Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2005 (04/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 4 de enero de 2005

en forma independiente en su gabinete de tecnologia medica. QUINTA.- Del plazo de reglamentacion En un plazo no mayor de noventa (90) dias de publicada la presente Ley, el Ministerio de Salud procedera a expedir el respectivo reglamento, constituyendo para esos fines una Comision integrada por un representante del Ministerio de Salud, quien la presidira; un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; un representante de ESSALUD y un representante del Colegio Tecnologo Medico del Peru, en un plazo no mayor de treinta (30) dias de publicada la presente Ley. SEXTA.- De las derogatorias Deroganse todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion de la Comision Permanente realizada el dia ocho de MORDAZA de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 00046

MORDAZA y 06/100 Nuevos Soles) como beneficiario del 30% de la venta de la donacion de pota incautada segun Resolucion Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE; Que, mediante el Informe Nº 269-2004/INABIF-OA-UCT de vistos, el Jefe de la Unidad de Contabilidad y Tesoreria del INABIF informa que en el presente ejercicio se tienen dos (2) depositos ascendentes a la suma de S/. 6,111.01 y US$ 2,785.00 equivalente a S/. 9,207.21 recepcionados por el Hogar de Luren de Ica y el Hogar San Pedrito de Chimbote, cantidades que ascienden a la suma total de S/. 15,317.22 (Quince mil trescientos diecisiete y 22/100 Nuevos Soles); producto del decomiso efectuado por el Ministerio de la Produccion, de acuerdo con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE; Que, conforme lo dispone el Articulo 16º, inciso 5, literal d) de la Ley Nº 28128, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, debiendo consignar la fuente donante y el destino de estos recursos, siendo publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, en la Ley Nº 27793, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion ascendente a la suma total de S/. 51,977.28 (CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 28/100 NUEVOS SOLES), otorgado por el Ministerio de la Produccion a favor del Pliego MIMDES, Unidad Ejecutora Nº 005: PRONAA, por la suma de S/. 36,660.06 (Treinta y seis mil seiscientos sesenta y 06/100 Nuevos Soles) y la Unidad Ejecutora Nº 006: INABIF, por la suma ascendente a S/. 15,317.22 (Quince mil trescientos diecisiete y 22/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La referida donacion sera destinada a la ejecucion de las actividades que desarrolla el PRONAA y el INABIF, a traves de sus Programas Sociales. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00010

PODER EJECUTIVO MIMDES
Aprueban donacion efectuada por el Ministerio de la Produccion a favor del PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 814-2004-MIMDES MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 Vistos, el Memorando Nº 1293-2004-MIMDES-PRONAA/OAD de fecha 20 de setiembre de 2004, de la Jefa de la Oficina de Administracion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y el Informe Nº 269-2004/INABIF-OA-UCT de fecha 12 de octubre de 2004, del Jefe de la Unidad de Contabilidad y Tesoreria del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO: Que, en el primer parrafo del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 107-2003-PRODUCE, se establece que el producto decomisado, por la comision de una infraccion administrativa a que se refiere el articulo 9 del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-PE, sera donado integramente al PRONAA, Municipalidades, instituciones de beneficencia u otras de caracter social debidamente reconocidas; Que, los incisos a) y e) del articulo 5º de la resolucion senalada en el parrafo precedente, establecen que el valor final de la transferencia del producto decomisado se distribuira, el 30% al PRONAA para el cumplimiento de sus fines y el 5% al INABIF; Que, mediante el Memorando Nº 1293-2004-PRONAA/ OAD de vistos, la Jefa de la Oficina de Administracion del PRONAA informa que ha recepcionado en calidad de custodia dos (2) cheques ascendentes a las sumas de S/. 36,600.06 y S/. 60.00, cantidades que ascienden a la suma total de S/. 36,660.06 (Treinta y seis mil seiscientos se-

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a ex funcionario y servidor de la Gerencia Local del PRONAA MORDAZA por presunta apropiacion de caudales del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 815-2004-MIMDES MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1156-2004-MIMDES-PRONAA/DE; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 16-2003-2-4411-AMPLIADO "Indicios razonables de apropiacion de caudales del Estado, producida en el periodo de marzo - MORDAZA 2002, por parte de ex funcionario y servidor de la Gerencia Local de PRONAA Puno", se ha verificado la tramitacion de la adquisicion de 326 "gorros" por un monto ascendente a S/. 1,956.00 (Mil novecientos cincuenta y seis y 00/100 Nuevos Soles), para el evento realizado el dia 8 de marzo del 2002, por el "Dia Internacional de la Mujer" en las localidades de MORDAZA, donde se ubica la Gerencia Local y la MORDAZA de Juliaca; habiendose sustentado la existencia de los bienes con documentacion que ademas de estar incompleta y no obrar en original en los archivos de la citada Gerencia, presentan indicios de falsificacion

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