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PÆg. 306182 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de diciembre de 2005 Ministerio de Transporte y Comunicaciones el mantenimiento de la carretera San Marcos - Cajamarca. Por tanto:Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 21064 Celebran la conmemoración de los 50 aæos del voto de la mujer en el Perœ ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 070-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 2 de diciembre de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2005; VISTO y debatido el Proyecto deOrdenanza Regional, presentado por la Consejera Regional ROSA ELENA CAPRISTÁN CARHUAPOMA, referente a saludar a la Mujer Peruana y Cajamarquina por conmemorarsus 50 años de voto en el Perú; con dispensa del Dictamen correspondiente, con el voto unánime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, el 7 de septiembre de 1955, a través de una Reforma Constitucional que concluyó con la promulgación de la Ley Nº 12391, que reconoce la ciudadanía de la mujer, su derecho al sufragio en elecciones políticas y suinscripción en el Registro Electoral. - Que, esta Ley permitió que en las elecciones presidenciales y para el Parlamento de 1956, participaran531,541 mujeres instruidas y mayores de 21 años, quienes representaron el 34% del padrón electoral de la época; (con la Constitución de 1979 el voto se extendió a los iletrados). - Que, una de las primeras batallas que protagonizaron las mujeres para lograr la apertura hacia la igualdad cívica se dio en el terreno de la educación. Si bien es cierto, la educaciónprimaria se hizo obligatoria en el año 1866 para hombres y mujeres, la educación secundaria se dirigió exclusivamente a los varones; siendo la lucha mayor por el derecho a laeducación superior. Las mujeres no se dieron por vencidas y además de seguir propugnando la igualdad educativa se convirtieron en soporte fundamental de las jornadas de Mayode 1912 y de la lucha por la jornada de ocho horas. - Que, en el Perú y más aún en Cajamarca, persisten las desigualdades de género traducidas en violenciaestructural, caracterizada por la desocupación y el subempleo, la falta de producción, el analfabetismo, la falta de identidad, escasa participación de la mujer enespacios políticos y de gestión, entre otros. - Que, en concordancia con la Visión Regional y los objetivos estratégicos del Plan Concertado 2003-2011 delGobierno Regional de Cajamarca, éste aspira a una “sociedad de equidad de género, en la cual sea eliminada la exclusión en los diferentes ámbitos y géneros”. Por lotanto, es función del Gobierno Regional revertir la situación de discriminación de las mujeres, estableciendo de manera permanente en la Agenda Institucional, acciones quepromuevan el adelanto de la mujer rural Cajamarquina, asignando recursos humanos y económicos mediante un proceso de planificación que debe implementarse poretapas: decisión, planificación, sensibilización, formación, puesta en práctica y evaluación. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por LeyNº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero: SALUDAR a todas las mujeres del Perú y en especial a la mujer Cajamarquina, en el logro del ejercicio de su ciudadanía, al conmemorarse los 50 añosdel voto de la mujer en el Perú.Segundo: RATIFICAR el compromiso de incluir una perspectiva de género que atraviese los planes, proyectos y programas de la Región Cajamarca. Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 21065 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa en eldistrito ORDENANZA Nº 016-2005-MDC Cieneguilla, 30 de noviembre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en Sesión Ordinaria, de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º inciso 3) de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; pudiendo asimismo, establece que pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF,facultan excepcionalmente a los Gobiernos Locales a condonar con carácter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto a los tributos que administran; Que, la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 217- 2005-MDC/GM-GAT, ha solicitado y sustentado debidamente la necesidad de otorgar Beneficio Tributario,considerando los pedidos de los vecinos de la jurisdicción; Que, la actual gestión municipal es consciente de la problemática económica-social de los contribuyentes deldistrito, que dificulta el cumplimiento de sus obligaciones vencidas, por lo que es conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes que deseen regularizar su situación; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el voto unánimedel Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo 1º.- Establézcase un Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa, señalados en la presente Ordenanza a favor de los contribuyentes deldistrito de Cieneguilla para que regularicen sus obligaciones pendientes, a partir del 15 de diciembre del 2005 hasta el 15 de enero del 2006. Artículo 2º.- El Beneficio comprende la condonación de intereses moratorios, el factor de ajustes y sanciones por deudas tributarias, no tributarias (multas administrativas),