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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 308036 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Artículo 2º.- Designar al Lic. Germán Moisés SIPAN DIAZ, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Imagen Institucional, Nivel F-4, de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 22343 Aprueban documento normativo denominado "Lineamientos de Política Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1007-2005/MINSA Lima, 30 de diciembre del 2005Visto el Expediente Nº 05-533738-01, que contiene el Oficio CONADASI Nº 179-P-2005, de fecha 21 dediciembre de 2005, del Presidente del Comité Nacional de Articulación, Docencia, Atención de Salud e Investigación - CONADASI, del Consejo Nacional deSalud; CONSIDERANDO:Que, el Comité Nacional de Articulación, Docencia, Atención de Salud e Investigación - CONADASI, haelaborado una propuesta de “LINEAMIENTOS DE POLÍTICA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE SALUD”, la misma que hasido aprobada por el Consejo Nacional de Salud, según Acuerdo Nº 276, adoptado en sesión del día 22 de setiembre de 2005; Que, los Lineamientos propuestos tienen como ejes centrales, la educación, el planeamiento estratégico, la gestión en el marco del proceso de descentralización, elrol central que deben jugar los agentes comunitarios de salud; así como los aspectos relacionados con la normatividad, condiciones laborales y conflictividadlaboral; Que, los mencionados Lineamientos guardan correspondencia con los Lineamientos de PolíticaSectorial para el Período 2002-2012, aprobados por Resolución Suprema Nº 014-2002-SA, particularmente con el Cuarto, en el que literalmente se señala que ”Lapolítica de salud promueve el desarrollo de los recursos humanos y la profesionalización de la gestión de los mismos con respecto a la persona humana y la dignidadde los trabajadores y con una clara conciencia que ellos son los principales agentes del cambio. La promoción de los recursos humanos profesionales y técnicos sefundamenta en la aplicación de un sistema de méritos el respeto a la línea de carrera, remuneraciones idóneas y fomento de la solidaridad en el desempeño y en laorganización para brindar un servicio de calidad y respeto al usuario”; Que, dada la especial importancia que reviste la propuesta presentada, como instrumento coadyuvante al logro de las políticas sectoriales en materia de desarrollo de recursos humanos, es convenientebrindarle aprobación ministerial; Con las visaciones del Jefe del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Con la visación del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el documento normativo denominado “LINEAMIENTOS DE POLÍTICA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE SALUD”, el mismo que forma parte de lapresente resolución.Artículo 2º.- El Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, queda encargado de disponer las acciones que sean necesarias para difundir en el Sector Salud los Lineamientos que se aprueban conforme alartículo anterior. Artículo 3º.- Encargar, a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente resoluciónen el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 22341 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Autorizan pago de compensación económica a ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron pordicho beneficio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 405-2005-TR Lima, 29 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 1270-2005-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Oficio Nº 051- 2005-MTPE/4/9.220 de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº 472-2005-MTPE/2-CCC del Coordinador deCeses Colectivos; y el Oficio Nº 2772-2005-MTPE/4/ 10.1, de la Oficina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803 se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por la Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisarlos ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y GobiernosLocales; Que, el artículo 3º de la indicada Ley Nº 27803 señala que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacionalde Trabajadores Cesados Irregularmente podrán optar de manera excluyente por alguno de los beneficios previstos por la misma, siendo uno de ellos el de lacompensación económica; Que, el Decreto de Urgencia Nº 020-2005 establece que la Dirección Nacional de Presupuesto Público delMinisterio de Economía y Finanzas calendarizará y girará los recursos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la cancelación del pago del beneficio decompensación económica; Que, la determinación del tiempo de servicios y la identificación de los beneficiarios que optaron por lacompensación económica se encuentra a cargo del Viceministerio de Trabajo, mientras que el cálculo del monto a abonar a cada beneficiario y el ingreso de lainformación respectiva es efectuado por la Oficina de Estadística e Informática; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 123 y 147-2003-TR, 177-2004-TR, 094-2005-TR, 323- 2005-TR y 391-2005-TR, se han venido efectuando pagos a cuenta de los ex trabajadores comprendidosen el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron excluyentemente por el beneficio de la compensación económica, de acuerdoa la disponibilidad presupuestaria; Que, en mérito a lo dispuesto, es conveniente expedir el acto administrativo que disponga el pago de losbeneficiarios que han acreditado su derecho, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria habilitada para tal efecto;