Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 306919 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de diciembre de 2005 para obtener garantía, protección y seguridad en los operativos. Asimismo La DNT/DJCMT coordinará con el Ministerio Público mediante la Fiscalía de Prevención delDelito con la finalidad de garantizar la legalidad del acto sancionador. La DNT/DJCMT verificara que se cuente previamente con el informe legal, emitido por la Procuraduría Ad-hoc dando cuenta respecto de si el administrado materia del procedimiento sancionador cuenta con medidascautelares y/o acciones de amparo que impidan la actuación de la administración. La DNT/DJCMT coordinará con los Gobiernos Locales y/o Municipales la ejecución del procedimiento sancionador. 6. POLÍTICAS A SEGUIR 6.1 Optimización de los procesos de tramitación de los expedientes administrativos. 6.2 Reducción del tiempo que transcurre entre la inspección y la notificación respectiva. 6.3 Capacitación especializada en regulación, supervisión y sanción de juegos de casinos y máquinas tragamonedas. 6.4 Renovación del hardware y software de aplicación del sistema de control administrativo (Remodelación y optimización de los procesos y digitalización de losexpedientes). 6.5 Ampliar cualitativa y cuantitativamente las inspecciones 6.6 Racionalizar la programación y la asignación de la labor de los inspectores. 6.7 Solicitar la opinión de la CONACTRA respecto a las modificaciones de las normas siguientes: - Penalizar el funcionamiento y la explotación ilegal de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas. 1 - Penalizar el ingreso y/o participación de menores o incapaces en los juegos de azar.2 - Penalizar la importación, ensamblaje, fabricación, distribución, comercialización y explotación de máquinas tragamonedas dirigidas a destinadas a menores de edad. - Autorizar únicamente la importación de máquinas tragamonedas cuyo destino sea la explotación o venta a una sala autorizada por MINCETUR. - Establecer que las personas naturales y/o jurídicas que intervienen en un contrato de asociación y participación para la explotación de máquinas tragamonedas debenser responsables solidarios de las obligaciones tributarias originadas en el mencionado contrato. - Solicitar a la PNP que prohíba a sus efectivos utilizar el uniforme nacional mientras brinden protección y seguridad a salas ilegales. - Solicitar al Ministerio Público, mediante la fiscalía de prevención del delito; apoyar el cierre, clausura y comiso de máquinas ilegales. - Solicitar a los Gobiernos Locales que, en uso de sus facultades, no otorguen licencias de funcionamiento y procedan a clausurar los locales donde operen las salas tragamonedas que no cuenten con la Certificaciónde INDECI. - Solicitar al INDECOPI, a través de la comisión de defensa del consumidor, sancione a todas aquellas salasdonde operen las denominadas máquinas Chinas o máquinas tragamonedas “clonadas”. - Solicitar al Ministerio de Salud que ejecute una campaña masiva de prevención contra la enfermedad de juego patológico denominada “LUDOPATÍA“. - Solicitar al Ministerio Publico la creación de una fiscalía de prevención del delito ad hoc en materia de explotación ilegal de juegos de casino y máquinas tragamonedas. 6.8 Optimizar la coordinación con la SUNAT, INDECI, PNP, MUNICIPALIDADES, MINISTERIO PUBLICO, etc.,para intercambiar informar información, unificar criterios y aunar esfuerzos para mejorar la eficiencia en las labores de control y fiscalización. 7. METAS: 7.1 Metas Cualitativas: Realizar las evaluaciones Económicas, técnicas y legales que permitan detectar:- Ludopatía: Velando por el fiel cumplimiento de las medidas de protección para del público contra el juego patológico. - Juego orientado a menores de edad: Verificando por la no existencia de juego orientado a menores de edad, ya sea por la existencia de máquinasdiseñadas a este fin, la proximidad de los locales a colegios y/o la presencia de menores de edad en los establecimientos. Los establecimientos no pueden estar ubicados a menos de 150 metros, medidos de puerta a puerta en línea recta, de iglesias, centros de educación, cuarteles,comisarías y centros hospitalarios. - Lavado de dinero u otros propósitos ilícitos: Que la explotación de los juegos de casino y de máquinas tragamonedas no sea empleada para lavado de dinero u otros propósitos ilícitos. La DJCM debe realizar las investigaciones financieras y de antecedentes de las personas que se refiere el literal n) del Artículo 31 de la Ley Nº 27153. - Máquinas no registradas y/o Locales no autorizados: Vigilar tanto el debido registro de las máquinas tragamonedas como la apropiada autorización de los establecimientos, sancionando a los establecimientosque incumplan con las obligaciones formales y/o sustanciales establecidas en la Ley N° 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y su Reglamento D.S. Nº 009-2002-MINCETUR. - Falta de transparencia y honestidad en la conducción de salas de juego: El MINCETUR debe garantizar que los juegos de Casino y máquinas Tragamonedas sean conducidos contransparencia, honestidad y trato igualitario. El porcentaje de retorno al público no debe ser menor al 85%; por lo cual, las memorias que contienen los programas de juegodeberán estar registrados ante la autoridad competente. - La no adecuación a Ley: La DNT/DJCMT debe vigilar el estricto cumplimiento del último párrafo de la Primera Disposición Transitoria de la Ley N°27796. 7.2 Metas Cuantitativas Consideramos que el esfuerzo de la Fiscalización estará destinado en un 65% en Lima y en un 35% al resto del País (que incluye la Provincia Constitucional del Callao). - Máquinas tragamonedas informales: Considerando que el vencimiento del plazo para adecuarse a la Ley vence el 31/12/2005, se espera un importante incremento del número de salas no autorizadas. De aquellas, se estima detectar y sancionar durante el año 2006 un total de 107 salas informales que se estima correspondan a 92 empresas, las mismasequivaldrían a un total de 4,390 máquinas. OPERADORES DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS OPERADORES EMPRESAS SALAS MÁQUINAS N º % N º % N º % CON AUTORIZACIÓN 37 7.2% 55 5.9% 8,74015.7% EN PROC. DE ADEC./ RENOV. 22 4.3% 86 9.2% 8,600 15.5% CON PROTECCIÓN JUDICIAL 28 5.4% 325 34.7%19,50035.0% INFORMALES 427 83.1% 470 50.2% 18,80033.8% TOTAL 514 100.0% 936100.0% 55,640100.0% La meta de la DNT/DJCMT es inspeccionar el mayor porcentaje posible del universo de salas informales y hacerlo también con la mayor frecuencia. Para estos efectos, Lima se ha dividido en 4 zonas y el resto del país se ha dividido también en 4 Zonas. En el caso de Lima, cada zona, será inspeccionada permanentemente, de acuerdo a la programación del Plan Operativo Anual y en el caso del resto del País, 2 veces al año; sin perjuicio de las visitas de fiscalización noprogramadas, provenientes de denuncias; por lo cual, la Administración reserva el 10% de su Plan Operativo Anual.