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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 308029 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 SE RESUELVE : Artículo 1º .- Publicar los modelos de convenio que suscribirán los armadores pesqueros y titulares de losestablecimientos industriales pesqueros (EIP) que cuenten con licencia de operación vigente para Consumo Humano Directo, al amparo de la Resolución MinisterialNº 356-2005-PRODUCE, ante la Dirección Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia o la Dirección Regional con competencia pesquera de su jurisdicción, los mismosque en Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Los armadores y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) o sus representantes legales, deberán apersonarse a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilanciao Dirección Regional de la Producción, para la suscripción del convenio correspondiente, portando el cargo de la solicitud presentada ante la Oficina de TrámiteDocumentario del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL PONCE MONGE Director NacionalSeguimiento, Control y Vigilancia ANEXO 1 EMBARCACIONES PESQUERAS DE BANDERA NACIONAL CONVENIO DE GARANTÍA DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DEL RÉGIMEN PROVISIONAL APROBADO POR LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2005-PRODUCE, EN EL MARCO DEL CUAL SE AUTORIZA LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DEL RECURSO MERLUZA Conste por el presente documento, el Convenio que celebran de una parte el MINISTERIO DE LAPRODUCCION - DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA con RUC Nº 20504794637, con domicilio en calle Uno OesteNº 060, urbanización Corpac, San Isidro, Lima, representado por el Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Viceministerio de Pesquería delMinisterio de la Producción a quien en adelante se le denominará “EL MINISTERIO”, y de otra parte el Armador oEmpresa......................................................................................., con RUC Nº .............................., con domicilio legal en ....................................................................represen-tado por:..................................................................... ............................................................................................... identificado con DNI Nº ............................, con poderinscrito en ..........................................de los Registros Públicos de.................................................., por la (las) embarcación (es) .........................................conmatrícula (s) Nº .........................................., al que en adelante se le denominará ”EL ARMADOR” o “EMPRESA”, en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES La suscripción del presente Convenio se realiza sobre la base de la Resolución Ministerial Nº 356-2005- PRODUCE, en cuyo artículo 1º, se establece un Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza(Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2006 y en el marco del cual se autoriza las actividades extractivas del mencionado recurso, en la zonacomprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 6º 00‘00” Latitud Sur, disponiendo la necesidad de que la Dirección Nacional de Seguimiento,Control y Vigilancia – Viceministerio de Pesquería - Ministerio de la Producción o la Dirección Regional con competencia pesquera de su jurisdicción, suscriban elpresente Convenio de Garantía de Fiel y Cabal cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha norma.CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el Fiel y Cabal Cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL ARMADOR” o “EMPRESA” comprendidas en la Resolución Ministerial Nº 356-2005-PRODUCE. CLÁUSULA TERCERA: ALCANCES Podrán acceder al presente Convenio, las embarcaciones pesqueras arrastreras de bandera nacional de mayor escala (industrial) : de arrastre menoro costeras, de arrastre de mediana escala y de mayor o factoría; que participarán en la extracción de la cuota establecida en el artículo 2º, de la Resolución MinisterialNº 356-2005-PRODUCE. CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONESLa suscripción del presente Convenio genera que la embarcación a cargo de “EL ARMADOR” o “LAEMPRESA” cumpla con las siguientes obligaciones: a) Contar con permiso de pesca para la extracción del recurso Merluza y contar con una cuota individual de pesca asignada a su ARMADOR o EMPRESA PESQUERA. b) Efectuar operaciones de pesca, hasta alcanzar la cuota individual de pesca asignada a cada ARMADOR o EMPRESA. c) Las operaciones de pesca deberán desarrollarse conforme a las medidas de ordenamiento pesquero contenidas en los numerales 5.5, 5.6, 5.10, 5.13 y 6.2 delDecreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE. d) Utilizar redes de arrastre de fondo o media agua con tamaño mínimo de malla de 90 mm. Las dimensionesde las mallas de las secciones anteriores al copo (tùnel o cuerpo y ante-copo) deben ser mayores a las del copo. e) Las embarcaciones de mayor escala deben de contar a bordo con la plataforma baliza del Sistema de Seguimiento Satelital – SISESAT, la cual debe emitir permanentemente señales de posicionamiento GPS(Global Positioning System), Asimismo las embarcaciones deberán efectuar faenas de pesca fuera de las 5 o 10 millas marinas según sea el caso. Las embarcaciones de menor escala que no cuenten con dicho sistema de seguimiento satelital - SISESAT están obligadas a llevar a bordo un Técnico Científico deInvestigación del Instituto del Mar del Perú en los términos y condiciones que señalan los artículos 14º y 15º de la Resolución Ministerial Nº 356-2005-PRODUCE. f) Disponer de un Sistema de preservación a bordo debidamente operativo y/o cajas con hielo en cantidad adecuada para la conservación del recurso. g) Las embarcaciones cuando se desplacen en tránsito dentro de las zonas restringidas o prohibidas, deberán mantener rumbo constante y velocidad denavegación mayor a tres (03) nudos. h) Bajo cualquier razón o motivo está prohibido arrojar al mar el recurso Merluza que se hubiese capturadodurante las faenas de pesca. i) Queda restringido el transbordo de la merluza capturada antes de llegar a puerto o punto dedesembarque. CLÁUSULA QUINTA:COMPROMISO GENERAL “El ARMADOR” o “LA EMPRESA” asume el compromiso de efectuar las faenas de pesca del recurso Merluza, conforme al Principio de Pesca Responsable que rige el Derecho Pesquero. En tal sentido, secompromete a asegurar la conservación y aprovechamiento racional del recurso hidrobiológico objeto del presente convenio.