Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2005 (12/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo Nº 005-2000-SA, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 5º.- En las universidades con autorizacion de funcionamiento provisional, el CONAFU observara de manera permanente el funcionamiento de las facultades o escuelas de medicina, a fin de verificar si estas cumplen con los estandares minimos de acreditacion. Si como resultado de la verificacion, el CONAFU determina que la facultad o escuela de medicina no cumple con dichos estandares, extendera a la universidad correspondiente un plazo que no excedera de noventa (90) dias calendario, para que se adecue a estos. Si vencido el plazo concedido, la facultad o escuela no hubiere cumplido con ello, la CAFME notificara a las entidades del Sector Salud - Subsector Publico, que hayan suscrito o suscriban convenios de cooperacion docente asistencial o similares con aquellas, para que suspendan los MORDAZA clinicos otorgados, durante el tiempo que se requiera para su acreditacion. En cualquier caso, los resultados del MORDAZA de acreditacion seran publicitados por la CAFME". "Articulo 9º.- En caso que la facultad o escuela de medicina de una universidad con autorizacion de funcionamiento definitivo no alcance los estandares minimos de acreditacion, debera iniciar un MORDAZA de adecuacion a dichos estandares con arreglo a los plazos y procedimientos que la CAFME senale. Si vencidos los plazos concedidos, la facultad o escuela no hubiere cumplido con ello, la CAFME notificara a las entidades del Sector Salud - Subsector Publico, que hayan suscrito o suscriban convenios de cooperacion docente asistencial o similares con aquellas, para que suspendan los MORDAZA clinicos otorgados, durante el tiempo que se requiera para su acreditacion. Asimismo, la CAFME estara facultada para que, con conocimiento de la Asamblea Nacional de Rectores, solicite a la universidad correspondiente la suspension de la inscripcion de nuevos alumnos, mientras dure el MORDAZA de adecuacion a que se refiere esta disposicion. En cualquier caso, los resultados del MORDAZA de acreditacion seran publicitados por la CAFME". "Articulo 10º.- Si durante la vigencia del titulo de acreditacion, se tuviere conocimiento de que la facultad o escuela de medicina no mantiene los estandares minimos de acreditacion, la CAFME procedera a efectuar la verificacion correspondiente. En caso que se compruebe que la facultad o escuela de medicina no mantiene los estandares de acreditacion, la CAFME extendera a la universidad un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, para que esta aplique las medidas correctivas a que hubiere lugar. Si vencido el plazo, la universidad no hubiere cumplido con ello, la CAFME procedera a revocar el titulo de acreditacion expedido y, asimismo, estara facultada para que, con conocimiento de la Asamblea Nacional de Rectores, solicite a la universidad correspondiente la suspension de la inscripcion de nuevos alumnos. En cualquier caso, los resultados del MORDAZA de acreditacion seran publicitados por la CAFME. Los alumnos que tuvieren matricula vigente podran acogerse a los mecanismos de traslado para continuar sus estudios en otras universidades del pais". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Salud y de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 00598

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion, correspondiente al Ano Fiscal 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 004-2005-PAAG MORDAZA, 11 de enero de 2005 VISTOS: El Memorandum PAAG Nº 016-CG/2005, la Nota Interna Nº 05-2005-OL-PAAG, la Nota Interna Nº 08-2005DA-PAAG-MINSA, mediante el cual se solicita la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion correspondiente al Ano Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las Entidades de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe ser aprobado por el Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa de la misma, y debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes a la aprobacion del presupuesto institucional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1261-2004MINSA, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Egresos correspondiente al Ano Fiscal 2005 del Pliego 011 Ministerio de Salud, el mismo que es desagregado por Unidad Ejecutora en el Anexo Nº 02 de dicha resolucion, proporcionado por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico; Que, mediante Memorandum PAAG Nº 016-CG/2005, el Coordinador General del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG remitio a la Directora del Equipo de Administracion el MORDAZA Presupuestal detallado por ambito, programa, componente y especifica de gasto, para el total de gastos por concepto de adquisiciones 2005, extraida del software de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico mensualizado alcanzado por la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud, y segun la programacion realizada por las Direcciones de Salud en la linea de "Prioridades Sanitarias"; Que, con Nota Interna Nº 05-2005-OL/PAAG, la Coordinadora de Logistica del PAAG solicito a la Directora del Equipo de Administracion, tramitar la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PAAG correspondiente al ano fiscal 2005, senalando en dicho documento que los procesos de seleccion incluidos en el guardan relacion con la Disponibilidad Presupuestal establecida en el Presupuesto Institucional de Apertura 2005, suministrado mediante Memorandum PAAG Nº 016-CG/2005, para cuyo efecto adjunta el detalle de los procesos de seleccion definidos para el 2005 y el Resumen del Plan Anual de Adquisiciones que los contiene; Que, mediante Nota Interna Nº 08-DA-2005-PAAG/ MINSA, la Directora del Equipo de Administracion del PAAG solicita a la Coordinacion General la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion correspondientes al Ano Fiscal 2005; De conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado; Con la visacion y conformidad de la Directora del Equipo de Administracion y de la Coordinadora del Equipo de Gestion Financiera y con la visacion del Asesor Legal de la Coordinacion General del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion;

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