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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 308033 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 “a) Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal”; Que, en ese sentido, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerariasprovenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnicano reembolsables, serán aprobadas por resolución del Titular de la Entidad, siendo el caso que tratándose de montos inferiores a 5 UIT, la referida resolución sepublicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad; Que, la Dirección de Salud IV Lima Este, ha recibido una donación realizada por la UNICEF, en el mes de diciembre del presente año, por un monto ascendente aSIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 840,00), destinada a financiar la realización de la “Reunión Técnica Nacional para laSostenibilidad del Control de los Desórdenes por Deficiencia de Yodo”; Que, es necesario incluir en el presupuesto del presente año, la donación precitada, en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTAY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 840,00); Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento Estratégico a través de la Oficina Ejecutivade Presupuesto; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 42.1 del artículo 42º y el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación dineraria proveniente del UNICEF por el monto de SIETE MILOCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 840,00), a favor de la Dirección de Salud IV Lima Este, destinada a financiar la realización de la“Reunión Técnica Nacional para la Sostenibilidad del Control de los Desórdenes por Deficiencia de Yodo”. Artículo 2º.- Autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 7 840,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTODONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13.00 Donaciones (En Nuevos Soles) 3.0.0 TRANSFERENCIAS 7 840,00 3.1.0 Transferencias 7 840,00 3.1.1 Internas: Del Sector No Público 7 840,00 3.1.1.031 Donaciones – Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) 7 840,00 TOTAL INGRESOS: 7 840,00 ========= EGRESOS:SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 015 Dirección de Salud IV Lima Este FUNCIÓN : 14 Salud y Saneamiento PROGRAMA : 063 Salud Colectiva SUBPROGRAMA : 0121 Control de Riesgos y Daños para la Salud ACTIVIDAD : 1.00226 Educación, Información y Comunicación de la Salud (En Nuevos Soles) 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 7 840,00 ======== Artículo 3º.- La Oficina Ejecutiva de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Pliego011 Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación deNuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.Artículo 4º.- La Oficina General de Planeamiento Estratégico a través de la Oficina Ejecutiva de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 015 Dirección de Salud IV LimaEste, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Presentar copia de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el artículo 23º numeral23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 22107 Aprueban "Compendio de Guías de Intervenciones y Procedimientos deEnfermería en Emergencias yDesastres" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 996-2005/MINSA Lima, 28 de diciembre del 2005 Visto el Expediente Nº 05-540568-001, que contiene el OFICIO Nº 2172-2005-DG-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, los profesionales de enfermería son parte integrante de los equipos de salud que participan activamente en la atención de las emergencias ydesastres y, la calidad de sus intervenciones, depende en gran medida de la disposición de herramientas que definan y orienten con criterios técnicos dichasintervenciones; Que, por esta razón, se ha elaborado un "Compendio de Guías de Intervenciones y Procedimientos deEnfermería en Emergencias y Desastres", cuyo objetivo principal es el aseguramiento de una atención de salud de calidad con equidad, eficiencia y eficacia en losservicios de emergencia; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional y con las visaciones de la DirecciónGeneral de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Compendio de Guías de Intervenciones y Procedimientos de Enfermería en Emergencias y Desastres", que en documento adjuntoforma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina General de Defensa Nacional es responsable de la difusión del mencionado documento. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional y los Institutos Especializados, son responsables delcumplimiento del citado documento. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará el referido documento en el Portal de Internetdel Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 22108