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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (07/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de agosto de 2005 cimientos en el período agosto 2005 - diciembre 2009 de la deuda comercial que fuera reprogramada en elmarco de las Minutas del Club de París de los años 1993y 1996, cuyo financiamiento es mediante emisiones debonos soberanos en el mercado local y en el mercadointernacional; Que, asimismo, en virtud al referido Decreto Supremo se aprobó el Acuerdo Marco Multilateral, que fue suscritopor la República del Perú el 4 de julio de 2005, el cualconstituye el marco general del prepago al que se refiereel considerando anterior, y cuya formalización se reali-zará mediante convenios bilaterales, que serán aproba-dos por Resolución Ministerial del Sector Economía yFinanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el convenio bilateral a ser sus- crito por la República del Perú, a través del Ministerio deEconomía y Finanzas, con Export Development Canada,que actúa por recomendación del Gobierno de Canadá, aefectos de formalizar los términos del prepago con dichopaís en el marco del Decreto Supremo Nº 080-2005-EF porlos montos de CAD 44 677 359,29 (cuarenta y cuatro millo-nes seiscientos setenta y siete mil trescientos cincuenta ynueve y 29/100 dólares canadienses) y USD 103 676277,81 (ciento tres millones seiscientos setenta y seis mildoscientos setenta y siete y 81/100 dólares de los EstadosUnidos de América). Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13774 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2005-EF/75 Lima, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2005-EF se aprobó la operación de renegociación, a través del prepa-go parcial, a la par, de las amortizaciones con vencimientosen el período agosto 2005 - diciembre 2009 de la deudacomercial que fuera reprogramada en el marco de las Minu-tas del Club de París de los años 1993 y 1996, cuyo finan-ciamiento es mediante emisiones de bonos soberanos enel mercado local y en el mercado internacional; Que, asimismo, en virtud al referido Decreto Supremo se aprobó el Acuerdo Marco Multilateral, que fue suscritopor la República del Perú el 4 de julio de 2005, el cualconstituye el marco general del prepago al que se refiereel considerando anterior, y cuya formalización se reali-zará mediante convenios bilaterales, que serán aproba-dos por Resolución Ministerial del Sector Economía yFinanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el convenio bilateral a ser sus- crito por la República del Perú, a través del Ministerio deEconomía y Finanzas, con Servizi Assicurativi del Commer-cio Estero -SACE S.p.A.- que actúa por cuenta del Gobier-no de Italia, a efectos de formalizar los términos del prepa-go con dicho país en el marco del Decreto SupremoNº 080-2005-EF por los montos de EUR 92 940 791,39(noventa y dos millones novecientos cuarenta mil setecien-tos noventa y uno y 39/100 euros) y USD 227 625 784,18(doscientos veintisiete millones seiscientos veinticinco milsetecientos ochenta y cuatro y 18/100 dólares de los Esta-dos Unidos de América). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13775RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2005-EF/75 Lima, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2005-EF se aprobó la operación de renegociación, a través del prepa-go parcial, a la par, de las amortizaciones con vencimientosen el período agosto 2005 - diciembre 2009 de la deudacomercial que fuera reprogramada en el marco de las Minu-tas del Club de París de los años 1993 y 1996, cuyo finan-ciamiento es mediante emisiones de bonos soberanos enel mercado local y en el mercado internacional; Que, asimismo, en virtud al referido Decreto Supremo se aprobó el Acuerdo Marco Multilateral, que fue suscritopor la República del Perú el 4 de julio de 2005, el cualconstituye el marco general del prepago al que se refiere elconsiderando anterior, y cuya formalización se realizarámediante convenios bilaterales, que serán aprobados porResolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el convenio bilateral a ser sus- crito por la República del Perú, a través del Ministerio deEconomía y Finanzas, con Finnvera PLC, que actúa porcuenta de la República de Finlandia, a efectos de formali-zar los términos del prepago con dicho país en el marco delDecreto Supremo Nº 080-2005-EF por los montos de CHF142 816,82 (ciento cuarenta y dos mil ochocientos dieci-séis y 82/100 francos suizos) y USD 7 085 052,65 (sietemillones ochenta y cinco mil cincuenta y dos y 65/100 dóla-res de los Estados Unidos de América). Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13776 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 374-2005-EF/75 Lima, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2005-EF se aprobó la operación de renegociación, a través del prepa-go parcial, a la par, de las amortizaciones con vencimientosen el período agosto 2005 - diciembre 2009 de la deudacomercial que fuera reprogramada en el marco de las Minu-tas del Club de París de los años 1993 y 1996, cuyo finan-ciamiento es mediante emisiones de bonos soberanos enel mercado local y en el mercado internacional; Que, asimismo, en virtud al referido Decreto Supremo se aprobó el Acuerdo Marco Multilateral, que fue suscritopor la República del Perú el 4 de julio de 2005, el cualconstituye el marco general del prepago al que se refiere elconsiderando anterior, y cuya formalización se realizarámediante convenios bilaterales, que serán aprobados porResolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el convenio bilateral a ser sus- crito por la República del Perú, a través del Ministerio deEconomía y Finanzas, con el Japan Bank for InternationalCooperation - JBIC, a efectos de formalizar los términos delprepago con el Gobierno del Japón en el marco del Decre-to Supremo Nº 080-2005-EF por el monto de JPY 683 351041,00 (seiscientos ochenta y tres millones trescientos cin-cuenta y un mil cuarenta y uno y 00/100 yenes). Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13777