Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2005 (23/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2005

en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica; Que, de conformidad con lo establecido en el Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante D.S. Nº 0432003-PCM y estando a lo opinado en el Informe Nº 0112005-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT; SE RESUELVE: Articulo 1º- Aprobar los "Lineamientos de Control y Fiscalizacion para el ano 2006", que entrara en vigencia a partir del 3 de enero de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo LINEAMIENTOS DE FISCALIZACION 2006 INDICE 1.- Definiciones 2.- Base Legal 3.- MORDAZA Teorico Referencial 4.- Finalidad de los lineamientos de fiscalizacion 5.- Lineamientos Operativos 6.- Politicas a seguir 7.- Metas 8.- Personal 9.- Disposicion final 10.- Anexos 1. DEFINICIONES: a) Autorizacion Expresa: Aquella emitida de conformidad con la Ley N °27153, modificada por la Ley N° 27796 y su Reglamento D.S. N° 009-2002MINCETUR., por la Direccion Nacional de Turismo del MINCETUR, facultando a un titular a que realice la actividad de juegos de casino o maquinas tragamonedas, explote un determinado numero de mesas de casino o maquinas tragamonedas, segun las modalidades o programas de juego, denominada Autorizacion. b) Juegos de casino: Todo juego de mesa en el que se utilice naipes, dados o ruletas y que admita apuestas del publico. c) Maquinas Tragamonedas: Todas las maquinas de juego, electronicas , mecanicas o electromecanicas, cualquiera que sea su denominacion, que permitan al jugador un tiempo de uso a cambio del pago del precio de la jugada en funcion del azar y, eventualmente, la obtencion de un premio de acuerdo con el programa de juego. d) Maquinas Tragamonedas Nuevas: Para efectos de la importacion de maquinas tragamonedas, entiendase por maquinas tragamonedas nuevas aquellas de hasta dos anos de antiguedad, contados desde la fecha de fabricacion, que no han sido explotadas en una sala de juegos y que no han sido reconstruidas. e) Medios de Juego: Los medios de juego que son utilizados para expresar las apuestas en los juegos de casino y maquinas tragamonedas. f) Memorias de Solo Lectura de Programa de Juego: Circuitos integrados u otro medio de almacenamiento alojados en una maquina tragamonedas, que solo permiten la lectura del programa de juego en MORDAZA almacenada y que consecuentemente son inmodificables. g) Modelo: Configuracion del soporte fisico (hardware) de una maquina tragamonedas, el cual para el desarrollo del juego requerira de un soporte logico (software) especifico y compatible con el mismo. h) Sala de Juego: Area especifica de un establecimiento autorizado donde se encuentran todas las instalaciones requeridas para la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas. i) Sistema de Videos: Sistema de circuito cerrado de audio y video establecido en el articulo 31, literal K de la Ley N° 27153, modificada por la Ley N° 27796. j) Titular: Persona Juridica constituida de acuerdo a

la Ley General de Sociedades que cuenten con Autorizacion Expresa. 2. BASE LEGAL: 1.1 2.2 2.3 2.4 Ley N° 27153 Ley N° 27796 D.S. N° 009-2002-MINCETUR Manual de Organizacion y Funciones.

3. MORDAZA TECNICO REFERENCIAL La DNT, que forma parte del Vice Ministerio de Turismo - VMT. 3.1 Objetivo de la DNT/DJCMT: La mision de la DNT/DJCMT es autorizar, registrar, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y tecnicas con las actividades de juegos de casinos y maquinas tragamonedas, asi como tambien, regular integramente el desarrollo de estas actividades, velando por que las mismas MORDAZA conducidas con honestidad, transparencia, seguridad y trato igualitario y fiscalizando el cumplimiento de las normas legales y tecnicas referidas a su desarrollo. 3.2 Caracteristicas especiales de la actividad de juegos de casino y maquinas tragamonedas: La actividad de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas es una actividad restringida por el Estado Peruano. Prevalece la proteccion al individuo frente a los derechos consagrados en la Constitucion referidos a la proteccion de la propiedad privada, MORDAZA de contratar e inversion privada. 3.3 Ludopatia: El Estado debe prevenir y enfrentar los riesgos que la actividad de juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas puede ocasionar en la sociedad como lo son el juego patologico o LUDOPATIA, enfermedad que debe ser principalmente prevenida en primer lugar y curada, cuando los casos se presenten. Maquinas Tragamonedas con programas de juego orientados a la ninez: Estas maquinas denominadas popularmente "Chinas", son maquinas ilegales que se encuentran en mercados, bodegas y diversos establecimientos principalmente en los conos de la MORDAZA de MORDAZA y en la mayoria de ciudades del interior del pais. Una de las modalidades de operacion consiste en que los propietarios y/o distribuidores de estas maquinas las dejan en los establecimientos comerciales, y las ganancias son distribuidas porcentualmente con el propietario del establecimiento. 3.4 MORDAZA de Dinero: El MINCETUR forma parte del sistema contra el MORDAZA de Dinero y Activos y los operadores de juego de casinos y maquinas tragamonedas son sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas y alas personas que jueguen cantidades superiores a US$ 2,500 en una oportunidad o US$ 5,000 o mas en un periodo de 30 dias. 3.5 Denuncias contra las MORDAZA de Juego: El MINCETUR debe garantizar que los juegos de Casino y maquinas Tragamonedas MORDAZA conducidos con transparencia y honestidad. 4. FINALIDAD DE LOS LINEAMIENTOS DE FISCALIZACION Definir los objetivos y las metas de fiscalizacion, especificando las politicas que conduzcan a los objetivos previstos. El plan debera ser coherente con las tendencias historicas del desarrollo de la actividad de juegos de casinos y maquinas tragamonedas en el MORDAZA y con su probable evolucion. 5. LINEAMIENTOS OPERATIVOS Clausura de Establecimientos que no hayan cumplido con adecuarse a lo dispuesto por la Ley N° 27796. A partir del 1 de enero de 2006, se procedera al comiso de maquinas y clausura de MORDAZA de juego no autorizadas. La DNT/DJCMT coordinara con la Policia Nacional

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