Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2005 (01/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 1 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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ble, situacion que se configura como causal de nulidad contenida en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado anteriormente citado; Que, de conformidad con el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad de dichos contratos, por contravencion de las normas legales, causal senalada en el mencionado articulo 57º, no correspondiendo expresar la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, toda vez que no hubo MORDAZA alguno, correspondiendo disponer se proceda a darsele inicio de acuerdo a Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR de oficio la nulidad del Acuerdo de Prestamo de Equipos Tim Pro Nº 003787, suscrito el 9 de setiembre de 2003, Acuerdo para la Prestacion del Servicio Publico de Comunicaciones Personales Anexo 1 (PCS) Nº 001998, del 9 de setiembre de 2003, Anexo de Adicionales/Reposicion/Detalle de Servicios Nº 0011256, de fecha 27 de febrero de 2004, Acuerdo de Prestamo de Equipos Tim Pro Nº 0005964 del 27 de febrero de 2004, Anexo Bolsa de Minutos Tim Pro Nº 0001604, suscrito 27 de febrero de 2004; por los cuales se configuro el contrato con la empresa TIM Peru S.A.C. para el servicio de telefonia movil, con una vigencia de 12 (doce) meses, debiendose proceder a realizar el MORDAZA de seleccion de acuerdo a Ley. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion asi como de los antecedentes respectivos a la Inspectoria General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin que se determinen las responsabilidades a que hubiere lugar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 23951

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento general para el ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1009-2004-RE
MORDAZA, 26 de noviembre de 2004 Vistos, el Memorandum (LOG) Nº 1565-2004 del 26 de noviembre de 2004, sobre sustentacion tecnica del Departamento de Logistica, asi como el Informe Legal de la Oficina de Asuntos Legales; para la Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento General para el Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Administracion ha solicitado se adopten las previsiones necesarias a fin que la cobertura del Servicio de Limpieza y Mantenimiento General para el Ministerio de Relaciones Exteriores no se vea interrumpida; Que, la contratacion de dicho servicio se encuentra programada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004, determinado por un Concurso Publico;

Que, el Departamento de Logistica comunica que habiendose convocado el Concurso Publico Nº 00052004-RE para la Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento General para el Ministerio de Relaciones Exteriores, conducido por el Comite Especial designado mediante Resolucion de Secretaria de Administracion Nº 0095-2004-RE, se ha adjudicado la Buena Pro con fecha 18 de noviembre de 2004; Que, el postor Promotora Interamericana de Servicios S.A., ha interpuesto recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro referido en el parrafo precedente; Que, en ese contexto, de acuerdo al Articulo 170 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM se debera correr traslado de dicho recurso al postor ganador, quien podra resolver el traslado dentro del plazo de tres (3) dias. Posteriormente, la Entidad se pronunciara sobre el recurso y notificara su resolucion dentro del plazo de los cinco (5) dias siguientes; Que, ante lo que resuelva la Entidad, el postor impugnante tiene su derecho a presentar un Recurso de Revision dentro de los cinco (5) dias de notificada la Resolucion que resuelve el recurso de apelacion, el mismo que esta sujeto a lo que resuelva el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y que si bien, el mismo tiene un plazo legal para resolverlo, este se sujeta a la carga procesal, por lo cual resulta incierto determinar el plazo para que el Tribunal del CONSUCODE resuelva; Que, en ese contexto, habria que precisar que el Servicio de Limpieza y Mantenimiento General de las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, es un servicio esencial, cuya carencia afectaria la efectiva operatividad del desarrollo de las diversas funciones que realizan el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores en los diferentes ambientes fisicos habilitados para los mismos, por lo que requiere de una atencion inmediata; Que, en tal sentido, es prioritario prever la prestacion del referido servicio, en tanto quede consentido el otorgamiento de la buena pro del Concurso Publico Nº 00052004-RE o hasta por un periodo de dos (2) meses; Que, es preciso senalar que el monto determinado por el periodo estimado, asciende a S/. 131,807.82 (Ciento treinta y un mil ochocientos siete y 82/100 Nuevos Soles), el mismo que se entiende que cuenta con la disponibilidad presupuestal, de acuerdo a lo senalado oportunamente por el Departamento de Presupuesto; Que, lo senalado se encuentra previsto en el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y esta definido como una situacion de urgencia; Que, la situacion mencionada esta configurada en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como uno de los supuestos para tramitar la exoneracion del MORDAZA que corresponda, lo cual constituye un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar dicha urgencia; Que, la Oficina de Asuntos Legales, ha emitido opinion legal, conforme a lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de la exoneracion no puede ser delegada por las instancias que se indican en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolucion Ministerial, mediante la cual se aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio MORDAZA indicado; Con la visacion de la Oficina de Asuntos Legales; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM -Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM -Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

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