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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de enero de 2005 14. CORPORACIÓN ALIMENTARIA ALEXCAR S.A.C., Suspensión de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con elEstado, por presentación de documentos falsos y/o de-claración jurada con información inexacta, causal tipifi-cada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento, según Resolución Nº 825/2004.TC-SU de 10.12.04, san- ción que entrará en vigencia al día siguiente de la notifi-cación de la indicada resolución. 15. INDUSTRIA ALIMENTARIA GRANO DE ORO JN E.I.R.Ltda., Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa,causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Re-glamento, según Resolución Nº 826/2004.TC-SU de10.12.04, sanción que entrará en vigencia al día siguien-te de la notificación de la indicada resolución. 16. ELECTROMECATRONICA S.C.R.L. , Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos deselección y contratar con el Estado, por presentación dedocumentación falsa, causal tipificada en el inciso f) delartículo 205º del Reglamento, según Resolución Nº 827/ 2004.TC-SU de 10.12.04, sanción que entrará en vigencia al día siguiente de la notificación de la indicada resolución. 17. GERSA & Cía S.A.C. , Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección ycontratar con el Estado, por presentación de documenta- ción falsa, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento, según Resolución Nº 837/2004.TC-SU de 10.12.04, sanción que entrará en vigencia al díasiguiente de la notificación de la indicada resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relación de inhabilitados para con- tratar con el Estado del mes de diciembre a página webde la entidad, www.consucode .gob.pe, donde se encuen- tran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente 001028 SUNARP /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 013-2005-SUNARP/SN Lima, 12 de enero de 2005 VISTO, el Oficio Nº 1522-2004-Z.R.Nº XII/JEF, remitido por el Jefe de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa y el InformeNº 30-2004/Z.R.Nº XII-CGP de fecha 30 de noviembre de 2004, mediante el cual el Comité de Gestión Patrimonial de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa determina que es proce-dente realizar la donación de bienes muebles dados de baja afavor de diversos Centros Educativos Estatales; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, teniendo en cuenta la importancia fundamentalpara el país de promover el desarrollo educativo, en elmarco de las normas vigentes, ha considerado la posibi- lidad de donar diversos bienes a favor de Centros Edu- cativos Estatales de limitados recursos; Que, a través del Oficio Circular Nº 043-2004-Z.R.NºXII/ JEF de fecha 3 de setiembre de 2004, se remite a las Unida-des de Gestión Educativa Local Norte y Sur de la DirecciónRegional de Educación, copia de los Informes Técnico Lega- les Nºs. 02, 03 y 04-2004/Z.R.Nº emitidos por el Comité deGestión Patrimonial de la Zona Registral, en los que se deta-llan los bienes dados de baja por la causal de ReparaciónOnerosa y Obsolencia Técnica mediante Resolución Ge-rencial Nº 260-2004-Z.R.Nº XII/GAF, rectificada con Reso- lución Gerencial Nº 324-2004-Z.R.Nº XII/GAF; Que, mediante Oficios Nº 2348-2004-D.UGEL-AN/J.AGI, 2571-2004-D.UGEL-AN/J.AGI, 2620-2004-D.UGEL-AN/J.AGIy 107-04-IEIATE- 40058/UGEL.AN, la Unidad de Gestión Edu-cativa Local Arequipa Norte designa los Centros Educativosque serán beneficiados con la transferencia de bienes mue- bles; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4º, numera- les 4.2 y 4.3 del Reglamento de la Ley Nº 27995 y en atencióna lo dispuesto en el artículo 2º numeral 2.2.1 de la Directiva Nº009-2002/SBN aprobada por Resolución de la Supe-rintendencia de Bienes Nacionales Nº 031-2002-/SBN queregula el "Procedimiento para la donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado"; Que, en virtud de lo antes señalado los bienes mue- bles que serán donados son los que figuran en el cuadrosiguiente: CUADRO RESUMEN DE TRANSFERENCIAS CENTRO EDUCATIVO ESTATAL Nº BIENES DONADOS Nº 40058 Ignacio Álvarez Thomas 82 Nº 40671 Villa San Juan 9 Nº 40669 República de Bolivia 4 Nº 40677 Villa las Canteras 13 Nº 40083 Franklin Roosevelt 7 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 56º, numeral 2 del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacio-nes de bienes patrimoniales de la SUNARP, y a lo seña-lado en el artículo 7º, literal w) del Reglamento de Orga- nización de Funciones de la SUNARP; y, En uso de las atribuciones conferidas por Ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar las transferencias en la modalidad de donación, realizadas a favor de diversos Centros Educativos Estatales del Departamento de Are-quipa señalados en el Cuadro Resumen de Transferencias. Artículo Segundo.- Autorizar al Gerente de Admi- nistración y Finanzas de la Zona Registral Nº XII - SedeArequipa para que proceda a la entrega de los bienes muebles objeto de donación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a laUnidad de Gestión Educativa de la Dirección Regionalde Educación de Arequipa, a las entidades favorecidasy a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 001025 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G4E/GBA/G20/G58/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G2D/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS ZONA REGISTRAL Nº XI, SEDE ICA RESOLUCIÓN JEFATURAL ZONAL Nº 011-2005/Z.R. Nº XI-JZ Ica, 11 de enero del 2005