matricula Nº 30020-04 para la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, por un plazo que regiria desde la fecha de expedicion de la referida resolucion hasta el 20 de MORDAZA del 2005, con las caracteristicas de arqueo neto 649.00, capacidad de bodega de 1880.00 m3, equipada con red de cerco de 250mm de longitud de abertura de malla y sistema de preservacion R.S.W.; Que mediante el escrito del visto, la recurrente ha solicitado la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 032-2005-PRODUCE/DNEPP, en el extremo referido a la nacionalidad de la embarcacion como ecuatoriana, denominacion de la nave como "GUAYATUNA DOS" y matricula con el Nº P-00-0846, por cuanto ha presentado el Certificado de Nacionalidad de la nave emitida por la Direccion General de la MORDAZA Mercante y del Litoral de la Armada del Ecuador, que consigna la matricula y el nombre actual de la embarcacion; Que de acuerdo a los documentos presentados, principalmente el Certificado de Nacionalidad de la embarcacion emitida en la Republica del Ecuador de fecha 16 de febrero del 2005, consigna la matricula con el Nº P-00-0846 y como nueva denominacion de la embarcacion a "GUAYATUNA DOS", por lo que se determina que la solicitud presentada, deviene en procedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 1022005-PRODUCE/DNEPP-DCH, y con la conformidad legal de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y al MORDAZA de lo establecido por los articulos 106º y 107º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General-; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA y MORDAZA considerando; y, el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 0322005-PRODUCE/DNEPP de fecha 24 de enero del 2005, en el extremo referido a consignar la nacionalidad de la embarcacion como ecuatoriana, la denominacion de la nave como "GUAYATUNA DOS" y la matricula de la misma, con el Nº P-00-0846. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA

de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 08076

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para operar planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2005 Visto, los escritos con registro Nº CE-07276003 de fecha 13 de setiembre del 2004 y 3 de febrero de 2005, presentados por la empresa PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolucion Directoral Nº 019-99-PE/DNPP de fecha 4 de marzo de 1999, se otorgo a la empresa ANICO S.A., licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos con una capacidad instalada de 81,00 t/dia y como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas provenientes de su actividad principal opere una planta de harina de pescado residual con una capacidad instalada de 9,00 t/h, en su establecimiento, ubicado en la MORDAZA Industrial II, Mz. "A", Lotes Nºs 3 y 4, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C. solicita el cambio del titular de las licencias de operacion otorgadas a la empresa ANICO S.A. mediante la Resolucion Directoral Nº 019-99-PE/DNPP, en virtud del Contrato de Compra Venta de fecha 27 de enero del 2004 celebrado con ANICO S.A. EN LIQUIDACION representada por Empresa BCG & Asociados Consultoria y Gestion Economica Financiera S.A., demostrando la transferencia de la propiedad a favor de la recurrente tanto del bien inmueble como de las maquinarias y equipos que forman parte del citado establecimiento industrial pesquero, el cual ha sido inscrito en las Partidas Nºs. 00027930 y 00028365 en los Asientos C0005 del Registro de Propiedad de la MORDAZA Registral Nº I Sede MORDAZA, Oficina Registral de Piura; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C, ha cumplido con los requisitos sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que es procedente aprobar lo solicitado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Directo de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de su Informe Nº 285-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch del 25 de octubre del 2004 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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