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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de enero de 2005 rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó elMinisterio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competen- cias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio-nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo- yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio dela Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecu-tivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizacio-nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, mediante el Informe Nº 335-2004/VIVIENDA- OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, mani-fiesta que no existe contravención entre los Decretos de Urgencia Nºs. 111-96, 023-97 y 086-97 y por lo tanto resulta válido interpretar que los beneficios otorgadosen dichos Decretos de Urgencia, alcanzan a la Municipali- dades, como entes gestores de desarrollo educativo, económico y social; Que, con Memorándum Nº 360-2004-VIVIENDA/ VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº054-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con infraes- tructura adecuada para albergar y poder instalar la ma-quinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexo que forman parte integrante de la presente Resolución afavor de la Municipalidad Provincial de Manú, depar- tamento de Madre de Dios con la finalidad de imple- mentar "Taller de Capacitación"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas descritas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 24,038.10 (Veinti-cuatro Mil Treinta y ocho con 10/00 NUEVOS SOLES), a favor de la Municipalidad Provincial de Manú, departa- mento de Madre de Dios, con la finalidad de implementar"Taller de Capacitación en los colegios designados". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumplacon la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los térmi- nos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 00471/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G2D /G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G53/G65/G63/G68/G75/G72/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 09-2005-GG-PJ 5 de enero de 2005VISTO: El Memorándum Nº 1480-2004-GAF-GG/PJ que ad- junta el Memorándum Nº 4573-2004-SL-GAF-GG/PJremitido por la Subgerencia de Logística elevando el In-forme Nº 176-2004-ASFLI CP-SL-GAF-GG-PJ presen-tado por el Area de Saneamiento Físico Legal y Control Patrimonial de la Subgerencia de Logística, recomen- dando la aceptación de la donación de un terreno a favordel Poder Judicial - Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Sechura - Piura, mediante Resolución Municipal Nº 057-2000-MPS defecha 6 de setiembre del 2000, resuelve donar a favordel Poder Judicial un terreno que cuenta con un área de549.50 metros cuadrados, ubicado en la Mz. I, Lotes Nº18, 19, 6 y 7, Urbanización La Rivera, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; los lotes se en- cuentran inscritos en la Ficha Nº 7610 de los RegistrosPúblicos de Piura; Que, la donación cumple con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 003-2002-GG/PJ “Regulación deDonaciones, Comodato, Adjudicaciones o Entrega de Bienes Muebles y/o Inmuebles a favor del Poder Judi- cial”, así como con lo dispuesto por el artículo 56º delD.S. Nº154-2001-EF “Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-tatal, donde se regula que la aceptación de la donaciónde bienes inmuebles, debe ser aprobada mediante Re- solución emitida por el Titular del Organismo Público co- rrespondiente; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 76º Inciso 4) del “Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial”; aprobado por DecretoSupremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465 y estando a las facultades delegadas a esta Gerencia General por la Resolución Administrativa de la Presi-dencia del Poder Judicial Nº 132-2002-P-PJ, en concor-dancia con lo establecido por la Ley Nº 27209; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad Provincial de Sechura, a favor delPoder Judicial del terreno de 549.50 metros cuadra-dos, ubicado en la Mz. I, Lotes Nº 18, 19, 6 y 7, Urba-nización La Rivera, del distrito y provincia de Sechu- ra, departamento de Piura, cuya área, linderos, medi- das perimétricas y demás características de cada lote,se encuentran registradas en la Ficha Nº 7610 delRegistro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Re-gistral de Piura. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración y Finanzas, que a través de la Subgeren- cia de Logística se transcriba la presente ResoluciónAdministrativa a la Superintendencia de Bienes Nacio-nales, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia deLogística y el Área de Saneamiento Físico Legal y Con-trol Patrimonial, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General 00461