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PÆg. 306910 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 e. Coordinar a nivel nacional, el apoyo del personal técnico y profesional del CONACS para la supervisión, seguimiento y evaluación de la marcha de los créditos otorgados por el Fondo. f. Proponer las normas de gestión financiera del Fondo. g. Establecer las orientaciones técnicas y administrativas para la operación y funcionamiento del Fondo. h. Establecer los mecanismos de selección de Operadores de Crédito. i. Establecer un registro de Operadores Hábiles del Fondo. j. Supervisar la adecuada participación de los Comités Regionales. k. Establecer sus actividades operativas en un Plan Operativo Anual, el mismo que será remitido al Comité Nacional para su aprobación. l. Presentar los informes anuales sobre avances y resultados de las actividades realizadas con los recursos del Fondo ante el Comité Nacional. Artículo 12º.- El Comité Regional es la instancia operativa del Fondo y se encarga de la administración de los préstamos y recuperaciones del Fondo, y de ladistribución de éstos a nivel regional. Se formará un Comité Regional en cada región en donde existan recuperaciones pendientes con recursos del Fondo. También se podránformar Comités a solicitud de los Gobiernos Regionales, con la aprobación del Comité Nacional. Artículo 13º.- El Comité Regional estará conformado por los siguientes miembros: a. Un representante de la Direccion Regional Agraria, quien lo presidirá. b. Un representante de la oficina de CONACS de la jurisdicción regional respectiva, quien asumirá lasecretaría técnica. c. Un representante de las organizaciones de alpaqueros y otro de las organizaciones de vicuñeros,de la región involucrada acreditados por el Gobierno Regional respectivo. Artículo 14º.- El Comité Regional del Fondo tendrá las funciones siguientes: a. Promover y difundir los servicios de financiamiento ofrecidos del Fondo. b. Recibir y registrar las solicitudes de crédito y evaluar la viabilidad y factibilidad de las mismas. c. Realizar la calificación de las solicitudes de crédito conforme a las disposiciones del presente Reglamentoy demás normas aprobadas por el Comité Nacional. d. Hacer el seguimiento y control del desarrollo de los créditos en su ámbito, de acuerdo a las condicionesestablecidas en los contratos de crédito. e. Otorgar los créditos aprobados a los beneficiarios del Fondo. f. Firmar los contratos de crédito y otros documentos de gestión de créditos de alcance regional en representación del Fondo. g. Gestionar la recuperación de los créditos de acuerdo a los plazos pactados en los contratos. h. Vigilar la fecha de vencimiento del pago de los créditos otorgados, y comunicar oportunamente al prestatario dentro de los plazos establecidos. i. Gestionar la interposición de notificaciones de vencimiento. j. Gestionar la interposición de acciones judiciales para la recuperación de los créditos otorgados. k. Cumplir las disposiciones y efectuar medidas correctivas de acuerdo a las recomendaciones de la Gerencia Técnica. l. Evaluar, calificar y aprobar a los Operadores de Crédito que operen en el ámbito de la región. m. Supervisar la adecuada participación de los Operadores de Crédito y la correcta ejecución de los contratos de financiamiento que celebren con los beneficiarios. n. Informar trimestralmente y a solicitud, a la Gerencia Técnica sobre los avances de las actividades programadas. Artículo 15º.- El Comité Regional establecerá sus actividades operativas en un Plan Operativo Anual, elmismo que será remitido a la Gerencia Técnica para su aprobación. Capítulo III Líneas de Crédito del Fondo Artículo 16º.- Los créditos del Fondo comprenden las líneas siguientes: a. Infraestructura ganadera: Cercos Permanentes de Vicuñas y Guanacos. Cercos para Módulos de Empadre de Alpacas. b. Mejoramiento genético:De alpacas. De llamas. c. Repoblamiento y reintroducción: De vicuñas. De guanacos. De llamas.De alpacas. d. Mejoramiento de sistemas de comercialización:Acopio y clasificación de fibra. Comercialización de carne de camélidos y derivados. El Comité Nacional aprobará la implementación progresiva de nuevas líneas de crédito orientadas alequipamiento productivo, capacitación, apoyo a la exportación directa por los productores, apoyo a la comercialización de productos y subproductos como lacarne, cueros, artesanías y otros; que contribuyan a incrementar el aprovechamiento económico de los rebaños. Estas líneas de crédito deberán ser aprobadaspor el Comité Nacional del Fondo. Capítulo IV De los Recursos del Fondo Artículo 17º.- Constituyen recursos del Fondo, las recuperaciones de los préstamos e intereses de los ex fondos, ex programas y ex proyectos siguientes: 1. Banco de Reproductores, 2. Fondo Rotatorio de Repoblamiento de Alpacas en la Sierra Norte y Centro del País, 3. Banco de Germoplasma, 4. Fondo Rotatorio del Proyecto de Repoblamiento de Alpacas (SENASA), 5. Fondo Rotatorio del Programa Módulos de Empadre, 6. Programa de Centro de Producción de Reproductores y 7. Fondo Rotatorio del Programa de Fortalecimiento de la Competitividad Comunal en la Crianza de Vicuñas (Módulos de Uso Sustentable de Vicuñas), 8. Fondo Rotatorio para la Protección, Conservación, Manejo y Aprovechamiento de la Vicuña. Asimismo, constituyen recursos del Fondo, los aportes del Tesoro Público asignados a las líneas de crédito mencionadas en el artículo 16º, las recuperaciones de los préstamos y sus interesesgenerados por el actual Fondo de Desarrollo de Camélidos Sudamericanos y otros que fueran administrados por el CONACS, las tasas por conceptode exportación de alpacas y llamas en pie, así como cualquier otro aporte que en el futuro se asigne específicamente para este fin. Artículo 18º.- Los bienes y animales provenientes de las recuperaciones en especie que no pudieran ser utilizados en nuevos créditos en especie, seránmonetizados para su asignación a las líneas de crédito del Fondo. Artículo 19º.- El porcentaje máximo de recursos del Fondo que podrán ser utilizados en la cartera de créditos será establecida mediante Resolución Jefatural a propuesta del Comité Regional del Fondo.