Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2005 (16/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, MORDAZA 16 de enero de 2005
MORDAZA DE INFRACCION CODIGO Multa Notificacion Directa Preventiva INFRACCION

NORMAS LEGALES
SANCIONES (% de UIT) PRIMERA VEZ REITERANCIA Magnitud de Empresa C B A 1era. 2da.

Pag. 284761
OTRAS OBSERVACIONES

X X X

3.119 3.120 3.121

responsable del cuidado circulando sin cadena, bozal, collar u otra medida de seguridad en la jurisdiccion del distrito Por permitir el estacionamiento de vehiculos u otros obstaculos en las zonas rigidas y/o seguridad Por estacionar vehiculos en veredas y/o aceras que impidan el libre MORDAZA peatonal. Por abandonar vehiculos en la via publica

3 3 2

3 3 3

3 3 4

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Internamiento en el Deposito Municipal Notificacion Preventiva Internamiento en el deposito Comunicacion inmediata a DIPOLTRAN

X

3.122

Por la circulacion de mototaxis para el servicio publico Por incumplimiemto del pago de la tasa de estacionamiento vehicular (parqueo) Por propiciar el comercio informal en el frontis de su establecimiento Por resistencia o desacato a la orden de clausura

5

Doble de 1º Doble de 2º

X

3.123

1

1

1

Doble de 1º Doble de 2º

X X

3.124 3.125

2 30

3 150

4 250 Doble de 1º Doble de 2º Clausura DefinitivaDenuncia y Multa Inmediata Denuncia, Multa Inmediata Decomiso, retencion Retencion

X X X

3.126 3.127 3.128

X

3.129

X

3.130

X

3.131

Abrir o funcionar el establecimiento estando clausurado Vender cohetes, petardos y otros elementos detonantes y pirotenicos Venta de gas licuado de petroleo en triciclo, bicicleta motocicleta, sin rotulo de procedencia y extintor de seguridad Permitir que en el establecimiento se altere el orden publico se atente la moral y las buenas costumbres y/o se afecte la tranquilidad. Por no instalar filtros u otros mecanismos que restrinjan el acceso a la pornografia en internet en el 20% de las computadoras instaladas en cabinas publicas de internet. Por no reservar el numero no inferior al 20% de cabinas destinadas a los menores, asi como zonas reservadas, senalizadas y de alcance para la supervision del administrador. MORDAZA DE INFRACCION: DEFENSA CIVIL Por carecer los establecimientos comericales de extintor contra incendios Tener Extintor con la fecha de carga vencida, adulterada y/o tenelo en malas condiciones No contar con extintores adecuados, o cantidad establecida D.S.013-200-PCM Por no ubicar los extintores de incendio en lugares de acuerdo a las normas establecidas NTP350.043-1(5.2.6) Carecer de recipientes con MORDAZA y/o no estar a la vista del publico (Grifos) Ocupar con objetos u otros pasadizos obstaculizando el libre paso del Publico en caso de algun siniestro Por no senalizar los sectores de evacuacion No senalizar las zonas de seguridad Carecer de carteles "Prohibido fumar" en lugares Publicos Carecer de rotulo "Apague su Motor", "No Fume" (Grifos) Por carecer de luces de emergencia Por tener cables electricos expuestos, sin canalizar o entubar Utilizar las areas del grifo como playa de Estacionamiento nocturno Por despachar combustible a los vehiculos en momentos que los grifos se encuentren siendo abastecidos por unidades cisterna en sus tanques de almacenamiento subterraneo de combustible Por despachar combustible a vehiculos estando estos con el motor encendido Por vender combustible en envases de vidrio o fragiles (plastico) D.S. 052-93-EM- Art. 50 Por carecer de rotulos reglamentarios de "GAS LICUADO" "NO FUMAR, NI ENCENDER FUEGO "INFLAMABLE"" en los establecimientos de Gas licuado de petroleo GLP D.S.-27-94 EM. Titulo IV Art. 82º Por manipular y/o mantener los balones de gas (GLP) u otros que obstaculicen las vias de escape y salida de los establecimientos de venta D.S. 27-94-EM Tit.IV Art. 84 Por tener los locales comerciales los balones de gas licuado de petroleo ubicados en lugares donde exista fuego directo o de inadecuada ventilacion (banos, almacenes, etc) Por mantener las puertas de escape cerradas desde el interior (con llave o tranca, no permitiendo su facil uso en caso de siniestro) R.N.C. V-1-4-1 Por no mantener un libre y facil acceso de vias hacia la azotea y de ingreso a estas. R.N.C V-1-3

30 10 5

150 100

250 150

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º

10

100

200

Doble de 1º Doble de 2º

Clausura Definitiva

20

50

100

30

50

100

X X X X

3.200 3.201 3.202 3.203 3.213

30 5 5 3

100 10 10 5

150 150 20 10

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º

Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva

X X

3.204 3.205

50 30 50 100

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Notificacion Preventiva

X X X X X X X X

3.206 3.207 3.208 3.209 3.210 3.211 3.212 3.214

2 5

50 20 5

75 50 5 50

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º

Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Notificacion Preventiva Multa Inmediata

10

30 10

50 10 20 10

X X X

3.215 3.216 3.217

5 5 10 10

Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º Doble de 1º Doble de 2º

Multa Inmediata Multa Inmediata Multa Inmediata

X

3.218

5

Doble de 1º Doble de 2º

X

3.219

5

Doble de 1º Doble de 2º

X

3.220

30

30

Doble de 1º Doble de 2º

X

3.221

3

3

3

Doble de 1º Doble de 2º

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