Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2005 (15/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2005

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 00767 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 014-2005-JUS MORDAZA, 13 de enero de 2005 Visto el Oficio Nº 2747-2004-JUS-PPMJ, de fecha 28 de octubre del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandums Nº 512, 513, 514, 515, 540, 627, 634, 635, 638, 639-2004-SUNARP-Z.R.NºIXGBM, la Gerencia de Bienes Muebles da cuenta a la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, la MORDAZA de documentos supuestamente falsificados presentados ante el registro de Propiedad Vehicular, en las solicitudes de inscripcion de los Titulos Nº 84096, 85415, 65537, 17055, 72796, 92823, 121485, 113860, 92569, 118131 del ano 2004; Que, mediante Informe Nº 063-2004-SUNARPZ.R.NºIX/OL, de fecha 28 de octubre del 2004, la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede de MORDAZA remitio a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los respectivos antecedentes de las citadas solicitudes de inscripcion de Titulos con indicios de comision de delito, a fin que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision de los delitos contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guarden conexion entre si; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos contra la Fe Publica, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 00768

PRODUCE
Renuevan plazo de funcionamiento de la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria
DECRETO SUPREMO Nº 003-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27595, publicada el 14 de diciembre de 2001, se creo la Comision de Lucha contra el Contrabando y la Defraudacion de Rentas de Aduana, posteriormente denominada Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros, de acuerdo a lo previsto en el articulo 2º de la Ley Nº 27869; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27869, publicada el 20 de noviembre de 2002, establece que la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros tiene como plazo de funcionamiento un (1) ano, el cual puede ser renovado mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion; Que, en el Decreto Supremo Nº 007-2003-PRODUCE, publicado el 3 de marzo de 2003, se declaro de interes nacional la lucha contra los delitos aduaneros, al considerar que es politica del Estado y en particular del Gobierno Central, dar prioridad a las acciones dirigidas a combatir los delitos aduaneros, teniendo en cuenta el grave perjuicio economico ocasionado al pais; adscribiendo la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros al Ministerio de la Produccion, con la finalidad de dotarla de un MORDAZA presupuestal que garantice su accionar; Que, por Resolucion Suprema Nº 012-2004-PRODUCE, publicada el 24 de marzo de 2004, se declaro de interes nacional la formulacion del Plan Nacional de Empleo Alternativo al Contrabando, a fin de eliminar y/o reducir el contrabando y actividades conexas como medio de subsistencia, mediante la generacion de puestos de trabajo en actividades productivas y de servicios conexos, en el que se promovera preferentemente la conformacion de MORDAZA productivas transectoriales; habiendose formulado para tal efecto un Programa de Generacion de Empleo correspondiente a la Region MORDAZA, el mismo que se encuentra actualmente en MORDAZA de ejecucion; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28289, publicada el 20 de MORDAZA de 2004, modifico la denominacion de la Comision por la de Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria; Que, la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria ha realizado importantes actividades relacionadas a contrarrestar los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, tales como la planificacion y coordinacion de las acciones operativas con las instituciones encargadas de la prevencion y represion de estos ilicitos, lo que ha permitido un incremento en el monto de las incautaciones efectuadas; la articulacion entre las instituciones publicas y del sector privado integrantes de la Comision; la ejecucion de una MORDAZA publicitaria destinada a sensibilizar a la poblacion del dano que ocasiona el contrabando y la pirateria; la ejecucion el Programa de Generacion de Empleo Alternativo al Contrabando en la Region Puno; la implementacion de las Fiscalias Especializadas en Delitos Aduaneros en los Distritos Judiciales de MORDAZA, Callao, MORDAZA Norte, MORDAZA y Tacna, entre otras acciones; Que, esta situacion hace necesario que el plazo de la referida Comision sea renovado, con la finalidad de continuar con los avances y logros obtenidos en relacion a contrarrestar eficazmente la comision de estos delitos, asi como tambien para promover la generacion de conciencia y brindar ocupacion licita a la poblacion en la que el contrabando y delitos conexos constituyen el principal medio de subsistencia; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27869 establece que por Decreto Supremo se dicten las disposiciones reglamentarias que fuesen necesarias para su mejor aplicacion, dentro de la cual se encuentra la renovacion del plazo de vigencia;

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