Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2005 (19/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de enero de 2005 cluido el IGV; precisándose, que el plazo de esta situa- ción de urgencia puede reducirse en función a la fechaen que se suscriba el contrato que se derive del laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0016-2004-CE-CORP/MML. Artículo 2º.- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será financiada con recursos direc- tamente recaudados, encontrándose dicho gasto debida-mente presupuestado. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada conforme a lo pres-crito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración efectúe la publicación de la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a su emisión, y remita una copiade la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, den-tro de los diez (10) días hábiles siguientes, conforme loestablece el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y elartículo 147º de su Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 01062 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G76/G65/G72/G61/G6E/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 047-2004-MDA Ancón, 26 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN POR CUANTO: El Concejo, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de octu- bre del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en concordan- cia con lo normado en los Artículos II del Título Preliminar y 9º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política,Económica y Administrativa en los asuntos de su com-petencia y les otorga potestad tributaria para crear, mo-dificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licen-cias y derechos municipales, con los límites que señala la Ley; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF, establece que losGobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear,modificar o suprimir sus contribuciones, arbitrios, dere-chos y licencias o exonerar de ellos dentro de su juris- dicción, con los límites que señala la Ley; Que, el Art. 68º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, dispone que la Munici-palidad puede imponer Tasas por Estacionamiento Vehi-cular; Que, es necesario acondicionar, durante la tempora- da de verano, zonas en las playas para el estaciona- miento vehicular, previamente identificadas por la Autori-dad Municipal; Estando a los Informes Nº 559-2004-OR/MDA de la Oficina de Rentas y Nº 580-2004-OAJ/MDA de la Ofici-na de Asesoría Jurídica, contando con el Dictamenfavorable de la Comisión de Asuntos Legales y de la Comisión de Administración; Con el voto unánime de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación delacta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DURANTE LA TEMPORADA DE VERANO 2005 Artículo 1º.- APROBAR, la tasa de estacionamiento vehicular para la temporada de verano 2005, en las áreas de estacionamiento siguientes: - Playa Hermosa 82 cajones - Pista Patinaje 43 cajones- Calles Loa y 2 de mayo 105 cajones - Zona los Cangrejos 96 cajones Las mismas que hacen un total de 326 cajones, ubicadas dentro de la jurisdicción del distrito de An-cón, durante la Temporada de Verano, que comprendedesde el 1 de diciembre 2004 hasta el 30 de abril del 2005. Artículo 2º.- El rendimiento de la tasa, constituye renta de la Municipalidad Distrital de Ancón y se destina-rá al acondicionamiento de las zonas de estacionamientovehicular mediante señalización, equipamiento, mante- nimiento y guardianía de los mismos. Artículo 3º.- En las Playas mencionadas en el Artí- culo Primero, donde se ubican zonas de estacionamientovehicular, la Municipalidad brindará servicios adiciona-les de limpieza, servicios higiénicos, módulos comercia-les, tachos de basura, primeros auxilios, etc. Artículo 4º.- La obligación tributaria nace al momen- to de estacionar el vehículo en las zonas acondicionadaspara tal fin, y debe ser cancelada antes de abandonar lazona de estacionamiento vehicular. Artículo 5º.- El cobro de la tasa por estacionamiento vehicular, se efectuará todos los días de la semana de 08.00 a.m. a las 24.00 p.m., durante el período estableci- do en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Fíjese el derecho que deberán abonar los usuarios por concepto de tasa por estacionamientovehicular, de la siguiente manera: Se establece la Tasa Única por estacionamiento ve- hicular; cuando se haga uso del servicio por día cadavehículo, fíjese en el 0.3125% de la UIT VIGENTE, sien-do su equivalente a DIEZ NUEVOS SOLES (S/. 10.00). Artículo 7º.- Se considera deudor tributario en cali- dad de contribuyente, al conductor del vehículo que ocupe las zonas de estacionamiento vehicular, señaladas por la municipalidad. Se considera deudor tributario en cali-dad de responsable, a los propietarios de los vehículos. Artículo 8º.- Se encuentran exonerados del pago de la tasa por estacionamiento vehicular, los vehículos ofi-ciales y los pertenecientes a los Institutos Armados, Policiales, Ambulancias, Bomberos, de Limpieza, siem- pre que se encuentren en servicio o en atención deemergencia. Artículo 9º.- Deróguese todas las normas que se opongan a la presente ordenanza. Artículo 10º.- Encargar a la Dirección de Adminis- tración, Oficina de Rentas, División de Policía Municipal, y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presenteOrdenanza. Artículo 11º.- Facúltese al Alcalde, para que me- diante Decretos de Alcaldía, dicte las disposiciones com-plementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 01048