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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (27/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 299272 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de agosto de 2005 Establecen beneficios para participan- tes y ganadores del Concurso deRemodelación de Fachadas deInmuebles ubicados en el Barrio Chino ORDENANZA Nº 811 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto de 2005, la Ordenanza que establece beneficios para los participantes y ganadores del CONCURSO DEREMODELACIÓN DE FACHADAS DE INMUEBLES UBICADOS EN EL BARRIO CHINO, de acuerdo con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de AsuntosEconómicos y Organización, en su Dictamen Nº 165- 2005-MML/CMAEDO; de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen Nº 057-2005-MML-CMDUVN; y de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 106- 2005-MML-CMAL; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 40º y 157º numerales 4 y 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Aprobó la siguiente: ORDENANZA BENEFICIOS PARA LOS PARTICIPANTES Y GANADORES DEL CONCURSO DE REMODELACIÓN DE FACHADAS DE INMUEBLES UBICADOS EN EL BARRIO CHINO Artículo 1º.- Objeto. Establecer los beneficios para los participantes y los ganadores del concurso “Remodelación de fachadas de inmuebles ubicados en el Barrio Chino” organizado con ocasión de la conmemoración del 150º Aniversario de laFundación del Barrio Chino, y destinado a la mejora y embellecimiento con motivos chinos, de los inmuebles ubicados en la mencionada zona. Artículo 2º.- Definiciones. Para efecto de la presente Ordenanza, se entenderá por Barrio Chino: La zona comprendida entre Jr. Ucayali cuadras 5 y 7 (lado par e impar), Jr. Ucayali cuadra 6 (lado par), Jr. Andahuaylas cuadra 6 (lado impar), Jr.Andahuaylas cuadras 7 y 8 (lado par e impar), Jr. Miroquesada cuadra 7 (lado par e impar), Jr. Paruro cuadras 7, 8, 9, 10 y 11 (lado par e impar). Artículo 3º.- De los participantes del concurso. Serán considerados participantes del concurso aquellos inmuebles que aprueben la Primera Etapa (decalificación) del Concurso, establecida en el Reglamento y Bases del mismo. Artículo 4º.- Incentivos para los participantes Los participantes tendrán los siguientes incentivos: - Exoneración por única vez del derecho de pago en el trámite de Autorización para Instalación y/o modificaciónde elementos de Publicidad Exterior, a colocarse en el inmueble participante. - Exoneración del procedimientos administrativo que genere la remodelación de fachada. Artículo 5º.- De los ganadores del concurso. Definido el orden de mérito de las intervenciones en las fachadas, la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, establecidade acuerdo al Reglamento y Bases del Concurso, publicará los resultados del mismo, a fin de proceder a la premiación de los tres (3) primeros puestos, los mismosque recibirán los beneficios tributarios que establece el artículo 6º de la presente ordenanza. Así mismo se otorgarán diplomas a todos los propietarios y/oconductores de los predios, por el interés mostrado en larevalorización y conservación del Barrio Chino, cuyas propuestas sean seleccionadas por la Comisión Calificadora, y que hayan realizado y culminado la ejecución de Remodelación de la Fachada. Artículo 6º.- Reducción de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2006 y 2007. Los tres primeros puestos a que se refiere el artículo precedente, obtendrán una reducción de los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y JardinesPúblicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2006 y 2007. Artículo 7º.- Determinación de la reducción. La reducción de los arbitrios será equivalente al costo de la inversión efectuada para la remodelación de lafachada multiplicado por el factor 1.75, teniendo como límite el monto máximo de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 y 2007. Será beneficiario de la reducciónla persona natural o jurídica titular del predio que participa en el concurso. Cuando la inversión haya sido realizada por el conductor del local, el propietario del predio será beneficiado con la reducción, únicamente cuando acredite la cancelación de un importe equivalente al conductordel local. La reducción recaerá únicamente sobre los inmuebles ganadores del concurso, en ningún caso el beneficio deexoneración será trasladado a otros inmuebles. Artículo 8º.- Acreditación de costos. Los costos de inversión deberán ser acreditados fehacientemente mediante las facturas y comprobantes de pago respectivos, en los que se detallen los conceptospor los que se han emitido, el titular y la fecha. Los mencionados documentos serán susceptibles de fiscalización posterior. Artículo 9º.- Reducción de los importes de las multas administrativas. Los tres primeros puestos obtendrán una reducción del 50% del monto de las multas administrativas y tributarias emitidas hasta el 31 de diciembre de 2003,que se hubieran impuesto al participante que efectúe las obras de refacción; la mencionada reducción no procederá cuando las multas tributarias o administrativas emitidasa la citada fecha, hayan sido canceladas, e igualmente no generarán derecho a devolución ni compensación. Artículo 10º.- De la ejecución de la refacción. Encárguese a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y a la Dirección Municipal de SeguridadCiudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a brindar las facilidades necesarias a los participantes que efectúen la remodelación de la Fachada. Artículo 11º.- De la obligación de remozar las fachadas. En conmemoración del 150º Aniversario de la fundación del Barrio Chino, se procederá a remozar todas las fachadas de aquellas edificaciones comprendidasdentro del área de influencia descritas en el artículo 1º que comprenden el Barrio Chino y, en aplicación del Artículo 149º de la Ordenanza Nº 062; se establece laobligación de limpiar y pintar las fachadas en la oportunidad que señala la Municipalidad Metropolitana de Lima . Artículo 12º.- Exoneración del pago de tasa para autorización de elementos de publicidad exterior alos inmuebles participantes del concurso. Se establece la exoneración del pago de la tasa para solicitar la autorización para colocar elementos dePublicidad Exterior a instalarse en las locaciones descritas en el Artículo 1º. Esta exoneración es aplicable únicamente a los elementos de publicidad exteriorseñalados en la Ordenanza Nº 230 que consistan en anuncios luminosos con motivos chinos. Disposiciones Finales: Primera.- Facúltese al Servicio de Administración Tributaria - SAT, a establecer las disposiciones reglamentarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza.