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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 306180 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de diciembre de 2005 OSINERG FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 442-2005-OS/CD Mediante Oficio Nº 463-2005-OSINERG/GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publique Fe de Erratas de la resolución por la cual se dispuso la publicación del proyecto de resolución quemodifica la Norma: "Procedimiento de Cálculo de Garantía por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea", publicada en nuestra edición del día 10 de diciembre del año 2005. En la página 305942: DICE: "RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 442-2005-OS/CD" DEBE DECIR: "RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 445-2005-OS/CD" 21127 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Autorizan realizar modificaciones de orden presupuestal y financiero para financiar la publicación de normas correspondientes alos Ejercicios 2005 y anteriores RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 247-2005-GRA/PR VISTOS; El Informe Nº 015-2005-GRA/PR-GGR- GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe Nº 1111- 2005-GRA/PR-GGR-GRPPAT-SGPRET, de la Subgerencia de Presupuesto y Tributación, Oficio Nº 385-2005-GRA/PR-GGR/GRAD de la Gerencia Regional de Administración, Informe Nº 008-2005-GRA/CR-SCR de la Secretaría del Consejo Regional y el Informe Nº 647-2005-GRA/PR-GGR-GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de los informes de vistos aparece determinada la existencia de limitaciones de carácter presupuestal, que impiden asumir los gastos de publicación en el Diario OficialEl Peruano y en el diario local encargado de las publicaciones judiciales, de las normas emitidas por el Consejo Regional y la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa; Que, la publicación en el Diario Oficial, así como en el diario local encargado de las publicaciones judiciales, es una exigencia ineludible, aun cuando dichas normas, fueron notificadaslegalmente y hechas de conocimiento público mediante la Página Web institucional, en sujeción a la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, en dicho contexto y en sujeción a la Ley Nº 27867, deviene en imprescindible, se autorice el desarrollo de acciones que inclusive superen las normasde austeridad vigentes, para posibilitar el financiamiento de dichas publicaciones oficiales, debiéndose realizar con tal finalidad, las modificaciones de orden presupuestaly financiero que resulten necesarias; Que, asimismo, debe acreditarse al funcionario responsable de solicitar la publicación oficial, de lasnormas que sean emitidas por el Consejo Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia Regional;SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia Regional de Administración, para realizar las modificaciones de orden presupuestal yfinanciero que resulten necesarias, para financiar la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales, de las normascorrespondientes a los Ejercicios 2005 y anteriores, en atención a las cotizaciones actualizadas y al desarrollo del procedimiento administrativo respectivo. Artículo Segundo.- DISPONER el desarrollo de las acciones administrativas que autoricen al Secretario del Consejo Regional, para solicitar la publicación oficial delas normas que emita dicho Colegiado; y, Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto las acciones administrativas que se opongan al cumplimiento de lapresente Resolución. Dada en la Sede Regional del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintidós (22) días, del mes de noviembre del año dos mil cinco. Regístrese y comuníquese.DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente 21036 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Disponen que datos estadísticos sean redactados diferenciadamente por sexo ORDENANZA REGIONAL N° 021-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:- Que, en el Perú y más aún en Cajamarca, persisten las desigualdades de género traducidas en violenciaestructural, caracterizada por la desocupación y el subempleo, la falta de producción, el analfabetismo, la falta de identidad, escasa participación de la mujer enespacios políticos y de gestión, entre otros. - Que, en concordancia con la Visión Regional y los objetivos estratégicos del Plan Concertado 2003-2011 delGobierno Regional de Cajamarca, éste aspira a una “sociedad de equidad de género, en la cual sea eliminada la exclusión en los diferente ámbitos y géneros”. Por lotanto, es función del Gobierno Regional revertir la situación de discriminación de las mujeres, estableciendo de manera permanente en la Agenda Institucional, acciones quepromuevan el adelanto de la mujer rural cajamarquina, asignando recursos humanos y económicos mediante un proceso de planificación que debe implementarse poretapas: decisión, planificación, sensibilización, formación, puesta en práctica y evaluación. Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 22 de noviembre del año 2005;visto y debatido el Proyecto de Ordenanza Regional, presentado por la Consejera Regional Lic. Enf. Rosa Elena Capristán Carhuapoma; y, a las atribuciones conferidaspor la Ley de Bases de Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-2003-CR/RC; con dispensa del Dictamen correspondiente, el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DISPONER que los datos estadísticos emanados por los diferentes sectores del Gobierno