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PÆg. 299271 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Gran Historiador de la República, Dr. Jorge Basadre Grohmann, por su dedicación y amor a la patria, tal como expresa en sus obras literarias, representa -junto a otras personalidades- para nuestro país y especialmentepara la ciudad de Tacna, la más alta expresión de patriotismo y de la intelectualidad del siglo XX; Que, la heroica ciudad, por ser su tierra natal, no sólo debe conocer de la riqueza literaria de su hijo predilecto; sino, contar en su seno, con los libros que conforman la Biblioteca, incluyendo el Archivo Personal que sustentael trabajo, correspondencia y obras inéditas, realizadas por el Insigne Historiador, a largo de su vida; Que, la producción intelectual del Dr. Jorge Basadre Grohmann, constituyen fuente principal historiográfica y educativa, al servicio de la formación de la conciencia nacional y de las generaciones del país, constituyendopor ello un patrimonio histórico de riqueza invalorable; Que, el Gobierno Regional de Tacna, ha restaurado el inmueble donde vivió el ilustre historiador de la República,dentro del cual, se ejecutará un Proyecto destinado a la conservación y exposición de este Patrimonio Bibliográfico del Perú, contribuyendo a incrementar la riqueza turística ycultural de Tacna; Que, de conformidad con lo señalado en el Informe- Técnico Legal evacuado por la Oficina Regional de AsesoríaJurídica; se tiene que es factible adquirir el acervo documentario señalado en el considerando precedente, exonerándolo del proceso de selección, por tratarse debienes que no admiten sustitutos y existir un único proveedor; Que, dicha adquisición cumple con las formalidades que contemplan los Arts. 19º y 20º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, el Consejo Regional conforme lo establece el Art. 11º de la LOGR es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en virtud de ello aprueba normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los acuerdos del Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés públicoe institucional, Art. 39º de la LOGR; Por lo expuesto, y con las atribuciones otorgadas por los artículos 37º literal a) y 39º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales Nº 27867, sus modificatorias y normas complementarias; el Reglamento Interno; de conformidad con lo debatido y aprobado en la SesiónExtraordinaria de fecha veinticinco de agosto del presente, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con el voto aprobatorio de sus miembros asistentes; ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección para la adquisición de Libros que conforman laBiblioteca y documentos que constituyen el Archivo Personal (Correspondencia y Documentos Originales e Inéditos), del Insigne Historiador Tacneño, Dr. Jorge Basadre Grohmann,por tratarse de bienes únicos e invalorables que no admiten sustitutos y por tratarse de único proveedor, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Dichaadquisición está valorizada en la suma total de $ 250,000 (Doscientos Cincuenta Mil Dólares Americanos). Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional para que en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y, la Oficina Regional de Administración, realicen los trámitesrespectivos para el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo 3º.- REMITIR copia del presente a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE. Artículo 4º.- PUBLICAR el presente, en el Diario Oficial El Peruano y difundir el contenido del presente en el Portal Electrónico, conforme lo dispone el Texto Único de la LeyNº 26850 (Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado) aprobada por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM en su Art. 20º y el Art. 42º de la LOGR. POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda y cumpla. JULIO A. ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional 14943GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Plano de Zonificación General de Usos del Suelo de LimaMetropolitana a Mediano Plazo,correspondiente al distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 810 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto del 2005, el Documento Simple Nº 81350-04seguido por don Guillermo Rebollar Aguirre, mediante elcual solicita el cambio de zonificación de Zona Residencial de Densidad Media (R4) a Comercio Especializado (CE) del terreno cuya área es de 685.00 m2, de los lotes 1, 2 y3 ubicados en la Mz. B de la Urb. Los Ángeles, distrito deSan Juan de Lurigancho, provincia y departamento deLima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 059-2005-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, deZona Residencial de Densidad Media (R4) a ComercioEspecializado (CE) del terreno cuya área es de 685.00m2, de los lotes 1, 2 y 3 ubicados en la Mz. B de la Urb.Los Ángeles, haciendo extensivo dicho cambio a los lotes de la Mz. B ubicados con frente a la Av. Próceres de la Independencia. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho y el InstitutoMetropolitano de Planificación incorporen en su Plano deZonificación la modificación indicada en el artículo anterior. Artículo Tercero.- Establecer que los propietarios del predio indicado en el Artículo Primero de la presenteOrdenanza soliciten a la Municipalidad Metropolitana deLima, la expedición del correspondiente Certificado deZonificación y Vías, para efectos de aplicación de la zonificación aprobada. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los diez y ocho días del mes de agosto del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 14852