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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G39/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de enero de 2005 2. Pago fraccionado 2.1. Primera cuota : 28 de febrero 2.2. Segunda cuota : 31 de mayo 2.3. Tercera cuota : 31 de agosto2.4. Cuarta cuota : 30 de noviembre Estas cuotas serán reajustadas con la variación acu- mulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido entre el mes de vencimiento depago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo 2º.- La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2005, vence: Enero : 28 de febrero Febrero : 28 de f ebrero Marzo : 31 de marzo Abril : 29 de abril Mayo : 31 de mayoJunio : 30 de junio Julio : 27 de julio Agosto : 31 de agosto Setiembre : 30 de setiembre Octubre : 31 de octubre Noviembre : 30 de noviembre Diciembre : 30 de diciembre Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia de Adminis- tración Tributaria y Rentas y al Departamento de Infor- mática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 23918 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G50/G75/G6E/G74/G75/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G50/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 180-MDMM Magdalena del Mar, 20 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante Ley Nº 27972, reconoce a los go- biernos locales autonomía política, económica y admi-nistrativa en asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir con- tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos muni-cipales. Que, el Concejo Distrital de Magdalena del Mar, ejer- ce su función normativa, entre otros dispositivos, a tra-vés de Ordenanzas, que tienen rango de Ley, de confor- midad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú.Que, el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, dispo-ne que corresponde al Concejo Municipal crear, modifi- car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, en relación a ello, el artículo 40º de la precitada norma, establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, li-cencias, derechos y contribuciones, dentro de los lími- tes establecidos en la Ley. Que, es necesario reconocer y premiar el buen com- portamiento tributario de todos aquellos contribuyentes que hasta el año 2004 hayan efectuado el pago de todas sus deudas de carácter tributario; En ejercicio de las facultades conferidas por los nume- rales 8 y 9 del Artículo 9º y el artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Munici-pal con el voto de UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PREMIO POR PUNTUALIDAD EN EL PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo Primero.- Denominación y Alcance Otórguese un "PREMIO POR PUNTUALIDAD EN EL PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS" a aquellos contribuyentes que culminen el año 2004 sin deudas decarácter tributario, quienes gozarán del beneficio de exo- neración del Pago de la Tasa de Parqueo Vehicular den- tro de la jurisdicción de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- Vigencia El beneficio establecido regirá desde el 1 de febrero al 31 de diciembre del año 2005. Artículo Tercero.- De la Acreditación A efectos de poder acreditar la condición de Exonera- dos del Pago de la Tasa de Parqueo Vehicular, los contri-buyentes beneficiados deberán recabar en la oficina de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a partir del 1 de febrero y hasta el 15 de marzo del año 2005 elautoadhesivo correspondiente, para lo cual deberán pre- sentarse con su vehículo y los siguientes documentos: - Tarjeta de Propiedad del Vehículo - Documento de Identidad En caso de un tercero, éste deberá acreditar su re- presentación mediante carta poder simple. Artículo Cuarto.- De las Condiciones Adicionales El presente beneficio es personal e intransferible y válido para un vehículo por contribuyente, el mismo quepodrá hacer uso de los espacios destinados para el par- queo vehicular, encontrándose afectos los vehículos que se encuentren destinados a servicio público. Artículo Quinto.- Facultades del Alcalde Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograrla adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Del Cumplimiento de la Orde- nanza Encárguese el cumplimiento de la presente Orde- nanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Ren- tas, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerenciade Planeamiento y Presupuesto, disponiéndose además su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sétimo.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 23919