Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2005 (01/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 1 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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cionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local; Que, el articulo 21º de la MORDAZA acotada estipula que el MORDAZA Provincial o Distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. Asimismo, establece que dicha remuneracion anualmente podra ser incrementada; y que el Acuerdo que la fija tambien sera publicado obligatoriamente; Que, el actual gobierno municipal inicio su gestion el 1 de enero del 2003 al MORDAZA de la derogada Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades - vigente hata el 27 de MORDAZA del 2003; Que, con fecha 27 de MORDAZA del 2003 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27972 - Nueva Ley Organica de Municipalidades, MORDAZA que regula el regimen de dietas de los Regidores y Remuneracion del MORDAZA, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la nueva ley, la cual dispone que tanto la remuneracion del MORDAZA como las dietas de los Regidores tienen que ser fijadas por acuerdo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que, en el caso de la Municipalidad Distrital de Querecotillo, lo dispuesto en los Arts. 12º y 21º de la Nueva Ley Organica de Municipalidades, no ha sido cumplido porque la entrada en vigencia de la nueva ley sucedio cuando ya habia transcurrido el primer trimestre del ano 2003 y las dietas de los Regidores como la Remuneracion del MORDAZA ya se encontraban fijadas por Resolucion Municipal Nºs. 07 y 08-2003/MDQ, respectivamente, en aplicacion de la anterior Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, siendo por tanto necesario en cumplimiento de los Arts. 12º y 21º de la Ley Nº 27972 fijar las dietas de los Regidores y Remuneracion del MORDAZA, discretamente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica; Que, si bien la percepcion de la dieta esta sujeta a la asistencia efectiva de las sesiones de concejo, la labor de los senores Regidores no se limita a las mismas, ya que es de conocimiento de la comunidad Querecotillana, ellos vienen desarrollando sus funciones a cabalidad, dentro del MORDAZA de cada una de las comisiones permanentes, agilizando el desarrollo de las actividades institucionales programadas en esta Municipalidad; por lo que es consenso de la mayoria el mantener el mismo importe de las dietas acordadas en el primer trimestre del ano 2003 y conforme lo establecio el Gobierno de la gestion anterior; Por estas consideraciones y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - y estando al acuerdo de la sesion de concejo de fecha 30 de enero del 2004; con el MORDAZA favorable de los Regidores: MORDAZA Gallo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Carreno MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Moreno; SE ACUERDA: Primero.- Fijar la remuneracion del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Querecotillo en el monto de una U.I.T. vigente a la fecha de la Sesion que aprueba el acuerdo, que sera percibida a partir del mes de febrero del 2004. Segundo.- Fijar las dietas de los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Querecotillo en el equivalente al 20% de la U.I.T. vigente a la fecha de la Sesion que aprueba el acuerdo, por cada sesion de Concejo a la que se asista efectivamente, percibiendo como MORDAZA el monto equivalente a dos sesiones por mes, que sera percibida a partir del mes de febrero del 2004. Tercero.- Publicar el presente acuerdo municipal, conforme lo dispone la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23933

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 309-2004/MDQ

Querecotillo, 27 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO VISTO: El Informe de fecha 27.12.04, presentado por el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por el cual alcanza el Perfil del PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO para el ano 2005; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Art. 7º del D.S. Nº 0122001-PCM - TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO establece la obligacion de cada entidad de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal indicandose al respecto que el referido Plan sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, en concordancia con los Arts. 6º y 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM - REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO: EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES debe ser aprobado dentro de los treinta dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; Que mediante Resolucion Municipal Nº 054-2004MDQ de fecha quince de diciembre del dos mil cuatro (15.12.04), se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Querecotillo para el ejercicio 2005; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Decreto Supremo Nº 012.-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE QUERECOTILLO, correspondiente al Ejercicio Presupuestal ano 2005, conforme al detalle del documento anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Dependencia encargada de las Adquisiciones o Contrataciones sera el Area de Abastecimientos. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de (10) diez dias siguientes a su expedicion, asi como la notificacion respectiva al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23934

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