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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G33/G39/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de enero de 2005 en forma independiente en su gabinete de tecnología médica. QUINTA.- Del plazo de reglamentación En un plazo no mayor de noventa (90) días de publi- cada la presente Ley, el Ministerio de Salud procederá a expedir el respectivo reglamento, constituyendo paraesos fines una Comisión integrada por un representante del Ministerio de Salud, quien la presidirá; un represen- tante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;un representante de ESSALUD y un representante del Colegio Tecnólogo Médico del Perú, en un plazo no ma- yor de treinta (30) días de publicada la presente Ley. SEXTA.- De las derogatorias Deróganse todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en se-sión de la Comisión Permanente realizada el día ocho de julio de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado,ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 00046 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MIMDES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 814-2004-MIMDES Lima, 30 de diciembre de 2004 Vistos, el Memorando Nº 1293-2004-MIMDES-PRO- NAA/OAD de fecha 20 de setiembre de 2004, de la Jefa de la Oficina de Administración del Programa Nacionalde Asistencia Alimentaria - PRONAA y el Informe Nº 269-2004/INABIF-OA-UCT de fecha 12 de octubre de 2004, del Jefe de la Unidad de Contabilidad y Tesoreríadel Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO: Que, en el primer párrafo del artículo 1º de la Resolu- ción Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE, se estableceque el producto decomisado, por la comisión de una infracción administrativa a que se refiere el artículo 9 del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento San-cionador de las Infracciones en las Actividades Pesque- ras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-PE, será donado íntegramente al PRONAA, Muni-cipalidades, instituciones de beneficencia u otras de ca- rácter social debidamente reconocidas; Que, los incisos a) y e) del artículo 5º de la resolución señalada en el párrafo precedente, establecen que el valor final de la transferencia del producto decomisado se distribuirá, el 30% al PRONAA para el cumplimientode sus fines y el 5% al INABIF; Que, mediante el Memorando Nº 1293-2004-PRONAA/ OAD de vistos, la Jefa de la Oficina de Administración delPRONAA informa que ha recepcionado en calidad de cus- todia dos (2) cheques ascendentes a las sumas de S/. 36,600.06 y S/. 60.00, cantidades que ascienden a la sumatotal de S/. 36,660.06 (Treinta y seis mil seiscientos se-senta y 06/100 Nuevos Soles) como beneficiario del 30% de la venta de la donación de pota incautada según Resolu- ción Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE; Que, mediante el Informe Nº 269-2004/INABIF-OA-UCT de vistos, el Jefe de la Unidad de Contabilidad y Tesorería del INABIF informa que en el presente ejercicio se tienen dos (2) depósitos ascendentes a la suma de S/. 6,111.01 yUS$ 2,785.00 equivalente a S/. 9,207.21 recepcionados por el Hogar de Luren de Ica y el Hogar San Pedrito de Chimbote, cantidades que ascienden a la suma total deS/. 15,317.22 (Quince mil trescientos diecisiete y 22/100 Nuevos Soles); producto del decomiso efectuado por el Ministerio de la Producción, de acuerdo con lo establecidoen la Resolución Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE; Que, conforme lo dispone el Artículo 16º, inciso 5, literal d) de la Ley Nº 28128, las donaciones dinerariasprovenientes de instituciones nacionales o internaciona- les, públicas o privadas, serán aprobadas por resolución del Titular del Pliego, debiendo consignar la fuente donan-te y el destino de estos recursos, siendo publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, en la Ley Nº 27793, en el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación ascendente a la suma total de S/. 51,977.28 (CINCUENTA Y UN MIL NOVECIEN-TOS SETENTA Y SIETE Y 28/100 NUEVOS SOLES), otor- gado por el Ministerio de la Producción a favor del Pliego MIMDES, Unidad Ejecutora Nº 005: PRONAA, por la sumade S/. 36,660.06 (Treinta y seis mil seiscientos sesenta y 06/100 Nuevos Soles) y la Unidad Ejecutora Nº 006: INA- BIF, por la suma ascendente a S/. 15,317.22 (Quince miltrescientos diecisiete y 22/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La referida donación será destinada a la ejecución de las actividades que desarrolla el PRO-NAA y el INABIF, a través de sus Programas Sociales. Regístrese, comuníquese y publíqueseANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00010 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41/G20/G50/G75/G6E/G6F/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G75/G64/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 815-2004-MIMDES Lima, 30 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1156-2004-MIMDES-PRONAA/DE; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 16-2003-2-4411-AMPLIADO “In-dicios razonables de apropiación de caudales del Esta- do, producida en el período de marzo - mayo 2002, por parte de ex funcionario y servidor de la Gerencia Localde PRONAA Puno”, se ha verificado la tramitación de la adquisición de 326 “gorros” por un monto ascendente a S/. 1,956.00 (Mil novecientos cincuenta y seis y 00/100Nuevos Soles), para el evento realizado el día 8 de mar- zo del 2002, por el “Día Internacional de la Mujer” en las localidades de Puno, donde se ubica la Gerencia Local yla ciudad de Juliaca; habiéndose sustentado la existen- cia de los bienes con documentación que además de estar incompleta y no obrar en original en los archivosde la citada Gerencia, presentan indicios de falsificación