Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2005 (15/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2005

Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA citada en el considerando anterior dispone como una de las competencias de la Direccion General de Aeronautica Civil, adoptar todas las medidas necesarias para que las actividades aeronauticas MORDAZA seguras, para cuyo efecto es indispensable contar con Inspectores debidamente capacitados para el chequeo de las tripulaciones de los operadores certificados, en prevencion de actos que atenten contra la seguridad de las actividades aeronauticas en nuestro MORDAZA, materia que requiere de permanente capacitacion dada su alta especializacion; Que, entre los dias 17 de enero al 6 de febrero de 2005, se realizara el Curso Inicial en Tierra Fokker Super 100, en el TAM Training Center de la MORDAZA de Sao MORDAZA Republica Federativa de Brasil; Que, mediante Informe Nº 023-2005-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se ha designado a los senores MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA Cafferata, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, para participar en el curso indicado, el cual les permitira adquirir los conocimientos necesarios para obtener la habilitacion correspondiente en dicho equipo y encontrarse en capacidad de efectuar chequeos al personal de las empresas aereas certificadas que operan en nuestro MORDAZA y cumplir con las demas funciones que les corresponden de acuerdo a la Ley de Aeronautica Civil, garantizando el desarrollo de actividades aeronauticas eficientes y seguras; Que, el viaje de los mencionados profesionales sera financiado en el MORDAZA del Convenio de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 001-01-2005, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA Cafferata, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 16 de enero al 6 de febrero de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Convenio de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorizacion de Beca Int. Nº 001-012005, de acuerdo a los siguientes terminos: Viaticos US$ Pasajes Aereos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 8,800.00 1,400.00 56.48

lendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00849

Aprueban Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Corta Tropical, en diversos departamentos del MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 016-2005-MTC/03 MORDAZA, 10 de enero del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-MTC, se modifico el articulo 184º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, disponiendose que toda asignacion de frecuencias se realice en base al respectivo Plan de Canalizacion, y que para el caso de los servicios de radiodifusion se considerara ademas el Plan de Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion, los cuales seran aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 6472004-MTC/17.01.ssr, propone la aprobacion del Plan de Canalizacion y del Plan de Asignacion de Frecuencias en base a los cuales se otorgaran las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion en Onda Corta Tropical (OCT), en el departamento de Huancavelica; Que, asimismo, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones senala en su informe que en la elaboracion de los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion que propone, se ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; Que, dado que el otorgamiento de autorizaciones para la prestacion de servicios de radiodifusion es un MORDAZA dinamico que genera la modificacion periodica del grado de ocupacion de las frecuencias, resulta conveniente encargar a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones la publicacion mensual en la pagina web del Ministerio, de una base de datos que de manera referencial informe a los administrados sobre el grado de ocupacion de las frecuencias asignadas para el departamento de Huancavelica; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Corta Tropical (OCT), en el departamento de Huancavelica, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los profesionales mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias ca-

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