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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de agosto de 2005 En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Salud, aprobado por Decreto SupremoNº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR a la Empresa INTERNA- TIONAL ANALYTICAL SERVICES S.A.C., INASSA, comoLaboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratoriosde Control de Calidad de Medicamentos del Sector Sa-lud, en los ensayos contemplados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Empresa INTERNA- TIONAL ANALYTICAL SERVICES S.A.C., INASSA, paraejecutar análisis, emitir informes de ensayo y certifica-dos de análisis de productos farmacéuticos y afines enlos siguientes rubros: ENSAYOS:1. Físico Químicos 1.1 Descripción y evaluación de características físi- cas 1.2 Prueba de Identificación cualitativa.1.3 Partículas extrañas en inyectables, inspección por muestreo. 1.4 Prueba de disolución.1.5 Cuantificación por espectrofotometría UV-VIS. 1.6 Cuantificación por espectrofotometría infrarroja. 1.7 Cuantificación por cromatografía líquida de alta performance. 1.8 Cuantificación por espectrofotometría de absor- ción atómica. 1.9 Cuantificación por potenciometría. 1.10 Cuantificación por volumetría. 1.11 Cuantificación por gravimetría. 2. Microbiológicos 2.1 Pruebas de esterilidad. 2.2 Pruebas de control de límite microbiano. 3. Farmacológicos 3.1 Limulus Amebocyte Lysate (LAL). PROCEDIMIENTOS: 1. Muestreo en Almacenes y Plantas. 2. Emisión de Informes de Ensayos y Certificados de Análisis. Artículo 3º.- Los informes de ensayo y los certifica- dos de análisis de calidad de productos farmacéuticos y afines, deben ser firmados por profesional colegiado, autorizado por la Empresa INTERNATIONAL ANALYTI-CAL SERVICES S.A.C., INASSA, acreditada e inscritaen el Registro de la Red de Laboratorios de Control deCalidad de Medicamentos del Sector Salud. Artículo 4º.- La empresa acreditada y autorizada debe someterse periódicamente a evaluaciones y/o au- ditorías técnico-científicas a cargo del Centro Nacionalde Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud ydebe participar en los programas de ensayos interlabora-torios que organice la entidad acreditadora. Artículo 5º.- La acreditación y autorización otorgada a la Empresa INTERNATIONAL ANALYTICAL SERVI- CES S.A.C., INASSA, entrará en vigencia a partir de lafecha de la presente resolución y tendrá una duraciónde dos años. Artículo 6º.- La empresa acreditada y autorizada debe cumplir con todas las disposiciones que norman el control de calidad de productos farmacéuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, asícomo el Reglamento Interno de la Red de Laboratoriosde Control de Calidad de Medicamentos del Sector Sa-lud; las Guías Generales de Control de Calidad de Pro-ductos Pesquisados; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacional de Control de Calidad aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR G. NÁQUIRA VELARDE Jefe 13758 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G2D/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G33/G33/G36/G2D/G4D/G53/G42 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2005-MSB San Borja, 1 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTOS el Informe Nº 41-2005-GR-MSB y Memorán- dum Nº 0662-2005-MSB-GM; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 336-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de abril del2005, se otorgó el Beneficio de Regularización Tributaria para el pago de la deuda tributaria respecto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, con fecha de vencimien-to 31 de mayo del 2005; prorrogada por D.A. Nº 010-2005-MSB-A del 7 de julio del 2005; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 336-MSB, faculta al Alcalde de la Municipalidad de San Borja para que mediante Decreto dicte las disposi- ciones complementarias necesarias para su adecuadaaplicación; Que, mediante Memorándum Nº 0662-2005-MSB-GM del 1 de agosto del 2005 la Gerencia Municipal, en méritodel Informe Nº 41-2005-GR-MSB de la Gerencia de Ren- tas señala que en vista de la coyuntura del pago de arbitrios resulta necesario otorgar facilidades a los con-tribuyentes para que puedan cumplir con sus obliga-ciones tributarias, por lo que considera viable la amplia-ción de plazo para el beneficio otorgado a los contribu-yentes por Ordenanza Nº 336-MSB; Estando a las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades; con el visto bueno de la Gerencia deAsesoría Jurídica, Gerencia de Rentas y Gerencia Mu-nicipal; RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar hasta el 31 de agosto del 2005 el plazo para acogerse al Beneficio Tributario deRegularización establecido en la Ordenanza Nº 336-MSB para el pago de la deuda tributaria generada por concep- to del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo), incluidas lasdeudas que se encuentren fraccionadas y/o en cobran-za coactiva. Regístrese, comunique, cúmplase y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 13759