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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2005 (01/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G39/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de enero de 2005 pecialidades de ingeniería, arquitectura u otros designa- dos por las Direcciones Regionales del INDECI; Que, el ordenamiento normativo vigente ha reserva- do a las Oficinas de Defensa Civil de los gobiernos Lo- cales a nivel distrital y provincial únicamente la expedi-ción de Inspecciones Técnicas Básicas. Consecuente- mente los citados organismos carecen de competencia para emitir Informes Técnicos de Detalle, lo cual se en-cuentra plasmado normativamente en el apartado 6.03 del Texto Único de Procedimientos Administrativos apro- bado mediante Acuerdo de Consejo Nº 349 publicadocon fecha 17 de noviembre de 2001, el cual regulaba únicamente el procedimiento de Inspecciones Técnicas Básicas, como función encargada de ejercitar al Área deDefensa Civil de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, el solicitante del Certificado de Seguridad en la presente causa era el Instituto IDAT SAC, institucióneducativa privada que pretendía operar en el distrito de Magdalena del Mar en un área económica aproximada de 1,180.00 m2, tal como se desprende de los datosconsignados en el Formulario Único de Trámite y en el Certificado de Seguridad Básica Nº 006-2003, y que de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 11 delD. Sup. Nº 013-2000-PCM, las edificaciones que califi- can para inspección a detalle son entre otras, los cen- tros educativos de gran alumnado, inspecciones queúnicamente pueden ser realizadas por personal profesio- nal colegiado de las especialidades de ingeniería, arqui- tectura u otros designados por las Direcciones Regiona-les del INDECI, características que no se encuentran acreditadas en la persona de Felipe Torres Ekonen; Que, en consecuencia, y a criterio de la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios, debe abrír- sele proceso administrativo disciplinario al ex funcionario Felipe Torres Ekonen, por haber cometido la falta discipli-naria establecida en el literal d) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, referida ala negligencia en el desempeño de las funciones; Estando a lo previsto en los artículos 167º y 173º y demás pertinentes del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM,y a las facultades otorgadas por el artículo 20º, inciso 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR proceso adminis- trativo disciplinario al Sr. FELIPE TORRES EKONEN, ex Jefe de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad de Magdalena del Mar, por haber incurrido en la falta disci-plinaria establecida en el literal d) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,referida a la negligencia en el desempeño de las funcio- nes, conforme a las conclusiones del Informe Nº 002- 04-CEPAD-MDMM, de fecha 25 de noviembre de 2004de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral la notificación personal de la presente Resolución o su respectiva publicación en el Diario Oficial El Peruano, a fin que el ex funcionario presente su descargo en eltérmino de cinco (5) días hábiles. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 23921 FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2004-AC-MDMM Mediante Oficio Nº 249-2004-SG-MDMM, la Munici- palidad de Magdalena del Mar solicita se publique Fe deErratas del Acuerdo de Concejo Nº 078-2004-AC-MDMM, publicado en nuestra edición del día 22 de diciembre de2004. DICE:VISTOS: ... el Memorando Nº 2156-2004-GM-MDMM de la Ge- rencia Municipal, ... DEBE DECIR: VISTOS:... el Memorando Nº 2184-2004-GM-MDMM de la Ge- rencia Municipal, ... 23915 FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 079-2004-AC-MDMM Mediante Oficio Nº 249-2004-SG-MDMM, la Munici- palidad de Magdalena del Mar solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 079-2004-AC-MDMM,publicado en nuestra edición del día 22 de diciembre de 2004. DICE: VISTOS:... el Memorando Nº 2183-2004-GM-MDMM de la Ge- rencia Municipal, ... DEBE DECIR: VISTOS: ... el Memorando Nº 2203-2004-GM-MDMM de la Ge- rencia Municipal, ... 23916 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G2D /G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G2D/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G50/G50 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2004-MDPP Puente Piedra, 29 de diciembre de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PÌEDRA VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 045-2004-MDPP. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,