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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2005 (12/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de enero de 2005 Decreto Supremo Nº 005-2000-SA, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo 5º.- En las universidades con autoriza- ción de funcionamiento provisional, el CONAFU ob-servará de manera permanente el funcionamiento de las facultades o escuelas de medicina, a fin de verifi- car si éstas cumplen con los estándares mínimos deacreditación. Si como resultado de la verificación, el CONAFU de- termina que la facultad o escuela de medicina no cumplecon dichos estándares, extenderá a la universidad co- rrespondiente un plazo que no excederá de noventa (90) días calendario, para que se adecue a éstos. Si vencidoel plazo concedido, la facultad o escuela no hubiere cum-plido con ello, la CAFME notificará a las entidades delSector Salud - Subsector Público, que hayan suscrito osuscriban convenios de cooperación docente asisten- cial o similares con aquéllas, para que suspendan los campos clínicos otorgados, durante el tiempo que serequiera para su acreditación. En cualquier caso, losresultados del proceso de acreditación serán publicita-dos por la CAFME". "Artículo 9º.- En caso que la facultad o escuela de medicina de una universidad con autorización de funcio- namiento definitivo no alcance los estándares mínimosde acreditación, deberá iniciar un proceso de adecua-ción a dichos estándares con arreglo a los plazos yprocedimientos que la CAFME señale. Si vencidos los plazos concedidos, la facultad o escuela no hubiere cumplido con ello, la CAFME noti- ficará a las entidades del Sector Salud - SubsectorPúblico, que hayan suscrito o suscriban convenios decooperación docente asistencial o similares con aqué-llas, para que suspendan los campos clínicos otorga-dos, durante el tiempo que se requiera para su acredi- tación. Asimismo, la CAFME estará facultada para que, con conocimiento de la Asamblea Nacional de Recto-res, solicite a la universidad correspondiente la sus-pensión de la inscripción de nuevos alumnos, mien-tras dure el proceso de adecuación a que se refiereesta disposición. En cualquier caso, los resultados del proceso de acreditación serán publicitados por la CAFME". "Artículo 10º.- Si durante la vigencia del título de acre- ditación, se tuviere conocimiento de que la facultad oescuela de medicina no mantiene los estándares míni-mos de acreditación, la CAFME procederá a efectuar la verificación correspondiente. En caso que se compruebe que la facultad o escuela de medicina no mantiene los estándares de acredita-ción, la CAFME extenderá a la universidad un plazo nomayor de noventa (90) días calendario, para que éstaaplique las medidas correctivas a que hubiere lugar. Si vencido el plazo, la universidad no hubiere cumplido con ello, la CAFME procederá a revocar el título de acredita-ción expedido y, asimismo, estará facultada para que,con conocimiento de la Asamblea Nacional de Rectores,solicite a la universidad correspondiente la suspensiónde la inscripción de nuevos alumnos. En cualquier caso, los resultados del proceso de acreditación serán publici- tados por la CAFME. Los alumnos que tuvieren matrícu-la vigente podrán acogerse a los mecanismos de trasla-do para continuar sus estudios en otras universidadesdel país". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por los Ministros de Salud y de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 00598/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G63/G6F/G2D/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 004-2005-PAAG Lima, 11 de enero de 2005 VISTOS: El Memorándum PAAG Nº 016-CG/2005, la Nota In- terna Nº 05-2005-OL-PAAG, la Nota Interna Nº 08-2005-DA-PAAG-MINSA, mediante el cual se solicita la aproba-ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesdel Programa de Administración de Acuerdos de Ges-tión correspondiente al Año Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estable- ce que las Entidades de elaborar un Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones, el cual debe ser apro-bado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridadadministrativa de la misma, y debe prever los bienes,servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones debe ser aprobado dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la aprobación del presu- puesto institucional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1261-2004- MINSA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Aper-tura de Egresos correspondiente al Año Fiscal 2005 delPliego 011 Ministerio de Salud, el mismo que es des- agregado por Unidad Ejecutora en el Anexo Nº 02 de dicha resolución, proporcionado por la Dirección Nacio-nal de Presupuesto Público; Que, mediante Memorándum PAAG Nº 016-CG/2005, el Coordinador General del Programa de Administraciónde Acuerdos de Gestión - PAAG remitió a la Directora del Equipo de Administración el Marco Presupuestal de- tallado por ámbito, programa, componente y específicade gasto, para el total de gastos por concepto de adquisi-ciones 2005, extraída del software de la Dirección Na-cional de Presupuesto Público mensualizado alcanzadopor la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud, y según la programación realizada por las Direcciones de Salud en la línea de "PrioridadesSanitarias"; Que, con Nota Interna Nº 05-2005-OL/PAAG, la Coor- dinadora de Logística del PAAG solicitó a la Directora delEquipo de Administración, tramitar la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PAAG co- rrespondiente al año fiscal 2005, señalando en dichodocumento que los procesos de selección incluidos enél guardan relación con la Disponibilidad Presupuestalestablecida en el Presupuesto Institucional de Apertura2005, suministrado mediante Memorándum PAAG Nº 016-CG/2005, para cuyo efecto adjunta el detalle de los procesos de selección definidos para el 2005 y el Resu-men del Plan Anual de Adquisiciones que los contiene; Que, mediante Nota Interna Nº 08-DA-2005-PAAG/ MINSA, la Directora del Equipo de Administración delPAAG solicita a la Coordinación General la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Administración de Acuerdos de Gestióncorrespondientes al Año Fiscal 2005; De conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado; Con la visación y conformidad de la Directora del Equipo de Administración y de la Coordinadora del Equi- po de Gestión Financiera y con la visación del AsesorLegal de la Coordinación General del Programa de Ad-ministración de Acuerdos de Gestión;