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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G33/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de diciembre de 2005 Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujosde cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2005 al mencionado organismo internacional,con cargo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría del Pueblo, a efectuar el pago de SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 750.00), al Instituto Internacional del Ombudsman(IOI), correspondiente al pago de la cuota año 2005. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargoal presupuesto de la Defensoría del Pueblo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a lafecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20418 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G61/G72/G73/G65/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G64/G6F/G72/G72/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2005-RE Lima, 29 de noviembre de 2005 Vista la Resolución Suprema Nº 231-RE, de 4 de octubre de 2005, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España al Embajador en el Servicio Diplomático de la República,Luis Armando José Lecaros de Cossío; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidentede la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º b) y 64º literal a) del Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España, Embajador en el Servicio Diplomático de laRepública, Luis Armando José Lecaros de Cossío, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente en el Principado de Andorra, con residenciaen la ciudad de Madrid, Reino de España. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20419/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G52/G2E/G53/G2E/G20 /G4E/GBA/G20 /G31/G37/G37/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G52/G45 /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G52/G6F/G6D/G61/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G49/G74/G61/G6C/G69/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 309-2005-RE Lima, 29 de noviembre de 2005 Vista la Resolución Suprema Nº 177-2005-RE, de 10 de agosto de 2005, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Hugo César PortugalCarbajal, Cónsul General del Perú en Roma, República Italiana; CONSIDERANDO: Que resulta necesario modificar el apellido materno del citado funcionario consignado en el artículo primero de la referida Resolución Ministerial de acuerdo a las verificaciones efectuadas en el Escalafón del ServicioDiplomático de la República; De conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y losartículos 64º literal a), 202º y 205º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución Suprema Nº 177-2005-RE, de 10 de agosto de 2005, en los siguientes términos: "Artículo primero.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Hugo César PortugalCarbajal, Cónsul General del Perú en Roma, República Italiana". Artículo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo demás la Resolución Suprema Nº 177-2005-RE, de 10 de agosto de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20420 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G48/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G42/G69/G6C/G62/G61/G6F/G2C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 310-2005-RE Lima, 29 de noviembre de 2005 Vista la Resolución Suprema Nº 250-95-RE, del 25 de junio de 1995, que nombra a la señora María delCarmen Ezcurra Rodríguez Pastor, como Cónsul Honoraria del Perú en la ciudad de Bilbao, Reino de España; Visto el Memorándum (DGA) Nº 738-03, de fecha 18 de junio del año 2003, de la Dirección General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores,el cual adjunta el informe de la Unidad de Remesas Consulares (REC) Nº 008/03, a través del cual se informa sobre el incumplimiento de la Cónsul Honoraria en laciudad de Bilbao, en la remisión de sus cuentas e ingresos consulares correspondientes al año 2002, a pesar de las reiteradas llamadas de atención; Teniendo en cuenta el Informe (REC) Nº 008/04, de fecha 10 de setiembre del año 2004, de la Unidad de Remesas Consulares a través del cual informa que a pesarde los reiterados pedidos por parte de Cancillería, la Cónsul Honoraria en Bilbao, continúa incurriendo en la omisión del