Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2005 (01/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de enero de 2005

Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia la Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento General para el Ministerio de Relaciones Exteriores, en tanto quede consentido el otorgamiento de la buena pro del Concurso Publico Nº 0005-2004-RE o hasta por un periodo de dos (2) meses. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion correspondiente para la Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento General para el Ministerio de Relaciones, por un monto de S/. 131,807.82 (Ciento treinta y un mil ochocientos siete y 82/100 Nuevos Soles) incluido los tributos, seguros, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecucion del servicio, con cargo a la fuente de financiamiento 00 Recursos Ordinarios y 09 Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a lo senalado oportunamente por el Departamento de Presupuesto. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Departamento de Logistica llevar a cabo las acciones respectivas del MORDAZA por Adjudicacion de Menor Cuantia correspondiente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion General de Administracion comunique el contenido de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de 10 (diez) dias siguientes a la fecha de su aprobacion y publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal y en la pagina web de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 23950

Que la seleccion de los aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica es responsabilidad de la Academia Diplomatica del Peru; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previstas para el Servicio Diplomatico de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a Concurso Publico de Admision a la Academia Diplomatica del Peru para el Ano Lectivo 2005. Articulo Segundo.- Fijar hasta un MORDAZA de doce (12) las plazas vacantes para el Primer Ano del Ciclo de Formacion Profesional de la Academia Diplomatica del Peru. Articulo Tercero.- El ingreso a la Academia Diplomatica del Peru sera por estricto orden de meritos y dentro del numero de vacantes senaladas. Articulo Cuarto.- La Direccion de la Academia Diplomatica del Peru podra contar con el apoyo y colaboracion de la Fundacion Academia Diplomatica del Peru que MORDAZA necesarios para lograr una mejor organizacion del MORDAZA de admision correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 23952

Convocan a Concurso Publico de Admision a la Academia Diplomatica del Peru para el Ano Lectivo 2005
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1109-2004-RE
MORDAZA, 31 de diciembre de 2004 Vista la necesidad de convocar a Concurso Publico de Admision a la Academia Diplomatica del Peru para el Ano Lectivo 2005; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 28091, del 17 de octubre de 2003, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, que en su Articulo 64º determina que la Academia Diplomatica del Peru es el centro de formacion profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestion publica externa, de los aspirantes y miembros del servicio diplomatico; Que conforme al Articulo 65º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y al Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 013/RE, de 5 de octubre de 1984, la Academia Diplomatica del Peru es el centro de estudios superiores y de formacion profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores, con autonomia academica y administrativa, dentro de los limites senalados por su reglamento, que tiene por finalidad la formacion de los aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica y el permanente perfeccionamiento de sus miembros; Que segun el Articulo 67º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, para postular a la Academia Diplomatica del Peru, se requiere haber obtenido el grado academico de Bachiller universitario. El Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru fija los demas requisitos de ingreso; Que mediante Decretos Supremos Nº 16-89-RE, del 13 de noviembre de 1989; Nº 01-94-RE, del 24 de enero de 1994; Nº 045-97 -RE, del 15 de diciembre de 1997, y Nº 16-2001-RE, del 27 de febrero de 2001, se modifico el Reglamento Organico de la Academia Diplomatica, estableciendose los demas requisitos que deberan reunir los candidatos al concurso de admision, asi como los beneficios y derechos de los aspirantes;

Establecen disposiciones aplicables a las rendiciones de cuentas de las Embajadas, Representaciones Permanentes, Oficinas Consulares del Peru y Oficinas Comerciales en el Exterior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1110-2004-RE
MORDAZA, 31 de diciembre de 2004 Vista la Resolucion Ministerial Nº 0262/RE de 20 de marzo de 2003 que establece que las rendiciones de cuentas de las Embajadas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares del Peru en el Exterior seran aprobadas mediante Resolucion Ministerial; Vista la Hoja de Instruccion (GAS) Nº 2378 de 9 de noviembre de 2004 que refierese al tramite de aprobacion de las rendiciones de cuentas de las Misiones en el Exterior; Teniendo en cuenta que el articulo 13º de la Ley Nº 26112 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores senala que el Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores coordina y supervisa las labores de todas las reparticiones de la Cancilleria y del Servicio Exterior, asi como la marcha administrativa de las mismas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Las rendiciones de Cuentas de las Embajadas, Representaciones Permanentes, Oficinas Consulares del Peru y Oficinas Comerciales en el Exterior seran aprobadas mediante Resolucion Viceministerial. Articulo Segundo.- El Procedimiento indicado en el punto anterior sera aplicable a las rendiciones pendientes de aprobacion a la fecha. Articulo Tercero.- En dichas Resoluciones se debera indicar el periodo revisado, el nombre del rindente, el nombre de la Mision, y el importe aprobado. Articulo Cuarto.- Cada Resolucion de aprobacion debidamente visada por el Secretario de Administracion, debera llevar rubrica del Jefe de la Unidad de Control Exterior y del Contador del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0262/RE de 20 de marzo de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 23953

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