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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2005 (16/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G37/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de enero de 2005 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ORDENANZA Nº 179 Miraflores, 12 de enero de 2005 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Garantía Institucional sobre la base de la cual las Muni- cipalidades tienen autonomía política, económica y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su turno, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, define en sunumeral 9.1. a la autonomía política como aquella facul- tad de adoptar y concordar las políticas, planes y nor- mas en los asuntos de su competencia, aprobar y ex-pedir sus normas, decidir a través de sus órganos degobierno y desarrollar las funciones que le son inhe-rentes; Que, en armonía con la autonomía política de la que goza toda Municipalidad, en su calidad de Gobierno Local, el artículo constitucional citado en líneas prece-dentes, ha otorgado expresamente al Concejo Munici-pal, conformante de la estructura orgánica de cadagobierno local, la función normativa respecto de aque-llos asuntos que son de su competencia; Que, en este mismo orden de ideas, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamental-mente a través de las Ordenanzas Municipales, lasmismas que, de conformidad con lo previsto por el Ar-tículo 200º numeral 4) de la Constitución, en concor-dancia con el artículo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas decarácter general de mayor jerarquía dentro de la es- tructura normativa municipal, calidad reconocida por elartículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni-cipalidades que nos rige; Que, mediante Ordenanza Nº 144 de fecha 21 de enero de 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de enero de 2004, esta comuna aprueba el Regla- mento Interno del Concejo Municipal del distrito de Mi-raflores en donde en el Artículo 40º numeral 40.1 delTítulo III, Capítulo III, referente a las Sesiones Extraor-dinarias, establece que para tratar sobre la aprobacióndel Presupuesto Municipal o sus modificaciones, necesariamente tienen que llevarse a cabo en Sesión Extraordinaria; situación que debe cambiar respectode las modificaciones las cuales deberían ser materiade Sesión Ordinaria, toda vez que tratarían sólo deter-minados aspectos del Presupuesto Municipal el mismoque ya fuera aprobado con anterioridad, evitando de esta manera recargar innecesariamente la labor del Concejo Municipal que entre otras funciones tiene comofin el cumplimiento de sus facultades normativas y fis-calizadoras establecidas en la Ley Orgánica de Munici-palidades antes citada; Que, en armonía con lo expuesto, el numeral 8 del artículo 9º de la aludida Ley Orgánica, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar oderogar las Ordenanzas; Que, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 27972, el Concejo, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 144 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo 1º.- Modificar el numeral 40.1 del Artículo 40º del Reglamento Interno del Concejo Municipal deldistrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 144 de fecha 21 de enero de 2004, de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 40º.- Oportunidad Las Sesiones Extraordinarias se realizan necesaria- mente: 40.1. Para tratar sobre la aprobación del Presupuesto Municipal, dentro del plazo señalado por las disposicio-nes de la materia". Artículo 2º.- Adecuar a la presente Ordenanza to- das la Modificaciones al Presupuesto Municipal del ejer- cicio 2004, llevadas a cabo en Sesiones Ordinariascon la expedición de un Acuerdo de Concejo convalida-torio. Artículo 3º.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Secretaría General. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 00845 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G76/GED/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G70/G6F/G72/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73 ORDENANZA Nº 180 Miraflores, 12 de enero de 2005CATEGORÍA C: - BODEGAS, TIENDAS, BAZARES, LIBRERÍAS Y AFINES - CABINAS DE INTERNET- COMERCIO AMBULATORIO - CONSULTORIOS PROFESIONALES - CUNAS, NIDOS, GUARDERÍAS, CENTROS DE EDUCACIÓN INICIAL Y EDUCACIÓN PRIMARIA - FERRETERÍAS - FLORERÍAS- CONFECCIÓN ARTESANAL - KIOSCOS - LAVANDERÍAS- LICORERÍAS - MERCADOS DE ABASTOS - OFICINAS EN GENERAL- PANADERÍAS - PREDIOS URBANOS NO COMERCIALES - SALONES DE BELLEZA, ESTÉTICAS- SANGUCHERÍAS, CAFETERÍAS, FUENTES DE SODA - VIDEO JUEGOS 00823